SAP Santa Cruz de Tenerife 178/2022, 2 de Junio de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución178/2022
Fecha02 Junio 2022

? SECCIÓN QUINTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL

Avda. Tres de Mayo nº 3

Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922 34 94 32-33

Fax: 922 34 94 30

Email: s05audprov.tfe@justiciaencanarias.org

Sección: FER

Rollo: Procedimiento abreviado

Nº Rollo: 0000097/2021

NIG: 3803843220170001440

Resolución:Sentencia 000178/2022

Proc. origen: Procedimiento abreviado Nº proc. origen: 0000430/2017-00

Jdo. origen: Juzgado de Instrucción Nº 2 de Santa Cruz de Tenerife

Perito: Delia

Investigado: Juan Carlos ; Abogado: Silvia Negrin Sacramento; Procurador: Jorge Juan Rodriguez Lopez

Investigado: Alejo ; Abogado: Teresita Del Niño Jesus Mota Gonzalez; Procurador: Francisco Javier Garcia Polegre

Investigado: Anselmo

Interviniente: Centro Penitenciario de S/C Tenerife - El Rosario; Abogado: Centro Penitenciario de S/C Tenerife

- El Rosario

Denunciante: Aurelio

Acusado: Lina ; Abogado: Avelino Miguez Caiña; Procurador: Maria Montserrat Padron Garcia

Acusado: Carlos ; Abogado: Avelino Miguez Caiña; Procurador: Maria Montserrat Padron Garcia

Acusado: Cesareo ; Abogado: Idaira Martin Perez; Procurador: Joaquin Cañibano Martin

Acusado: Darío ; Abogado: Kentia Casanova Garcia; Procurador: Carolina Alvarez Pomar

Acusado: Efrain ; Abogado: Maria Candelaria Hernandez Gonzalez; Procurador: Elvia Gonzalez Alvarez

Acusado: Florentino ; Abogado: Tomas Lorenzo Garcia Miranda; Procurador: Maria Lina Guadalupe Cedres

Acusado: Gines ; Abogado: Manuel Rayco Cabello Leon; Procurador: Maria Elena Bilbao Hernandez

Acusado: Hipolito ; Abogado: Gisela Aurora Garcia Martin; Procurador: Maria Davinia Fariña Talavera

Acusado: Jacobo ; Abogado: Alfredo Gomez Alvarez; Procurador: Maria Milagros Mandillo Blanquez

Acusado: Leon ; Abogado: Veronica Rodriguez Gonzalez

Acusado: Araceli ; Abogado: Ana Rebeca Rodriguez Gonzalez; Procurador: Luisa Maria Navarro Gonzalez De Rivera

Acusado: Maximo ; Abogado: Ramon Rolando Rodriguez Gil; Procurador: Maria Jesus Ortega Padilla

Acusado: Oscar ; Abogado: Vanessa Garcia Ortilles; Procurador: Lucia Gonzalez Tabares

Acusado: Rafael ; Abogado: Jose Domingo Flores Rodriguez; Procurador: Dulce Nombre De Maria Cabeza Delgado

Acusado: Roman ; Procurador: Gabriela Dominguez Gonzalez

Acusado: Samuel ; Abogado: Yazmina Elena Hernandez Martin; Procurador: Maria Dolores Mouton Beautell

Acusado: Teodosio ; Abogado: Manuel Rayco Cabello Leon; Procurador: Guillermo Leopoldo Medina Perez

Acusado: Tarsila ; Abogado: Lionel Henriquez Torres; Procurador: Elba Maria Jurado Batista

Acusador particular: BBVA, S.A.; Abogado: Beatriz Moya Torres; Procurador: Jose Ignacio Hernandez Berrocal

Acusador particular: FINANCIERA EL CORTE INGLES, E.F.; Abogado: Sandra Maria Espinosa Chirino; Procurador: Alejandro Obon Rodriguez

Acusador particular: ONEY SERVICIOS FINANCIEROS; Abogado: Jose Ramon Marquez Moreno; Procurador: Monica Elisabet Padron Franquiz

Acusador particular: Caixabank Consumer Finance; Abogado: Ramon Maria Gutierrez Del Alamo Gil; Procurador: Javier Hernandez Berrocal

Acusador particular: ABOGACÍA DEL ESTADO; Abogado: Abogacía del Estado en SCT

Acusador particular: Santander Consumer Finance, S.A.; Abogado: Alberto Chaves Amaro; Procurador: Cristina De Santiago Bencomo

Perjudicado: VOLKSWAGEN FINANCE EFC; Abogado: Ruben Pastor Villarrubia; Procurador: Raquel Guerra Lopez

Perjudicado: RCI BANQUE S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA; Abogado: Segundo Perez Perez

?

SENTENCIA

SALA Presidente

D./Dª. FRANCISCO JAVIER MULERO FLORES

Magistrados

D./Dª. LUCÍA MACHADO MACHADO

D./Dª. FERNANDO PAREDES SÁNCHEZ (Ponente)

En Santa Cruz de Tenerife, a 2 de junio de 2022.

Esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha visto en juicio oral y público la presente causa del Procedimiento abreviado número 0000097/2021 instruida por el Juzgado de Instrucción Nº 2 de Santa Cruz de Tenerife, por el presunto delito de estafa (todos los supuestos), falsedad documental, fraude de prestaciones y pertenencia a grupo criminal, contra D./Dña. Lina, Carlos, Cesareo, Darío

, Maximo, Rafael, Roman y Tarsila, con DNI o NIE respectivamente núm. NUM000, NUM002, NUM001, NUM003, NUM004, NUM005, NUM006 y NUM007, en la que son parte el Ministerio Fiscal, en ejercicio de la acción pública, como acusación particular la Abogacía del Estado, como acusación particular Caixabank SA, representada por el Procurador de los Tribunales D. JAVIER HERNÁNDEZ BERROCAL y defendida por D. RAMÓN GIL GUTIÉRREZ DEL ÁLAMO, como acusación particular Volkswagen BANK GMBH Sucursal en España, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª RAQUEL GUERRA LÓPEZ y defendida por D. RUBÉN PASTOR VILLARRUBIA, y los acusados de anterior mención, representados

respectivamente por el/la Procurador/a de los Tribunales D./Dña. MARIA MONTSERRAT PADRON GARCIA, MARIA MONTSERRAT PADRON GARCIA, JOAQUIN CAÑIBANO MARTIN, CAROLINA ALVAREZ POMAR, MARIA JESUS ORTEGA PADILLA, DULCE NOMBRE DE MARIA CABEZA DELGADO, GABRIELA DOMINGUEZ GONZALEZ y ELBA MARIA JURADO BATISTA y defendidos respectivamente D./Dña. AVELINO MIGUEZ CAIÑA, AVELINO MIGUEZ CAIÑA, IDAIRA MARTIN PEREZ, KENTIA CASANOVA GARCIA, RAMON ROLANDO RODRIGUEZ GIL, JOSE DOMINGO FLORES RODRIGUEZ, Desconocido y LIONEL HENRIQUEZ TORRES, siendo ponente D./Dña. FERNANDO PAREDES SÁNCHEZ quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Las diligencias penales de referencia fueron declaradas conclusas y remitidas a esta Audiencia Provincial, habiéndose procedido a su tramitación de conformidad con lo prevenido en las Leyes Procesales, señalándose para la celebración del Juicio Oral los días 26, 27 y 28 de abril de 2022

SEGUNDO

Al f‌inal de las sesiones del juicio oral elMinisterio Fiscal elevó a def‌initivas sus conclusiones provisionales, calif‌icando los hechos como constitutivos de:A) un delito continuado de estafa de los artículos 248.1, 250.2, inciso f‌inal (supera los 250.000 euros) y 74 del Código Penal, B) cuatro delitos continuados de estafa de los artículos 248.1, 250.1.5º, (supera los 50.000 euros) y 74 del Código Penal, C) un delito de estafa del artículo 248.1 y 249.1 del Código Penal, D) un delito continuado de receptación de los artículos 298.1 y 2, y 74 del Código Penal, de E) dos delitos continuados de fraude de prestaciones contra la Seguridad Social de los artículos 307 ter.1 y 74 del Código Penal y de F) dos delitos de fraude de prestaciones contra la Seguridad Social del artículo 307 ter.1 del Código Penal.

Son criminalmente responsables en concepto de autores:

Carlos, del delito A) y de uno de los delitos E).

Lina, de uno de los delitos B) y de uno de los delitos F).

Cesareo, de uno de los delitos B).

Maximo, de uno de los delitos B).

Rafael, de uno de los delitos C).

Darío, del delito D).

Roman, cooperador necesario de uno de los delitos B) y autor de uno de los delitos E).

Tarsila, de uno de los delitos F).

Concurren las siguientes circunstancias modif‌icativas de la responsabilidad criminal: La circunstancia agravante de reincidencia del artículo 22.8º del Código Penal en los encausados Carlos en el delito A), Lina en el delito B), Cesareo y Darío .

Procede imponer las siguientes penas:

  1. A Carlos, 6 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 18 meses a 6 euros de cuota diaria con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, por el delito A) y 3 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y del derecho a gozar de benef‌icios o incentivos f‌iscales o de la Seguridad Social durante el período de 5 años, por el delito E).

  2. Lina, 3 años y 6 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 9 meses a 6 euros de cuota diaria con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, por el delito B) y 9 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y del derecho a gozar de benef‌icios o incentivos f‌iscales o de la Seguridad Social durante el período de 3 años, por el delito F).

  3. Cesareo, 3 años y 6 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 9 meses a 6 euros de cuota diaria con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, por el delito B).

  4. Rafael, 6 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por el delito C).

  5. Maximo, 3 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 9 meses a 6 euros de cuota diaria con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, por el delito B).

  6. Darío, 2 años de prisión e inhabilitación especial para el erecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por el delito D).

  7. Roman, 3 años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por el delito B) y 3 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y del derecho a gozar de benef‌icios o incentivos f‌iscales o de la Seguridad Social durante el período de 5 años, por el delito E).

  8. Tarsila, 18 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y la pérdida de la posibilidad de

    obtener subvenciones y del derecho a gozar de benef‌icios o incentivos f‌iscales o de la Seguridad Social durante el período de 4 años, por el delito F).

    Asimismo se interesa se acuerde el decomiso de todos los efectos intervenidos,...

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