SAP Madrid 621/2022, 30 de Noviembre de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución621/2022
Fecha30 Noviembre 2022

Sección nº 06 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 6 - 28035

Teléfono: 914936868,914934576

Fax: 914934575

seccionsexta6@madrid.org

37051540

N.I.G.: 28.079.00.1-2021/0053226

Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 1365/2022

Origen :Juzgado de lo Penal nº 24 de Madrid

Procedimiento Abreviado 251/2021

SENTENCIA Nº 621/2022

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

ILMOS. SRES. DE LA SECCIÓN 6ª

D. FRANCISCO JESUS SERRANO GASSENT

D. JULIÁN ABAD CRESPO

Dña. INMACULADA LÓPEZ CANDELA (Ponente)

En Madrid a 30 de noviembre de 2022.

VISTO, en segunda instancia, ante la Sección 6ª de esta Audiencia Provincial, Procedimiento Abreviado 251/21, procedente del Juzgado de lo Penal Nº 24 de Madrid, seguido por un delito contra la seguridad vial contra Benito, venido a conocimiento de esta Sección, a virtud de recurso de apelación interpuesto en tiempo y en forma por la representación de dicho inculpado, contra la sentencia dictada por la Iltma. Sra. Magistrada del referido Juzgado, con fecha 8 de marzo de 2022.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la Sentencia apelada se establecen como HECHOS PROBADOS que: "ÚNICO .- Queda probado que el acusado Benito, mayor de edad y con antecedentes penales susceptibles de cancelación, sobre las 18.30 horas del día 12/03/2021, conducía el vehículo opel Astra matrícula .... GVS, por la localidad de Madrid, con sus facultades disminuidas a consecuencia de una previa ingestión alcohólica, lo cual mermaba considerablemente su capacidad para manejar los mecanismos de dirección, control y frenado de un vehículo, así como aumentaba

el tiempo de reacción ante acontecimientos imprevistos en dicha conducción, con pérdida de ref‌lejos y de capacidad visual, con el consiguiente riesgo para el resto de los usuarios de la vía.

A consecuencia del estado en que se encontraba el acusado. a l llegar a la calle Raimundo Fernández Villaverde de Madrid una dotación policial dio el alto al acusado al observar la conducción que estaba poniendo en peligro a los demás conductores.

Los agentes sometieron al acusado a una prueba de determinación del grado de impregnación alcohólica por presentar síntomas de embriaguez tales como fuerte olor a alcohol y habla pastosa y repetitiva, arrojando un resultado de 0,74 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, en la primera prueba, y de 0,78 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, en la segunda prueba catorce minutos después.

Y el FALLO es del tenor literal siguiente: " Condeno al acusado Benito, como autor penalmente responsable de un delito de conducción de vehículo de motor bajo la inf‌luencia de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas del art 379.2 del C.P ., a las penas de 8 meses de multa con cuota diaria de 3 euros y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas, y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de 15 meses.

Condeno al acusado Benito al pago de las costas procesales devengadas en el presente procedimiento."

Han sido partes en la sustanciación del presente recurso el referido apelante, Benito representado por la Procuradora Dña. SILVIA BATANERO VÁZQUEZ, y como apelado el Ministerio Fiscal.

SEGUNDO

El apelante interpuso recurso de apelación que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido dicho recurso, se dio traslado del mismo al Ministerio Fiscal y a las demás partes personadas, evacuándolo aquél en el sentido de impugnar el mismo, remitiéndose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Turnadas las actuaciones en este Sección 6ª, mediante providencia de fecha 21 de octubre de 2022 se señaló para votación y fallo del mencionado recurso el día 29 de noviembre de 2022, designándose Ponente a la Ilma. Sra. Dña. Inmaculada López Candela quien expresa el unánime parecer de la Sala.

HECHOS PROBADOS

ÚNICO.- Se ACEPTAN íntegramente los hechos declarados como tales en la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alza el acusado en la presente causa contra la sentencia de instancia que le condena como autor penalmente responsable de un delito contra la seguridad vial del artículo 379.2, inciso segundo, del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modif‌icativas de la responsabilidad criminal a la pena de ocho meses de multa con una cuota diaria de tres euros con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago correspondiente y a la privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores por tiempo de quince meses, alegando como motivos de su recurso: error en la valoración de la prueba con vulneración de su derecho a la presunción de inocencia y del principio "in dubio pro reo" por considerar que no quedó acreditado en el plenario que el consumo de alcohol hubiera alterado sus condiciones psicofísicas necesaria para conducir un vehículo de motor, interesando su revocación y, en su lugar, se le absuelva del delito por el que ha sido condenada.

SEGUNDO

Respecto del error en la valoración de la prueba con vulneración del derecho constitucional a la presunción de inocencia invocado por considerar que no se ha desplegado carga probatoria de la suf‌iciente entidad como para desvirtuarlo, conviene recordar que el derecho a la presunción de inocencia reconocido en el artículo 24 CE implica que toda persona acusada de un delito o falta debe ser considerada inocente hasta que se demuestre su culpabilidad con arreglo a la Ley ( artículo 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; artículo 6.2 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de...

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