SAN, 22 de Julio de 2022

PonenteJAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELA
EmisorAudiencia Nacional - Sala de lo Contencioso
ECLIECLI:ES:AN:2022:4172
Número de Recurso24/2022

A U D I E N C I A N A C I O N A L

Sala de lo Contencioso-Administrativo

SECCIÓN SÉPTIMA

Núm. de Recurso: 0000024 / 2022

Tipo de Recurso: APELACION

Núm. Registro General: 00127/2022

Demandante: CONSEJO DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO

Letrado: ABOGACIA DEL ESTADO SALA CONT-ADM. DE LA AUDIENCIA NACIONAL

Demandado: .

Codemandado: RADIO TELEVISION MADRID, S.A.U.

Clara

Abogado Del Estado

Ponente IImo. Sr.: D. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA

S E N T E N C I A Nº :

IImo. Sr. Presidente:

D. JOSÉ GUERRERO ZAPLANA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA

D. LUIS HELMUTH MOYA MEYER

D. FELIPE FRESNEDA PLAZA

Dª. YOLANDA DE LA FUENTE GUERRERO

Madrid, a veintidós de julio de dos mil veintidós.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Séptima) ha pronunciado la siguiente Sentencia en el recurso de apelación número 24/2022, interpuesto por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, representado y asistido por la Abogacía del Estado, siendo apelada Radio Televisión de Madrid S.A.U, representada por la Procuradora Sra.Sharon Rodríguez de Castro Rincón, y defendida por la abogada Dª Rosa María Vidal Monferrer, siendo parte Clara, representada por la Procuradora Sra. Marta Isla Gómez y defendida por el letrado Sr. Alejandro Framiñán de Miguel, contra la sentencia de fecha 29 de diciembre de 2.021 del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo nº 12 en el Procedimiento ordinario

nº 27/2020, que estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Resolución del Consejo de Transparencia de fecha 1 de junio de 2.020, que estima la reclamación interpuesta por Clara consistente en que se le facilite copia de las actas del Consejo de Administración desde enero de 2.017.

Ha sido Ponente el Ilmo. Señor Don JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Abogacía del Estado, en representación del Consejo de Transparencia en escrito presentado en fecha 26 de enero de 2.022 en el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 12 interpuso el presente recurso de apelación contra la sentencia de 29 de diciembre de 2.021 del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo nº 12 por la que se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Resolución del Consejo de Transparencia de fecha 1 de junio de 2.020, que estima la reclamación interpuesta por Clara consistente en que se le facilite copia de las actas del Consejo de Administración desde enero de 2.017.

SEGUNDO

Admitido a trámite el recurso se dio traslado del mismo a la actora que evacuó el mismo, oponiéndose a dicho recurso e interesando la conf‌irmación de la sentencia dictada en escrito de fecha 23 de febrero de 2.022, sin que hiciere alegaciones Clara, representada por la Procuradora Sra. Marta Isla Gómez y defendida por el letrado Sr. Alejandro Framiñán de Miguel.

TERCERO

Por diligencia de ordenación de fecha 3 de marzo de 2.022 se acordó elevar las actuaciones, correspondiendo su conocimiento a esta Sección Séptima, siendo designado Magistrado Ponente el Ilmo. Sr.

D. JAVIER E. LÓPEZ CANDELA, señalándose el día 12 de julio de 2.022 para la deliberación votación y fallo del recurso de apelación, continuando la deliberación el día 19 de julio de 2.022.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones de los artículos 80.3 y 85 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa 29/1.998, siendo la cuantía del recurso de indeterminada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan únicamente los fundamentos de derecho 1º, 2º y 5º de la sentencia impugnada, y en lugar del 3º y 4º se indican los siguientes:

PRIMERO

En el presente recurso de apelación se impugna la sentencia de fecha 29 de diciembre de 2.021 del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo nº 12 en el Procedimiento ordinario nº 27/2020, que estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Resolución del Consejo de Transparencia de fecha 1 de junio de 2.020, que estima la reclamación interpuesta por Clara consistente en que se le facilite copia de las actas del Consejo de Administración desde enero de 2.017.

SEGUNDO

Planteamiento del recurso de apelación.

La sentencia impugnada, en esencia, estima el recurso contencioso-administrativo porque considera que la resolución del Consejo de Transparencia afecta al secreto de las deliberaciones del Consejo de Administración de Radio...

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