SAP Baleares 281/2022, 30 de Junio de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución281/2022
Fecha30 Junio 2022

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00281/2022

Modelo: N10250

PLAÇA DES MERCAT Nº 12

-Teléfono: 971-71-20-94 Fax: 971-22.72.20

Correo electrónico: audiencia.s3.palmademallorca@justicia.es

Equipo/usuario: MCB

N.I.G. 07040 42 1 2018 0020727

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000310 /2021

Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 22 de PALMA DE MALLORCA

Procedimiento de origen: ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000697 /2018

Recurrente: SABADELL REAL ESTATE DEVELOPMENT SLU, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS RESIDENCIAL DIRECCION000

Procurador: MARIA JOSE RODRIGUEZ HERNANDEZ, SARA TERESA COLL SABRAFIN

Abogado: GERARD SOLÉ DOMÍNGUEZ, JORGE COSTA PANTOJA

Recurrido: Severiano, Simón, Teodulfo

Procurador: JUAN FRANCISCO CERDA BESTARD, NANCY RUYS VAN NOOLEN, CRISTINA SAMPOL SCHENK

Abogado: JAVIER RAUSELL RAUSELL, PEDRO MORELL POU, JOSEP BINIMELIS VIDAL

Rollo núm.: 310/21

S E N T E N C I A Nº 281/22

ILMOS/AS. SRES/AS.

PRESIDENTE:

Don Miguel-Álvaro Artola Fernández

MAGISTRADOS/AS:

Don Carlos Izquierdo Téllez

Don Jaime Gibert Ferragut

En Palma de Mallorca, a treinta de junio de dos mil veintidós.

Esta Sección Tercera de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los presentes autos de juicio ordinario seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número Veintidós de Palma bajo el número 697/18, Rollo de Sala número 310/21, entre:

-COM UNIDAD DE PROPIETARIOS DEL RESIDENCIAL DIRECCION000 ", representado/a en esta alzada por el/la Procurador/a de los Tribunales Don/Doña Sara Coll Sabrafín y asistida por el Letrado Don Jorge Costa Pantoja, como actora apelante y apelada.

-SAB ADELL REAL STATE DEVELOPMENT, S.L.U., representado/a en esta alzada por el/la Procurador/a de los Tribunales Don/Doña María José Rodríguez Hernández y asistida por el Letrado Don Gerard Solé Domínguez, como parte demandada apelante y apelada.

-Don Simón, representado/a en esta alzada por el/la Procurador/a de los Tribunales Don/Doña Nancy Ruis Van Noolen, y asistido por el Letrado Don Pedro Morell Pou, como parte demandada apelada.

-Don Teodulfo, representado/a en esta alzada por el/la Procurador/a de los Tribunales Don/Doña Cristina Sampol Schenk, y asistido por el Letrado Don Josep Binimelis Vidal, como parte demandada apelada.

-Don Severiano, representado/a en esta alzada por el/la Procurador/a de los Tribunales Don/Doña Juan Francisco Cerdá Bestard y asistido del Letrado Don Javier Rausell Rausell, como parte demandada apelada.

ES PONENTE el Ilmo. Sr. Don Carlos Izquierdo Téllez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Ilma. Sra. Magistrada del Juzgado de Primera Instancia número Veintidós de esta capital, en el Juicio Ordinario número 697/2018, se dictó sentencia el 01.12.20, cuyo Fallo es del siguiente tenor literal:

" Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por la "COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL RESIDENCIAL DIRECCION000 ", debo condenar y condeno a la entidad "SABADELL REAL ESTATE DEVELOPMENT, S.L.U." a que le abone la suma de 144.312,09 euros, más los intereses legales de dicha cantidad. Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Que, debo absolver y absuelvo al resto de demandados de las pretensiones esgrimidas en su contra, con imposición de costas a la parte actora".

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia se interpusieron sendos recursos de apelación por la representación de la parte actora y por la representación de la codemandanda SABADELL REAL STATE DEVELOPMENT, S.L.U., los cuales fueron admitidos y, seguido por sus trámites, habiéndose propuesto y admitido prueba en esta segunda instancia, señalándose f‌inalmente el 08.02.22 para su práctica, celebrándose la oportuna vista y quedando entonces los autos conclusos para deliberación, votación y fallo.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Se aceptan los de la resolución dictada en anterior grado jurisdiccional mientras no se opongan a los que siguen.

PRIMERO

La Comunidad de Propietarios del residencial DIRECCION000, formuló demanda de juicio ordinario contra Sabadell Real State Development, S.L.U (SRED, en adelante), Don Simón, Don Teodulfo y Don Severiano, en reclamación de indemnización de daños y perjuicios por vicios de construcción existentes, y por incumplimiento contractual en el caso de la promotora SRED, contra los agentes de la edif‌icación que intervinieron en la construcción del complejo Residencial DIRECCION000, de forma solidaria, o en la proporción en que resulten responsables según la prueba que se practicase. Solicitó que se dictara sentencia en los términos que dejó expresados en el Suplico de su escrito de demanda, que a continuación se transcriben:

"1.- Se declare que los mismos son los agentes intervinientes en la construcción del complejo Residencial de DIRECCION000, y por ello son responsables de forma solidaria, o en la proporción que le corresponda, por los defectos que existen a día de hoy en el mismo y que siguen aumentando.

  1. - En cualquier caso, se declare la responsabilidad de SABADELL REAL ESTATE DEVELOPMENTE, S.L.U en su condición de promotora de la obra o como vendedora de las viviendas del complejo.

  2. - En consecuencia, se les condene al pago de la cantidad de 1.283.313,35 euros o la que resulte de la prueba que se practique, en concepto de indemnización por los defectos existentes y de los cuales son responsables los anteriores agentes de la edif‌icación, más los intereses legales correspondientes. y, en todo caso, se condene al pago de la misma cantidad a SABADELL REAL ESTATE DEVELOPLEMT S.L.U como responsable solidario o por responsabilidad contractual en su condición de promotora y vendedora de las viviendas.

En todo caso, y en la medida que no se declarase la responsabilidad de todos o alguno de los agentes de la edif‌icación por todos los conceptos anteriores, se tenga por interpuesta demanda de reclamación de cumplimiento de contrato entre SABADELL REAL ESTATE DEVELOPMENT, S.L.U., y la comunidad de propietarios del complejo Residencial DIRECCION000, en virtud del acuerdo privado f‌irmado entre ambas partes el 28 de junio de 2016, por lo que:

Se declare que entre SABADELL REAL ESTATE DEVELOPMENT, S.L.U debe cumplir con el acuerdo f‌irmado y asumir el coste de la reparación de los daños existentes en el complejo, que se comprometió a asumir, que resultasen sin cubrir en la petición anterior del presente procedimiento y por tanto, se le condene al pago de la cantidad de 1.021.905,66 euros o hasta donde se extienda dicha responsabilidad según resulte de la prueba que se practique, más los intereses legales correspondientes, para que la comunidad pueda reparar los daños existentes ".

Las representaciones de todos los demandados se opusieron a la demanda, interesando respectivamente su íntegra desestimación, con imposición de costas a la parte demandante.

La sentencia de primera instancia estimó parcialmente la demanda respecto a la codemandada SRED, condenándola al pago a la actora de la suma de 144.312,09 euros, más los intereses legales, sin especial pronunciamiento en costas, y la desestimó íntegramente respecto a los restantes codemandados, agentes constructivos -Sr. Simón (arquitecto), Teodulfo (arquitecto técnico) y Severiano (arquitecto técnico)-, excluyendo toda responsabilidad conforme a la LOE y absolviéndoles de los pedimientos contra ellos deducidos, al considerar que todos los vicios o defectos de construcción apreciados no afectan o comprometen la estabilidad ni la resistencia mecánica de los edif‌icios y zonas comunes del complejo, sino que afectan únicamente a su habitabilidad, e imponiendo a la actora las costas a ellos causadas.

Frente a dicha resolución se alzan en apelación las representaciones de la Comunidad de Propietarios actora y la de la codemandada condenada SRED. La primera solicita que en este segundo grado jurisdiccional se dicte nueva sentencia por la que, estimando el recurso de apelación y revocando parcialmente la sentencia de primera instancia, se condene a los demandados en los términos solicitados en su escrito de demanda. Sin perjuicio de lo que luego se desarrollará, su denuncia versa tanto sobre el error en la valoración de la prueba, como sobre la errónea aplicación de la norma respecto a la responsabilidad contractual y legal derivada de la Ley de Ordenación de la Edif‌icación (LOE) y del Código Civil (CC).

La segunda -SRED-, interesa que se dicte nueva sentencia por la que, revocando la de primer grado, se absuelva a su representada de la demanda contra ella deducida, con imposición de costas a la parte actora, al entender que ninguna responsabilidad le alcanza respecto a las def‌iciencias constructivas que constituyen la base de la reclamación actora.

Todos los apelados se han opuesto, según sus respectivos escritos de oposición, a los recursos planteados, interesando su desestimación, con imposición de costas a las respectivas partes recurrentes.

En los Fundamentos que siguen al presente, la Sala examinará separadamente los dos recursos formulados, comenzando su análisis por el interpuesto por la representación de la parte actora.

SEGUNDO

Recurso promovido por la Comunidad de Propietarios de Residencial DIRECCION000 .

En una primera alegación -Motivo Primero- de su recurso, dirigida a enmarcar el objeto del mismo y las alegaciones o motivos que luego le suceden, la representación de la Comunidad apelante af‌irma que la sentencia ha valorado erróneamente las periciales de autos, desconociendo tanto opiniones técnicas como hechos. Considera también que el cómputo de los plazos de prescripción de la LOE debe situarse en septiembre de 2015, de modo que no ha transcurrido el plazo de tres años...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR