STSJ Comunidad de Madrid 412/2022, 21 de Noviembre de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución412/2022
Fecha21 Noviembre 2022

Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Domicilio: C/ General Castaños, 1 - 28004

Teléfono: 914934850,914934750

31053860

NIG: 28.079.00.1-2022/0398979

Procedimiento: Asunto Penal 458/2022 (Recurso de Apelación 376/2022)

Materia: Estafa

Apelante: D./Dña. Pablo Jesús

PROCURADOR D./Dña. ANA MARIA ESPINOSA TROYANO

D./Dña. Agapito

PROCURADOR D./Dña. AMAYA MARIA RODRIGUEZ GOMEZ DE VELASCO

D./Dña. Alonso

PROCURADOR D./Dña. MARIANO DE LA CUESTA HERNANDEZ

Apelado: MINISTERIO FISCAL

SENTENCIA Nº 412/2022

Ilma. Sra. Presidenta:

Doña María José Rodríguez Duplá

Ilmas. Sras. Magistradas:

Doña M. Ángeles Barreiro Avellaneda

Doña María Teresa Chacón Alonso

En Madrid, a 21 de noviembre de 2022

Ha sido visto en grado de apelación, ante la Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el rollo de los procedimientos abreviados 1076/2021 - registrado como asunto penal 458/2022 y, a su vez rollo de apelación núm. 376/2022- dimanante de la Sección 30ª de la Audiencia Provincial, en el que han sido parte, el Ministerio Fiscal y, como acusados, Pablo Jesús, Coro, Alonso, Agapito y Dolores, mayores de edad, cuyas demás circunstancias personales constan en las actuaciones; todo ello en virtud de sendos recursos interpuestos contra la sentencia núm. 298/2022, de 15 de junio, seguida por delitos de estafa, falsedad de documento, pertenencia a grupo criminal/ blanqueo de capitales.

Los recurrentes Alonso, Pablo Jesús y Agapito aparecen representados y defendidos respectivamente por el Procurador don Mariano de la Cuesta Fernández y el Letrado don José Luis López Bellot, la Procuradora doña Ana Espinosa Troyano y la defensa de don Ismael Fernández Lanchas, así como la Procuradora doña Amaya Rodríguez Gómez de Velasco y el Letrado don Eloy Marqués de Bonifaz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Celebrado juicio oral ante la Sección 30ª que se corresponde al rollo de sala de los abreviados supra dimanante del procedimiento abreviado núm. 1640/2018 tramitado por el Juzgado de Instrucción núm. 30 de Madrid, recayó sentencia que contiene que contiene literalmente los siguientes HECHOS PROBADOS:

«‹ Se declara probado que el acusado, Pablo Jesús, mayor de edad, nacido el NUM000-1976 con DNI NUM001, con antecedentes penales no computables, con otra persona que no se enjuicia en esta causa, se puso de acuerdo para proceder a la apertura de cuentas bancarias carentes de fondos y expedición y presentación al cobro o por compensación de efectos bancarios. Así, en ejecución de lo acordado y con la finalidad de enriquecerse ilícitamente, tras abrir cuentas corrientes en distintas entidades bancarias, a lo largo del año 2018, de modo fraudulento, presentaban al cobro o por compensación bancaria en otras entidades, los cheques, a sabiendas de que estaban librados contra cuentas corrientes sin fondos, consiguiendo la disposición de dinero al no efectuarse la devolución del cheque en plazo, debido a que lo presentaban el día inmediatamente anterior a ser festividad en la localidad donde radicaba la sucursal de apertura de cuenta contra la que se libraba cada efecto bancario sin fondos.

A lo largo del año 2018 ejecutaron los siguientes hechos:

  1. - El día 30-4-2018 (víspera de fiesta de uno y dos de mayo de 2018) el acusado Pablo Jesús, presentó al cobro en la entidad ING un cheque nominativo a su nombre n° NUM002 por importe de 29.985 euros a cargo de su cuenta en la entidad BBVA NUM003 siendo ingresado en la cuenta de ING Bank del acusado Pablo Jesús n° NUM004, haciéndose efectivo con fecha de 3 de mayo de 2018 en la oficina de la entidad ING sita en C/ Viriato de Madrid.

  2. - El mismo día 30-4-2018 el acusado Pablo Jesús, presentó al cobro en la entidad ING el cheque nominativo a su nombre n° NUM005 por importe de 33.400 euros a cargo de su cuenta en la entidad BBVA de la que era titular NUM003 siendo ingresado en la cuenta de ING del acusado Pablo Jesús n° NUM006, haciéndose efectivo con fecha de 3 de mayo de 2018 en la oficina de la entidad ING sita en C/Viriato de Madrid.

  3. - El mismo día 30-4-2018, el acusado Pablo Jesús presentó al cobro en la entidad ING el cheque nominativo a su nombre n° NUM007 por importe de 26.200 euros a cargo de la cuenta en la entidad BBVA NUM003, de su titularidad, siendo ingresado en la cuenta de ING n° NUM008 cuya titular es la madre del acusado Alejandra, que no consta que tuviera intervención en este hecho. Este importe fue transferido por el acusado con fecha de 3 de junio de 2018 a su cuenta de ING n° NUM009 y retirado mediante efectivo en la oficina de ING en C/ Costa Rica de Madrid.

  4. - Con fecha de 30-4-2018, el acusado Pablo Jesús al cobro en la entidad ING el cheque al portador n° NUM010 por importe de 29.350 euros a cargo de su cuenta del BBVA n° NUM003, que fue ingresado en la cuenta de ING cuya titular es Da Alejandra n° NUM008, desde donde se transfirió a la cuenta del acusado y retirado mediante efectivo en la oficina de ING en C/ Costa Rica de Madrid.

  5. - Con la misma fecha el acusado presentó al cobro en la entidad ING el cheque al portador nº NUM011 por importe de 30.300 euros a cargo de su cuenta del BBVA n° NUM003. Este importe se ingresó en la cuenta de ING n° NUM012 cuyo titular es D. Juan Ramón, padre del acusado, que no ha quedado acreditado que tuviera participación en los hechos, siendo transferido por el acusado a una cuenta de ING, titularidad del acusado y retirado mediante efectivo en la oficina de ING en C/ Costa Rica de Madrid.

  6. - Con fecha de 30-4-2018 el acusado presentó al cobro en la entidad ING el cheque al portador n° NUM013 por importe de 19.500 euros a cargo de su cuenta del BBVA n° NUM003. Este importe se ingresó en la cuenta de ING n° NUM012 cuyo titular es D. Juan Ramón, padre del acusado, siendo transferido por el acusado a una cuenta de ING de su titularidad y retirado mediante efectivo en la oficina de ING en C/ Costa Rica de Madrid.

    Las cuentas de la entidad ING a nombre de los padres del acusado habían sido abiertas por éste sin que conste el conocimiento ni consentimiento de los titulares, operando el acusado sin que los titulares tuvieran conocimiento de las diferentes operaciones realizadas.

    Con fecha de 27 de agosto de 2018, el acusado Amador se personó en la entidad NOVOBANCO sita en Paseo de la Castellana 141 de Madrid, procediendo a abrir la cuenta n° NUM014.

    Con fecha de 11 de septiembre de 2018, el acusado, Amador se personó acompañando a otra persona a quien no se enjuicia por estar en situación de rebeldía procesal en la anterior entidad de NOVOBANCO, donde éste abrió la cuenta NUM015 de acuerdo con el acusado Pablo Jesús.

  7. - Con fecha de 13 de septiembre de 2018 (víspera de festivo de la localidad de Fuenlabrada) el acusado Pablo Jesús presentó al cobro en la entidad NOVOBANCO de sucursal de Fuenlabrada el cheque nominativo a su nombre n° NUM016 por importe de 23.000 euros a cargo de su cuenta en el BBVA nº NUM003 a fin de hacerlo efectivo en su cuenta de NOVOBANCO n° NUM014, no consiguiendo su propósito.

  8. - Con fecha de 13 de septiembre de 2018 (víspera de festivo de la localidad de Fuenlabrada) el acusado Amador presentó al cobro en la entidad NOVOBANCO el cheque nominativo a su nombre n° NUM017 por importe de 22.300 euros a cargo de su cuenta en el BBVA n° NUM003 a fin de hacerlo efectivo en su cuenta de NOVOBANCO n° NUM014, no consiguiendo su propósito.

  9. - Con fecha de 28-9-2018 (víspera de festivo en la localidad de Las Rozas, Madrid) el acusado el acusado Pablo Jesús presentó al cobro en la entidad NOVOBANCO el cheque nominativo a su nombre n° NUM018 por importe de 17.300 euros a cargo de su cuenta en el BBVA nº NUM019 a fin de hacerlo efectivo en su cuenta de NOVOBANCO n° NUM014, no consiguiendo su propósito

  10. - Con fecha de 16 de octubre de 2018, el acusado Pablo Jesús se personó en la oficina de la entidad OPENBANK sita en Paseo de la Castellana n° 134 de Madrid, y, haciendo uso de un DNI con n° NUM020 a nombre de Genaro, con la fotografía del acusado, que analizado judicialmente resultó íntegramente falso, procedió a abrir la cuenta n° NUM021. El n° de DNI NUM020 corresponde a D. Genaro, quien había denunciado la pérdida o sustracción de su DNI con fecha de 23 de enero de 2013.

    Con fecha de 16 de octubre de 2018 el acusado (víspera de festivo en la localidad de Villanueva del Pardillo, Madrid) presentó al cobro el cheque al portador n° NUM051 por importe de 39.300 euros a cargo de la cuenta en el BBVA n° NUM022, cuyo titular es otra persona a quien no se enjuicia por estar en situación de rebeldía procesal, ingresándose en la cuenta NUM021 de la entidad OPENBANK, que había abierto el acusado Pablo Jesús a nombre de Genaro.

  11. - Con fecha de 28 de marzo de 2018 (víspera de festivo Jueves Santo) el acusado Pablo Jesús o una persona por indicación de éste, presentó al cobro el cheque al portador con n° NUM023 por importe de 18.235 euros a cargo de la cuenta de la entidad KUTXABANK N° NUM024 a nombre de Pablo Jesús siendo ingresado en la cuenta de ING n° NUM025 de otra persona a quien no se enjuicia por estar en situación de rebeldía procesal, habiendo dispuesto éste de la totalidad de dicho importe, mediante tres disposiciones consecutivas en cajero.

  12. - con fecha de 27 de marzo de 2018, el acusado Pablo Jesús u otra persona a su encargo, presentó al cobro el cheque al portador n° NUM026 por importe de 19.300 euros a cargo de la cuenta de la entidad KUTXABANK N° NUM024 a nombre de Pablo Jesús siendo ingresado el día 18 de marzo de 2018 en la cuenta de ING n° NUM027, a nombre de otra persona a quien no se enjuicia por estar en situación de rebeldía procesal, habiendo dispuesto de la totalidad de dicho importe mediante disposiciones consecutivas en cajero.

  13. - Con...

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