SAP Orense 786/2022, 2 de Noviembre de 2022
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 786/2022 |
Fecha | 02 Noviembre 2022 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
OURENSE
SENTENCIA: 00786/2022
Modelo: N30090
PLAZA CONCEPCIÓN ARENAL, Nº 1, 4ª PLANTA
32003 OURENSE
-Teléfono: 988 687057/58/59/60 Fax: 988 687063
Correo electrónico: seccion1.ap.ourense@xustiza.gal
Equipo/usuario: MP
N.I.G. 32054 42 1 2020 0007066
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000398 /2022
Juzgado de procedencia: XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 2 de OURENSE
Procedimiento de origen: JVB JUICIO VERBAL 0001015 /2020
Recurrente: Salvador
Procurador: MARIA MERCEDES FERNANDEZ PROL
Abogado: RUBEN SANTANA MONTES
Recurrido: Silvio
APELACIÓN CIVIL
La Audiencia Provincial de Ourense, constituida por la Ilma. Sra. Magistrada doña Laura Guede Gallego, ha pronunciado, en nombre de S.M. El Rey, la siguiente
S E N T E N C I A NÚM. 786
En la ciudad de Ourense a dos de noviembre de dos mil veintidós.
VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de juicio verbal n.º 1015/20 procedentes del Juzgado de Primera Instancia Número 2, rollo de apelación núm. 398/22, entre partes, como apelante, D. Salvador, representada por la procuradora Dña. María Mercedes Fernández Prol, bajo la dirección del letrado D. Rubén Santana Montes, y, como apelado, D. Silvio, no personado.
Por el Juzgado de Primera Instancia Número 2, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 16 de septiembre de 2021, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: que ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda promovida por don Silvio contra don Salvador, en situación de rebeldía procesal: DEBO CONDENAR Y CONDENO al demandado a abonar al actor la cuantía de 2000 euros. Dicha cantidad devengará el interés legal del dinero desde la interpelación judicial hasta la fecha la presente resolución y, desde ese momento, hasta su pago consignación los intereses de mora procesales del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento civil. Todo ello con expresa imposición de las costas procesales al demandado".
Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación procesal de Salvador recurso de apelación en ambos efectos habiendo formulado oposición al mismo Silvio y seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial para su resolución.
En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.
El Juzgado de Primera Instancia Núm. 2 de Ourense dictó sentencia, el 16 de septiembre de 2021, en los autos seguidos como juicio verbal 1015/20 en la que acordaba estimar la demanda interpuesta por Silvio, en el ejercicio de una acción de cumplimiento contractual con fundamento en contrato de arrendamiento de local de negocio, reclamando 2.000 euros en concepto de rentas vencidas. En la demanda formulada se indicaba que la cuantía quedaba fijada en 2.000 euros, a pesar de existir más deuda, a los efectos de no precisar la intervención de abogado y procurador. ( art. 253.2 y artículo 250.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).
Una vez notificada la sentencia a las partes, la Procuradora Sra. Fernández Prol, en la representación procesal que ostenta, interpuso recurso de apelación en los términos que se dan por reproducidos. Conferido traslado a las demás partes, a fin de que pudieran presentar escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que les resultase desfavorable, el Sr. Silvio, se opuso...
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