SAP Málaga 327/2022, 25 de Mayo de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución327/2022
EmisorAudiencia Provincial de Málaga, seccion 4 (civil)
Fecha25 Mayo 2022

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA

SECCIÓN CUARTA

PRESIDENTE ILMO. SR.

D. MANUEL TORRES VELA

MAGISTRADOS, ILMOS. SRES.

D. JOSÉ PABLO MARTÍNEZ GÁMEZ

Dª MARÍA ISABEL GÓMEZ BERMÚDEZ

PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 5 DE MARBELLA

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1000/2018

RECURSO DE APELACIÓN 234/2021

S E N T E N C I A Nº 327/22

En la ciudad de Málaga a veinticinco de mayo de dos mil veintidós.

Visto, por la sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Málaga, integrada por los Magistrados indicados al margen, los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia dictada en el procedimiento ordinario 1000/2018 procedente del juzgado de Primera Instancia número 5 de Marbella. Es parte apelante/apelada la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000, parte actora principal-demandada reconvencional en la instancia, que comparece en esta alzada representada por el procurador Sr. Mora Cañizares y asistida por el letrado Sr. Caracuel Caracuel. Es asimismo parte apelante/apelada la mercantil B&D MARBELLA HOME 2016, S.L., parte demandada-actora reconvencional en la instancia, que comparece en esta alzada representada por el procurador Sr. Rivas Areales y asistida por el letrado Sr. Cantero Castillo. Es parte apelada la mercantil EIZAIN, S.L., parte demandada en la instancia, que comparece en esta alzada representada por la procuradora Sra. Lizana de la Casa y asistida por el letrado Sr. Eizmendi Aguirre.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Magistrada del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Marbella dictó sentencia el 27 de julio de 2020 en el procedimiento de juicio ordinario nº 1000/2018, cuyo fallo era del tenor literal siguiente:

"DESESTIMO la demanda interpuesta por la representación de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 frente a EZAIN SL y B&D, absolviendo a estas últimas de todos los pedimentos efectuados en su contra, debiendo imponerse a la parte demandante las costas del procedimiento.

DESESTIMO la demanda reconvencional interpuesta por la representación de B&D frente a COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000, absolviendo a esta últimas de todo los pedimentos efectuados en su contra, debiendo imponerse a la actora reconvencional las costas del procedimiento".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación por la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 y por la mercantil B&D MARBELLA HOME 2016, S.L. y admitidos a trámite, el juzgado realizó los preceptivos traslados y transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 17 de mayo de 2022, quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales en vigor.

Es ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Mª Isabel Gómez Bermúdez, quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpone la representación procesal de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 recurso de apelación frente a la sentencia dictada en la instancia que desestima la acción principal entablada por dicha Comunidad de Propietarios frente a las mercantiles EIZAIN, S.L. -propietaria de los locales 8, 9 y 10 que están unidos físicamente ubicados en el edif‌icio denominado DIRECCION000 sito en la CALLE000 de Marbella- y B&D MARBELLA HOME 2016, S.L. - arrendataria de dichos locales-, solicitando la declaración de ilegalidad de las obras ejecutadas por esta última mercantil perforando el suelo de los locales e instalando dos tuberías de recogida de aguas conducidas a lo largo del techo de la planta de aparcamientos situada bajo la zona comercial del edif‌icio, solicitando asimismo la retirada de las conducciones instaladas y la restitución del forjado a su estado primitivo.

La Magistrada de instancia desestima dicha pretensión fundamentando sucintamente que las obras realizadas considera que son de poca entidad y que resultan efectivas para solucionar el problema de inundaciones que venía sufriendo el local no causando graves problemas al resto de vecinos y a la propia comunidad y no alterando la conf‌iguración ni la estructura de los elementos comunes, por lo que considera que no vulneran lo dispuesto en el art. 7 de la LPH.

Y frente a dicho pronunciamiento se alza la parte apelante alegando: 1º) infracción de los arts. 7, 9 y 17 de la LPH y 396 y 397 del CC; y 2º) error en la valoración de la prueba.

A dicho recurso se opusieron las mercantiles B&D MARBELLA HOME 2016, S.L. y EIZAIN, S.L. solicitando la conf‌irmación de la sentencia dictada en la instancia.

Y asimismo interpone recurso de apelación la representación procesal de la mercantil B&D MARBELLA HOME 2016, S.L. frente a la sentencia de instancia que también desestima la demanda reconvencional planteada por dicha mercantil frente a la Comunidad de Propietarios solicitando que se condene a dicha comunidad "a retirar las canalizaciones que vierten las aguas pluviales y que afectan al local de B&D Marbella Home 2016, S.L.".

La Magistrada de instancia desestimaba dicha pretensión fundamentando que dichos canalones no fueron instalados por la Comunidad de Propietarios sino que se ejecutaron conforme al proyecto de la edif‌icación y que los mismos recogen el agua ordenada para que circulen por el bajante siendo su retirada más perjudicial.

Y frente a ello se alza la parte apelante no citando motivo de apelación alguno sino únicamente mostrándose disconforme con la fundamentación expuesta por la Magistrada.

SEGUNDO

Recurso de apelación interpuesto por la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 .

Se alza la parte apelante contra el pronunciamiento de la sentencia de instancia que desestima la demanda principal entablada alegando, como ya ha sido expuesto, infracción de los arts. 7, 9 y 17 de la LPH y 396 y 397 del CC y error en la valoración de la prueba.

El recurso ha de ser estimado.

No son hechos discutidos que los locales 8, 9 y 10 conforman las f‌incas registrales 52337 (locales 8 y 9) y 54159 (local 10) del RP nº 2 de Marbella siendo los mismos propiedad de la mercantil EIZAIN, S.L. estando unidos físicamente y siendo ocupados por la mercantil B&D MARBELLA HOME 2016, S.L. donde explota un negocio. Tampoco es discutido -antes al contrario, es expresamente admitido por la parte demandada en su contestación a la demanda- que la mercantil B&D MARBELLA HOME 2016, S.L. ha realizado obras en el local consistentes en la perforación del forjado y la instalación de dos tuberías que conducen las aguas pluviales hacia una arqueta en la planta sótano de aparcamientos para que desde allí sea expulsada al exterior a través de una bomba de achique que hay instalada en el garaje. Asimismo no fue discutido que tales obras se realizaron sin autorización ni consentimiento de la Comunidad de Propietarios y que las mismas afectaban a elementos comunes.

Lo único que argumentaba la parte demandada para justif‌icar la realización de dichas obras es que con las mismas pretendía solucionar de la forma menos perjudicial el problema de inundaciones que sufría el local debido a la entrada del agua de lluvia que se embalsama delante de la puerta de acceso al mismo.

Ahora bien; las obras realizadas consisten:

"...en una perforación de elemento portante estructural del edif‌icio, como es un forjado, en concreto el que separa la planta baja de los locales con la planta sótano de aparcamientos, que consiste en la apertura de dos...

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