STSJ Galicia 4794/2022, 20 de Octubre de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución4794/2022
Fecha20 Octubre 2022

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL

A CORUÑA

SENTENCIA: 04794/2022

SECRETARÍA SRA. FREIRE CORZO//MDM

PLAZA DE GALICIA, S/N

15071 A CORUÑA

Tfno: 981-184 845/959/939

Correo electrónico: Sala2.social.tsxg@xustiza.gal

NIG: 15036 44 4 2020 0001117

Equipo/usuario: MF

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0001880 /2022

Procedimiento origen: PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000551 /2020

RECURRENTE/S: Teresa, Valle, Alicia

ABOGADO/A: JESUS PORTA DOVALO, JESUS PORTA DOVALO, JESUS PORTA DOVALO,,,,

RECURRIDO/S: IZAR CONSTRUCCIONES NAVALES SAEL, NAVANTIA SA

ABOGADO/A: ABEL LOPEZ CARBALLEDA, NOA LAGO CAROLLO

PROCURADOR: MARIA SUSANA DIAZ GALLEGO, MARIA SUSANA DIAZ GALLEGO,

ILMOS. SRS. MAGISTRADOS

D. JOSÉ MANUEL MARIÑO COTELO

D. FERNANDO LOUSADA AROCHENA

D. JORGE HAY ALBA

En A CORUÑA, a veinte de octubre de dos mil veintidós.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACIÓN 0001880/2022, formalizado por el Letrado don Jesús Porta Dovalo, en nombre y representación de Dª Teresa, Dª Valle y Dª Alicia, contra la sentencia por XDO. DO SOCIAL N. 2 de FERROL en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000551/2020, seguidos a instancia de Dª Teresa, Dª Valle y Dª Alicia frente a IZAR CONSTRUCCIONES NAVALES SAEL y NAVANTIA SA, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JORGE HAY ALBA.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dª Teresa, Dª Valle y Dª Alicia presentaron demanda contra IZAR CONSTRUCCIONES NAVALES SAEL y NAVANTIA SA, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha cuatro de noviembre de dos mil veintiuno.

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

"PRIMERO.- Don Fermín, nacido el NUM000 -1940, con DNI NUM001 y af‌iliado al Régimen General de la Seguridad Social con nº de af‌iliación NUM002, prestó servicios por cuenta y dependencia de la empresa BAZAN DE CNM, SA, denominada después IZAR CN, SA, desde 1955 hasta 1999 como electricista de buques, como aprendiz hasta 1959, luego como of‌icial 1ª, of‌icial 2ª y of‌icial 3ª, y a partir de 1995 como técnico de taller y obra [no controvertido, vida laboral y testif‌ical de don Héctor ]. Don Humberto, que como electricista prestó servicio tanto en construcción como en reparación de buques, manipulaba directamentecon sus propias manos- el amianto, que se utilizaba en zonas donde había peligro de incendio, y trabajaba siempre en ambientes con alta concentración de este producto sin ningún tipo de protección personal o colectiva respiratoria por parte del empresario [testif‌ical de don Héctor ]. Mientras duró la prestación de servicios para BAZAN, el don Fermín fue sometido a reconocimientos médicos el anuales o bianuales, que incluían pruebas médicas consistentes en radiografías de pulmón, espirometría, audiometría y analíticas. En el reconocimiento de 1989 se le diagnosticó "engrosamientos pleurales bilaterales", repitiéndose este diagnóstico en los reconocimientos de 1992, 1993, 1995, 1996 y 1998 [documento 2 ramo de prueba de IZAR].- SEGUNDO.- Don Fermín falleció el 21-2-2020, siendo su viuda la actora doña Teresa y sus hijas las actoras doña Valle y doña Alicia . Al tiempo del fallecimiento, don Fermín tenía 79 años, su esposa 74, su hija doña Valle 44 y su hija doña Alicia 41 años [no controvertido, certif‌icaciones del registro civil aportadas por la parte demandante].- CUARTO.- En el informe de alta por exitus del SERGAS fechado el 24-2-2020 se hizo constar como "antecedentes personales" relevantes: "[...] - Historia neumológica: * EPOC: enf‌isema pulmonar con patrón ventilatorio obstructivo en grado moderado en nunca fumador. * SAHS grave. * Lesiones f‌ibrocicatriciales. * Ausencia de hipertensión pulmonar en mayo 2019. * Antecedentes de neumonía hace más de 20 años que no requirió ingreso. - Fibrilación auricular con respuesta ventricular rápida en ingreso de mayo 2019, sin anticoagular por riesgo hemorrágico. - Enfermedad renal crónica G4A3 de probable etiología vascular [...]". Y como "diagnósticos": "- Neumonía comunitaria multilobar izquierda PSI clase V. - EPOC agudizado. - SAHS grave. - Hipoxemia secundaria. - Enfermedad renal crónica gr 4A3 basal de probable origen vascular y proteinuria en rango nefrótico en dic/19 + quistes renales bilaterales (no posible biopsia renal). - FRA [fracaso renal agudo] multifactorial [...]".- QUINTO.- El informe de anatomía patológica fechado el 14- 7- 2020 indica como "diagnóstico": "1- EPOC-ENFISEMA PULMONAR con BRONCONEUMONÍA AGUDA BILATERAL. 2- SIGNOS DE ASBESTOSE: * Adherencias f‌ibrosas pleuropulmonares e diafragmáticas. * Fibrose pericárdica focal. * Cifra de corpos ferruxinosos de 8009 CF/gr. de tecido seco (superior a 1000 cf/ gr de tecido seco aceptado internacionalmente como potencialmente causante de enfermidade respiratoria por amianto). 3- IRC [insuf‌iciencia renal crónica] con NTA [necrosis tubular aguda]. 4- Ateromatose ulcerocalcif‌icada aórtica. 5- Signos de fracaso multiorgánico".- SEXTO.- En la historia clínica del paciente se contienen las siguientes referencias a patologías relacionadas con el amianto: 1.- En nota de Neumología de 20-8-01 se hizo constar: "D/ de asbestosis desde 1992, revisiones en empresa" [documento 7 ramo de prueba parte actora]. 2.- En nota de Neumología de 11-12-12 se hizo constar: "[...] enf‌isema, enf. pleural por amianto [...]" [documento 8 ramo de prueba de la parte actora]. 3.- En nota de Neumología de 2-8-2017 se hizo constar: "[...] engrosamiento pleural apical derecho y parietal bilateral así como tractos f‌ibrocicatriciales apicales bilaterales en relación con patología pleural residual por proceso tuberculoso previo/exposición al asbesto. [...] Derivo a neumología Unidad de asbestosis (lo reclama el propio paciente) [...]" [documento 9 ramo de prueba de la parte actora]. Esta última referencia se repitió en revisiones posteriores del servicio de Neumología sin

variaciones relevantes.- SÉPTIMO.- Por medio de resolución del INSS con fecha de salida 9-3-2020 se reconoció a la actora, doña Teresa, pensión de viudedad derivada de contingencia común con fecha de efectos 3-6-2020 [folio 17 expediente administrativo]. Solicitado el cambio de contingencia, fue desestimado por resolución con fecha de salida 8-4-2021. Esta resolución fue dictada previo informe del Inspector Médico fechado el 18-3- 2021 [folio 25 del expediente administrativo] en cuyo punto cuarto se indicó: "asimismo consta que don Fermín falleció el 21/02/2020 en el CHUF, hecho acreditado por informe de la Unidad de Cuidados Paliativos f‌irmado por el Dr. Vidal en 24/02/2020, sin que conste referencia a patología derivada de la exposición al amianto como causante de la muerte. El fallecimiento deviene después de un fracaso multiorgánico iniciado por una descompensación aguda de su enfermedad renal crónica. Del examen de la historia clínica del paciente (IANUS) ha de considerarse que en la historia neumológica del paciente no existe ningún diagnóstico relacionado con la exposición al amianto que sí ha existido en el ambiente laboral".- OCTAVO.- La Empresa Nacional Bazán de Construcciones Militares, SA, previa fusión por absorción de Astilleros Españoles de Madrid, Fene, Manises, Cadiz, Sestao, Sevilla, y Puerto Real cambió su denominación social por la de IZAR Construcciones Navales, SA, en enero de 2001. IZAR Construcciones Navales, SA, procedió a constituir la mercantil NEW IZAR, SL, mediante escritura pública autorizada de fecha 30-07-2004. Posteriormente, NEW IZAR, SL, procedió a la ampliación de su capital social mediante la emisión de participaciones sociales que fueron asumidas por parte de Izar Construcciones Navales mediante la aportación no dineraria consistente en la rama de actividad militar constituida por las factorías de Ferrol, Fene, Cartagena, Puerto Real, San Fernando y Cádiz y el Centro Operativo de Madrid, que comprenden instalaciones, existencias, instrumentos de trabajo, mobiliario y demás elementos que directa o indirectamente estén afectos a la explotación de la rama de actividad trasmitida, conjunto económico capaz de funcionar por sus propios medios, comprendiendo, asimismo, dicha ampliación los contratos de todo tipo y naturaleza vinculados a la actividad transmitida, pagos, gastos, cargas, deudas, contribuciones, derechos y obligaciones de cualquier género, que se deriven de la titularidad de la rama de actividad transmitida. Posteriormente por escritura pública autorizada en fecha 04-01-2005 IZAR Construcciones Navales, SA, transmitió a la Sociedad Industrial de Participaciones Industriales (SEPI) el pleno dominio de las participaciones sociales que le pertenecían en la sociedad. En marzo de 2005 New Izar, SL, cambió su denominación social por la de NAVANTIA, SL, y a su vez NAVANTIA, SL, se transformó en NAVANTIA, SA, en octubre de 2005. En abril de 2005 IZAR Construcciones Navales, SA, inicia su proceso de disolución y pasó a denominarse IZAR Construcciones Navales en Liquidación, SA, asumiendo la responsabilidad de los trabajadores de 52 años o más años afectados por el último ERE en 2005 en todos los centros. [Documental aportada por NAVANTIA].- NOVENO.- Se ha intentado conciliación previa [acta aportada con la demanda]."

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

"Desestimo la demanda presentada por doña Teresa, doña Valle y doña Alicia frente a IZAR CONSTRUCCIONES NAVALES, SA y NAVANTIA, SA y, en consecuencia, absuelvo a...

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