SAN, 30 de Noviembre de 2022
Ponente | LUCIA ACIN AGUADO |
Emisor | Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso |
ECLI | ECLI:ES:AN:2022:5871 |
Número de Recurso | 1720/2020 |
A U D I E N C I A N A C I O N A L
Sala de lo Contencioso-Administrativo
SECCIÓN TERCERA
Núm. de Recurso: 0001720 / 2020
Tipo de Recurso: PROCEDIMIENTO ORDINARIO Núm. Registro General: 12077/2020
Demandante: D. Humberto
Procurador: Dª. MARÍA DEL MAR SÁNCHEZ LÓPEZ Letrado: Dª. ANA MARÍA MENGUAL PRIETO Demandado: MINISTERIO DE INTERIOR
Abogado Del Estado
Ponente IIma. Sra.: Dª. LUCÍA ACÍN AGUADO
S E N T E N C I A Nº :
IImo. Sr. Presidente:
D. JOSÉ FÉLIX MÉNDEZ CANSECO
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. FRANCISCO DIAZ FRAILE
Dª. ISABEL GARCÍA GARCÍA-BLANCO
Dª. LUCÍA ACÍN AGUADO
Dª. ANA MARÍA SANGÜESA CABEZUDO
Madrid, a treinta de noviembre de dos mil veintidós.
Visto el recurso contencioso administrativo nº 1720/2020 que ante esta Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha promovido DON Humberto, nacional de Rusia, NIE NUM000, representado por la Procuradora de los Tribunales, Dª. María del Mar Sánchez López y asistida por la letrada, Dª. Ana María Mengual Prieto, contra la resolución del Ministerio del Interior de 21 de octubre de 2020 (expediente NUM001 ) por la que se tiene por caducado el procedimiento sobre solicitud de protección internacional acordándose su archivo. La Administración General del Estado (Ministerio del Interior) ha estado representada y defendida por el Abogado del Estado.
ÚNICO: El 25 de febrero de 2021, previa tramitación de expediente de justicia gratuita, la parte actora interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución indicada en el encabezamiento de esta sentencia ante esta Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional donde fueron turnadas a la sección tercera. Admitido a trámite y una vez recibido el expediente administrativo se emplazó a la parte actora para que formalizara la demanda, lo que así hizo el 13 de julio de 2021 en que solicitó: dicte Sentencia por la que, estimando todos o alguno de los motivos esgrimidos, se disponga :
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Se estime el presente recurso contencioso administrativo, formulado a instancias de don Humberto, contra la resolución del Ministerio del Interior, de 21-10-2020, de caducidad y de archivo del procedimiento de asilo.
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Se declare la nulidad de pleno Derecho de la resolución del Ministerio del Interior, de fecha de 21-10-2020, por las que se tiene por caducada la petición de asilo de don Humberto, y por archivado el procedimiento de asilo.
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Se retrotraigan todas las actuaciones administrativas hasta el momento anterior a la citación y/o notificación de la convocatoria para la realización de una entrevista, ordenándose se cursen, nuevamente, las mencionadas notificaciones o citaciones de conformidad con el art. 28 LAPS, procurando la máxima diligencia y cuidado.
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Se impongan las costas procesales al Ministerio del Interior, de conformidad con lo establecido en el art 139 y siguientes de la LJCA ".
Emplazado el Abogado del Estado para que contestara la demanda presentó escrito el 2 de agosto de 2021 en el que solicitó se desestime el recurso y se impongan las costas a la parte recurrente.
Denegado el recibimiento a prueba, y presentadas conclusiones se declararon conclusas las actuaciones el 16 de febrero de 2022. Se señaló para votación y fallo el 29 de noviembre de 2022 en que efectivamente tuvo lugar. VISTOS los artículos legales citados por las partes y demás de general y pertinente aplicación, y siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. Lucía Acín Aguado, Magistrada de la Sección. La cuantía del recurso es indeterminada.
El acto recurrido es la resolución...
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