STSJ Murcia 453/2022, 4 de Octubre de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución453/2022
Fecha04 Octubre 2022

T.S.J.MURCIA SALA 2 CON/AD

MURCIA

SENTENCIA: 00453/2022

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Equipo/usuario: UP3

Modelo: N11600

PALACIO DE JUSTICIA, RONDA DE GARAY, 5 -DIR3:J00008051

Correo electrónico:

N.I.G: 30030 33 3 2020 0000387

Procedimiento : PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000287 /2020

Sobre: PROPIEDAD INDUSTRIAL

De D./ña. MULTIMARCAS JOYCAR, S.L.

ABOGADO CARLOS FRUTOS ZAMORA

PROCURADOR D./Dª. FERNANDO DE LOS REYES GARCIA MORCILLO

Contra D./Dª. OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y, JOSCAR AUTOCOMERCIO

ABOGADO ABOGADO DEL ESTADO, JOSE LUIS DONOSO ROMERO

PROCURADOR D./Dª., MARIA DEL PILAR MORGA GUIRAO

RECURSO núm. 287/2020

SENTENCIA núm. 453/2022

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA

SECCIÓN SEGUNDA

Compuesta por los Ilmos/as. Sr/as.:

Dª Leonor Alonso Díaz-Marta

Presidente

Dª. Ascensión Martín Sánchez

D. José María Pérez-Crespo Payá

Magistrado/as

Han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

La siguiente

S E N T E N C I A nº 453/22

En Murcia, a cuatro de octubre de dos mil veintidós.

En el recurso contencioso administrativo n.º 287/20, tramitado por las normas del procedimiento ordinario, en cuantía indeterminada, y referido a: Concesión de registro de marca.

Parte demandante:

La mercantil Multimarcas Joycar, S.L., representado por el Procurador Sr. García Morcillo y dirigido por el Letrado Sr. Frutos Zamora.

Parte demandada:

La Of‌icina Española de Patentes y Marcas, representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado.

Parte codemandada:

La mercantil Joscar Autocomercio, S.L., representada por la Procuradora Sra. Morga Guirao y dirigida por la Letrado Sr. Donoso

Romero.

Acto administrativo impugnado:

Resolución de la OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS de fecha 7 de abril de 2020, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto frente a la resolución de la Dirección del Departamento de la Of‌icina Española de Patentes y Marcas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, frente a la concesión de la marca nacional nº 4019.356 en la clase 35, publicada en el BOPI con fecha 16 de abril de 2020, y publicada en el Boletín Of‌icial de la Propiedad Industrial Resolución la desestimación de recurso de alzada contra concesión de Marca Nacional 4.019.356 en la clase 35 interpuesto el 17 de enero de 2020 a favor de la mercantil JOSCAR AUTOCOMERCIO SL. Y, en aplicación del art. 6.1.b) de la Ley de Marcas.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se dicte sentencia que estime el presente recurso contencioso-administrativo y, en consecuencia, anule la Resolución de fecha 7 de abril de 2020, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto frente a la resolución de la Dirección del Departamento de la Of‌icina Española de Patentes y Marcas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, frente a la concesión de la marca nacional nº 4019.356 en la clase 35, publicada en el BOPI con fecha 16 de abril de 2020. Con costas. Y, previos los trámites legales oportunos, se dicte Sentencia por la que se acuerde la denegación de la marca nº M4019356(X) - M JOSCAR HNOS AUTOMOVILES para la clase 35.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. D.ª Ascension Martín Sánchez, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 20 de junio de 2020, y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

La codemandada no se personó en el plazo concedido, por lo que le precluyó el trámite para la contestación a la demanda.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 23 de septiembre de 2022.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora interpone el presente recurso contencioso administrativo, como ya hemos anticipado en el encabezamiento de la presente sentencia, frente a la resolución de fecha 7 de abril de 2020, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por la actora frente a la resolución de la Dirección del Departamento de la Of‌icina Española de Patentes y Marcas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, por la concesión de la marca nacional nº 4019.356 en la clase 35, publicada en el BOPI con fecha 16 de abril de 2020, ha sido publicada en el Boletín Of‌icial de la Propiedad Industrial Resolución desestimación de recurso de alzada contra concesión de Marca Nacional 4.019.356 en la clase 35 interpuesto el 17 de enero de 2020 a favor de la mercantil JOSCAR AUTOCOMERCIO SL. Y que protege productos directamente relacionados con los productos solicitados, en aplicación del art. 6.1.b) de la Ley de Marcas. Y motiva que: "No se estima la oposición de la marca M 3609211 JOYCAR MULTIMARCAS (mixta) y siguientes del mismo titular, por existir suf‌icientes diferencias fonético-denominativas y aplicativas, que permiten la convivencia de los registros en el mercado sin riesgo de confusión para el público consumidor, art. 6.1.b) de la Ley de Marcas ".

La actora mediante el presente recurso, pretende con su demanda que se acuerde la denegación de la marca nº M4019356(X) - M JOSCAR HNOS AUTOMOVILES para la clase 35, servicios prestados por un franquiciador, en concreto asistencia en el funcionamiento y gestión de empresas industriales o comerciales; servicios de información, investigación y análisis de negocios; publicidad y marketing; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de of‌icina .

Y funda su recurso el recurrente en los siguientes argumentos., en la confusión que se puede crear, y señala que con fecha 16 de mayo de 2019 la empresa JOSCAR AUTOCOMERCIO S.L solicitó la marca española núm.

4.019.356 en la clase 35 (servicios prestados por un franquiciador, en concreto asistencia en el funcionamiento y gestión de empresas industriales o comerciales; servicios de información, investigación y análisis de negocios; publicidad y marketing; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de of‌icina). Se adjunta expediente extraído de Consulta de Expedientes de la Of‌icina Española de Patentes y Marcas como DOCUMENTO NÚMERO 1.

Y que con fecha 22 de noviembre de 2019 se publicó en el Boletín Of‌icial de la Propiedad Industrial suspenso de fondo para la marca nacional núm. 4.019.356 con base en el artículo 6.1.b) de la Ley de Marcas, por oposición de las marcas nacionales núm. 3.609.211 y 3.609.677, titularidad del actual recurrente.

- Que frente al referido suspenso se presentó contestación y alegaciones en defensa de la viabilidad de la marca para constituirse como tal y convivir en el mercado con las marcas oponentes.

- Que con fecha 20 de diciembre de 2019 se publicó la resolución que resuelve el suspenso, siendo la misma de concesión total para el expediente núm. 4.019.356. Se adjunta la citada resolución como DOCUMENTO NÚMERO 2.

Y que a la vista de la Resolución de desestimación del recurso de alzada frente a la concesión de la marca nacional núm. 4.019.356 de fecha 7 de abril de 2020, publicada el día 17 del mismo mes y año, se manif‌iesta la plena DISCONFORMIDAD al entender que la misma es incompatible con las marcas anteriores núm. 3.609.211 y 3.609.677 titularidad de la actora por existir una evidente semejanza entre los signos a la vez que una plena identidad aplicativa, lo que da lugar a un elevado riesgo de confusión entre las marcas en liza.

Y añade que la actora MULTIMARCAS JOYCAR, S.L., es una entidad con más de veinte años de experiencia en el sector de la compraventa del automóvil.

En lo que a propiedad intelectual se ref‌iere, es titular de las siguientes marcas españolas anteriores registradas:

1- Marca mixta núm. 3.609.211 solicitada el 14 de abril de 2016 y registrada para proteger servicios de la clase 35 (publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de of‌icina. Organización de eventos, exhibiciones, ferias y espectáculos con f‌ines comerciales, promocionales y publicitarios. Intermediación y cierre de transacciones comerciales para terceros; intermediación en acuerdos relacionados con la compraventa de productos). Se adjunta expediente extraído de Consulta de Expedientes de la Of‌icina Española de Patentes y Marcas como DOCUMENTO NÚMERO 4.

2- Marca mixta núm. 3.609.677 solicitada el 18 de abril de 2016 y registrada para proteger productos de la clase 9 (software de aplicaciones para dispositivos inalámbricos; software y aplicaciones para dispositivos móviles. Aplicaciones informáticas descargables). Se adjunta expediente extraído de Consulta de Expedientes de la Of‌icina Española de Patentes y Marcas como DOCUMENTO NÚMERO 5.

3- Marca mixta en la Unión Europea nº 178.85.777 solicitada el 11 de abril de 2018 y concedida por resolución de fecha 23 de noviembre de 2018 para distinguir los servicios de la Cl. 9, 35, 36, 37, 39 del Nomenclátor Internacional. Más concretamente "Cl. 09. Software; software descargable; programas informáticos interactivos;

libros electrónicos descargables; gafas [óptica]; gafas de deporte; aparatos e instrumentos de navegación, orientación, seguimiento y cartografía; aparatos ópticos de aumento y correctores; aparatos, instrumentos y cables para la conducción de la electricidad; dispositivos científ‌icos y de laboratorio eléctricos para tratamiento; aparatos para sistemas mundiales de determinación de la posición [gps]; equipos de música (estéreos)...

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