SAP Zamora 258/2022, 18 de Julio de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución258/2022
Fecha18 Julio 2022

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

Z A M O R A

Rollo nº : RECURSO DE APELACIÓN Nº 88/22

Nº Procd. Civil : 217/19

Procedencia : Juzgado de Primera Instancia de Puebla de Sanabria

Tipo de asunto : Ordinario

---------------------------------------------------------------- ------------Este Tribunal compuesto por los Señores Magistrados que se expresan al margen, han pronunciado

E N N O M B R E D E L R E Y

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 258

Ilustrísimos/as Sres/as

Presidente/a en funciones

Dª. ESTHER GONZÁLEZ GONZALEZ.

Magistrados/as

Dª. ANA ISABEL MORATA ESCALONA

Dª CARMEN PAZOS MONCADA, suplente.

--------------------------------------------------------------En la ciudad de ZAMORA, a 18 de julio de 2022.

Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de procedimiento Ordinario nº 217/19, seguidos en el JDO. 1A. INST. de Puebla de Sanabria, RECURSO DE APELACION (LECN) Nº 88/22; seguidos entre partes, de una como apelantes Dª. María Milagros y SUCESORES PROCESALES DE D. Sebastián ( Luis Andrés y Valeriano ), representados por el/la Procurador/a D. LUIS DOMINGO FERNÁNDEZ ESPESO, y dirigidos por el/la Letrado/a Dª. Mª NIEVES FERNÁNDEZ PÉREZ RAVELO, y de otra como apelado D. Juan Manuel, representado/a por el/la Procurador/a Dª. LAURA RODRÍGUEZ MAUORAL, y dirigido/a por el/la Letrado/a D. HONORIO LÓPEZ ORTIZ, sobre contrato de arredramiento de servicios y reclamación de cantidad.

Actúa como Ponente, el/la Iltmo/a. Sr./a Magistrado/a DªCARMEN PAZOS MONCADA.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

Por el JDO. 1A. INST. de Puebla de Sanabria se dictó sentencia de fecha 29 de diciembre de 2021, cuya Parte Dispositiva dice: "FALLO: SE ESTIMA SUSTANCIALMENTE la demanda formulada por Dª. LAURA RODRÍGUEZ MAYORAL, Procuradora de los Tribunales, en nombre de Juan Manuel contra los sucesores de D Sebastián ( Luis Andrés Y Valeriano ) y DOÑA María Milagros y en consecuencia:

  1. ) debo DECLARAR Y DECLARO la existencia de encargo profesional por parte del demandado al actor para la interposición de Juicio ordinario contra BANCO POPULAR ESPAÑOL SA, así como que se declare la realización por el demandante de la demanda correspondiente y de su presentación por el actor en los Juzgados de Madrid, habiendo correspondido al procedimiento al Juzgado de 1ª Instancia nº 15 de Madrid, en autos de JO nº 679/2018.

  2. ) debo DECLARAR Y DECLARO resuelto el contrato de encargo profesional que constituye la Hoja de Encargo aportada como doc nº 2 de la demanda, y ello por incumplimiento de los demandados, que lo rescindieron unilateralmente tras el requerimiento practicado por la Letrada Sra. Fernández Pérez- Ravelo y que se acompaña como documento número 5.

  3. ) DEBO CONDENAR Y CONDENO a los demandados a abonar al demandante la cantidad de QUINCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS EUROS CON SESENTA CENTIMOS (15.986, 60 €), más los intereses legales desde la presentación de la presente demanda y los procesales desde la presente resolución.

  4. ) CON IMPOSICION DE las costas de este procedimiento a los demandados."

SEGUNDO

Contra mencionada resolución interpuso la parte demandada el presente recurso de apelación que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo y, no habiéndose celebrado vista pública ni solicitado práctica de prueba, quedó el procedimiento para votación y fallo, señalándose el día 7 de julio de 2022 .

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.

F U N D A M E N T O S DE D E R E C H O
PRIMERO

- Se aceptan y dan por reproducidos los acertados fundamentos de Derecho de la resolución recurrida. D. Juan Manuel ejercita frente a la demandada, Dª María Milagros y los sucesores procesales de

D. Sebastián, acción en reclamación de honorarios debidos por su trabajo como Abogado en la dirección de determinado proceso litigioso, interesando condena al pago de 15.986,60 euros, más intereses especiales de la Ley de lucha contra la morosidad.

Tras ser declarados los demandados en rebeldía, y celebrada audiencia previa, la Sentencia estima sustancialmente la demanda y, tras declarar resuelto el contrato, condena al pago de la cantidad reclamada, aunque no al de los intereses especiales solicitados. Pronunciamiento que es recurrido en apelación por Dª María Milagros y los sucesores procesales de D. Sebastián, interesando que se dicte otra por la que se condene al pago de los honorarios pactados en la segunda de las cláusulas de la hoja de encargo profesional de 24 de enero de 2018; y en consecuencia su cuantif‌icación habrá de esperar a la f‌irmeza de la sentencia dictada en el procedimiento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR