SAN, 22 de Julio de 2022
Ponente | JAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELA |
Emisor | Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso |
ECLI | ECLI:ES:AN:2022:4172 |
Número de Recurso | 24/2022 |
A U D I E N C I A N A C I O N A L
Sala de lo Contencioso-Administrativo
SECCIÓN SÉPTIMA
Núm. de Recurso: 0000024 / 2022
Tipo de Recurso: APELACION
Núm. Registro General: 00127/2022
Demandante: CONSEJO DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO
Letrado: ABOGACIA DEL ESTADO SALA CONT-ADM. DE LA AUDIENCIA NACIONAL
Demandado: .
Codemandado: RADIO TELEVISION MADRID, S.A.U.
Clara
Abogado Del Estado
Ponente IImo. Sr.: D. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA
S E N T E N C I A Nº :
IImo. Sr. Presidente:
D. JOSÉ GUERRERO ZAPLANA
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA
D. LUIS HELMUTH MOYA MEYER
D. FELIPE FRESNEDA PLAZA
Dª. YOLANDA DE LA FUENTE GUERRERO
Madrid, a veintidós de julio de dos mil veintidós.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Séptima) ha pronunciado la siguiente Sentencia en el recurso de apelación número 24/2022, interpuesto por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, representado y asistido por la Abogacía del Estado, siendo apelada Radio Televisión de Madrid S.A.U, representada por la Procuradora Sra.Sharon Rodríguez de Castro Rincón, y defendida por la abogada Dª Rosa María Vidal Monferrer, siendo parte Clara, representada por la Procuradora Sra. Marta Isla Gómez y defendida por el letrado Sr. Alejandro Framiñán de Miguel, contra la sentencia de fecha 29 de diciembre de 2.021 del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo nº 12 en el Procedimiento ordinario
nº 27/2020, que estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Resolución del Consejo de Transparencia de fecha 1 de junio de 2.020, que estima la reclamación interpuesta por Clara consistente en que se le facilite copia de las actas del Consejo de Administración desde enero de 2.017.
Ha sido Ponente el Ilmo. Señor Don JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA quien expresa el parecer de la Sala.
Por la Abogacía del Estado, en representación del Consejo de Transparencia en escrito presentado en fecha 26 de enero de 2.022 en el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 12 interpuso el presente recurso de apelación contra la sentencia de 29 de diciembre de 2.021 del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo nº 12 por la que se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Resolución del Consejo de Transparencia de fecha 1 de junio de 2.020, que estima la reclamación interpuesta por Clara consistente en que se le facilite copia de las actas del Consejo de Administración desde enero de 2.017.
Admitido a trámite el recurso se dio traslado del mismo a la actora que evacuó el mismo, oponiéndose a dicho recurso e interesando la confirmación de la sentencia dictada en escrito de fecha 23 de febrero de 2.022, sin que hiciere alegaciones Clara, representada por la Procuradora Sra. Marta Isla Gómez y defendida por el letrado Sr. Alejandro Framiñán de Miguel.
Por diligencia de ordenación de fecha 3 de marzo de 2.022 se acordó elevar las actuaciones, correspondiendo su conocimiento a esta Sección Séptima, siendo designado Magistrado Ponente el Ilmo. Sr.
D. JAVIER E. LÓPEZ CANDELA, señalándose el día 12 de julio de 2.022 para la deliberación votación y fallo del recurso de apelación, continuando la deliberación el día 19 de julio de 2.022.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones de los artículos 80.3 y 85 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa 29/1.998, siendo la cuantía del recurso de indeterminada.
Se aceptan únicamente los fundamentos de derecho 1º, 2º y 5º de la sentencia impugnada, y en lugar del 3º y 4º se indican los siguientes:
En el presente recurso de apelación se impugna la sentencia de fecha 29 de diciembre de 2.021 del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo nº 12 en el Procedimiento ordinario nº 27/2020, que estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Resolución del Consejo de Transparencia de fecha 1 de junio de 2.020, que estima la reclamación interpuesta por Clara consistente en que se le facilite copia de las actas del Consejo de Administración desde enero de 2.017.
Planteamiento del recurso de apelación.
La sentencia impugnada, en esencia, estima el recurso contencioso-administrativo porque considera que la resolución del Consejo de Transparencia afecta al secreto de las deliberaciones del Consejo de Administración de Radio...
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