SAP Tarragona 352/2022, 30 de Septiembre de 2022
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 352/2022 |
Fecha | 30 Septiembre 2022 |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE TARRAGONA
SECCIÓN SEGUNDA
Rollo de apelación núm. 7 / 2022 (APR)
Juicio rápido núm. 60/2020
Juzgado de lo Penal Núm. 3 de Tarragona
S E N T E N C I A NÚM. 352/2022
Tribunal,
Magistrados:
Maria Espiau Benedicto (Presidente)
Begoña Tárrega Cervera
Maria Joana Valldepérez Machí
En Tarragona, a 30 de septiembre de 2022
Visto ante la Sección 2ª de esta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por D. Teofilo, representado por el Procurador de los Tribunales Sra. Buñuel Carbajal y defendido por la Letrada Sra. Benítez Gispert, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 3 de Tarragona con fecha 17 de enero de 2022, en el juicio rápido 60/2020 seguido por un delito contra la seguridad vial del artículo 384 del Código Penal, en el que figura como acusado el ahora apelante, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal.
ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, y
La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes:
"El acusado Teofilo con NIE NUM000, mayor de edad por cuanto nacido en Argentina el NUM001 /1977, y con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia por cuanto ejecutoriamente condenado por:
-
) Sentencia de 06/03/2017, firme el mismo día, dictada por el Juzgado de Instrucción núm. 2 de Tarragona en las Diligencias Urgentes 27/2017 ( Ejecutoria 108/2017 del Juzgado de lo Penal núm. 2 de Tarragona) por un delito de conducción sin permiso cometido el 03/03/207 a la pena de 8 meses multa;
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) Sentencia de 26/10/2017, firme el mismo día, dictada por el Juzgado de Instrucción núm. 6 de Tarragona en las Diligencias Urgentes 183/2017 por un delito de conducción sin permiso cometido el 24/10/2017 a la pena de 1 año y 2 días multa;
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) Sentencia de 15/01/2018, firme el mismo día, dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 4 de Tarragona en el Procedimiento Abreviado 12/2017 ( Ejecutoria 15/2018 del mismo Juzgado), entre otros, por un delito de conducción sin permiso cometido el 17/12/2015 a la pena de 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad y cumplidos el 02/06/2020;
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) Sentencia de 13/02/2018, firme el 24/04/2018, dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de Tarragona en el Juicio Rápido 1/2018 ( Ejecutoria 218/2018 del mismo Juzgado) por un delito de conducción sin permiso cometido el 10/01/2018 a la pena de 5 meses de prisión suspendida su ejecución el 06/05/2019 por 3 años;
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) Sentencia de 12/07/2018, firme el mismo día, dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de Tarragona en el Procedimiento Abreviado 136/2017 ( Ejecutoria 374/2018 del mismo Juzgado) por un delito de conducción sin permiso cometido el 13/04/2015 a la pena de 8 meses multa cuya responsabilidad personal subsidiaria fue suspendida el 12/12/2018 por 2 años;
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) Sentencia de 13/07/2018, firme el mismo día, dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 1 de Tarragona en el Juicio Rápido 12/2016 ( Ejecutoria 365/2018 del mismo Juzgado) por un delito de conducción sin permiso cometido el 18/02/2016 a la pena de 12 meses multa cumplida el 15/03/2019; y
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) Sentencia de 04/03/2020, firme el mismo día, dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 1 de Tarragona en el Juicio Rápido 12/2020 ( Ejecutoria 119/2020 del mismo Juzgado) por un delito de conducción sin permiso cometido el 07/02/2020 a la pena de 36 meses multa pendiente de cumplir.
Sobre la 20:00 horas aproximadamente de la tarde de día 23 de noviembre de 2020, circulaba conduciendo el vehículo marca Peugeot 207 con matrícula ....QHN por la Av. Pau Casals núm. 13 de Salou (Tarragona), y conocedor que carecía en tales circunstancias del permiso o licencia que le habilitada para la conducción al no haberlo obtenido nunca."
Dicha sentencia contiene el siguiente fallo:
Que debo CONDENAR y CONDENO a Teofilo con NIE NUM000 como autor penalmente responsable de un delito contra la seguridad vial en la modalidad de conducción sin permiso por no haberlo obtenido nunca del art. 384.2 CP, con concurrencia de circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal agravante de multirreincidencia ( art. 22.8 y 66.1.5 CP), a la pena de OCHO meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; todo ello con expresa imposición de costas al condenado.
Se acuerda el COMISO definitivo del vehículo matrícula ....QHN .
Que NO HA LUGAR a la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta por ninguna de las modalidades previstas en la ley y, una vez firme la presente resolución, se ordena su cumplimiento en prisión"
Notificada la mencionada sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de D. Teofilo, fundamentándolo en los motivos que constan en el escrito articulando el recurso.
Admitido el recurso y dado traslado por cinco días a las demás partes personadas, el Ministerio Fiscal impugnó el mismo, interesando la confirmación de la resolución recurrida.
Elevada la causa a esta Audiencia Provincial de Tarragona y turnada a esta Sección segunda, se formó el correspondiente Rollo de Apelación Penal, en el que se designó Ponente para la resolución del recurso y se señaló día para la votación y fallo, quedando pendiente de su resolución.
Ha sido ponente la Magistrada Suplente María Joana Valldepérez Machí.
HECHOS PROBADOS
Único.- Se aceptan los que así se declaran en la sentencia de instancia.
El recurso interpuesto por el apelante Sr. Teofilo, sin discutir que efectivamente conducía un vehículo cuando fue interpelado por los agentes, se fundamenta, esencialmente, en la vulneración del principio constitucional de presunción de inocencia en relación con error en la valoración de la prueba; por entender el recurrente que no ha quedado suficientemente acreditado que no hubiera obtenido el permiso de conducción en su país (Argentina), alegando la defensa que no puede recaer en el acusado la carga de la prueba de la
acreditación de la tenencia del permiso en otro país, pues ello corresponde probarlo a la acusación. Por lo que concluye que no existe prueba incriminatoria contra el mismo.
Subsidiariamente a lo anterior, cuestiona la imposición de una pena de prisión en lugar de la pena de multa que prevé también el tipo penal, entendiendo la defensa que no es motivo suficiente aludir únicamente a los antecedentes penales como hace por el Juez a quo para decidir la imposición de la pena de prisión, por lo que se solicita la imposición de la pena mínima de multa a razón de tres euros diarios, atendida su capacidad económica (con unos ingresos medios mensuales de 500 euros), o subsidiariamente se le imponga la pena de trabajos en beneficio de la comunidad, tras solicitar para ello que el apelante preste su consentimiento. Por último, combate la decisión del comiso del vehículo matrícula ....QHN, alegando que el mismo vulnera el principio acusatorio y le causa indefensión pues dicha medida no fue solicitada por el Ministerio Fiscal, solicitando su revocación.
El Ministerio Fiscal se opone al recurso.
Delimitado el objeto...
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