SAP León 527/2022, 4 de Julio de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha04 Julio 2022
Número de resolución527/2022

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LEON

SENTENCIA: 00527/2022

Modelo: N10250

C/ EL CID, NÚM. 20 // TFNO. S.C.O.P. 987 29 68 13 Y 987 29 68 15

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Teléfono: TFNO UPAD 987 233135 Fax: 987 23 33 52

Correo electrónico: audiencia.s1.leon@justicia.es

Equipo/usuario: MPV

N.I.G. 24089 42 1 2020 0010639

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000117 /2022

Juzgado de procedencia: JDO. DE PRIMERA INSTANCIA N.11 de LEON

Procedimiento de origen: F02 FAML.GUARD,CUSTDO ALI.HIJ MENOR NO MATRI NO C 0000622 /2020

Recurrente: Trinidad

Procurador: MARIA DE LAS MERCEDES GOMEZ VIÑUELA

Abogado: INÉS GALLEGO MUÑOZ

Recurrido: Conrado

Procurador: MARIA PURIFICACION DIEZ CARRIZO

Abogado: MARIA ISABEL LORENZANA FUCIÑOS

SENTENCIA Nº. 527/22

Iltmos. Sres.

Don RICARDO RODRÍGUEZ LÓPEZ.- Presidente en funciones.

Don ÁNGEL GONZÁLEZ CARVAJAL.-Doña ANDREA GÓMEZ CRESPO.-En LEÓN, a cuatro de julio de dos mil veintidós.

VISTO ante el Tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil nº. 117/22, correspondiente al Procedimiento de Medidas Paternof‌iliales nº. 622/2020 del Juzgado de Primera Instancia Nº. 11 de LEÓN, en el que ha sido parte apelante doña Trinidad, representada por la Procuradora de los

Tribunales doña Mercedes Gómez Viñuela y asistida de la Letrada doña Inés Gallego Muñoz, y parte apelada don Conrado, representada por la Procuradora doña Purif‌icación Díez Carrizo y asistida de la Letrada doña María Isabel Lorenzana Fuciños. Ha intervenido como parte el Ministerio Fiscal en defensa de los intereses del hijo menor de edad. Ha sido designada Ponente del Tribunal para este trámite doña ANDREA GÓMEZ CRESPO.

ANTEC EDENTES DE HECHO

PRIME RO.- Por el Juzgado de Primera Instancia nº 11 de León se dictó sentencia en los referidos autos de medidas paternof‌iliales nº 622/2020, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así:

" ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por el Procurador Sr./Sra. Mercedes Gómez Viñuela en nombre y representación de D. Trinidad, y acuerdo manteniendo las medidas acordadas por Auto de medidas provisionales, las siguientes medidas reguladoras de las relaciones paternof‌iliares:

  1. Titularidad y ejercicio de la patria potestad. Ambos progenitores mantendrán el ejercicio conjunto de la patria potestad, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 154 y 156 LEC .

  2. Guarda y custodia del menor, Gabino, atribuida de forma compartida entre ambos progenitores, conforme al siguiente régimen:

    1) régimen semanal: semanas alternas en compañía de la madre y del padre, de lunes a lunes. La recogida se realizará en el centro escolar a la hora de f‌inalización de las clases de cada lunes, o en el domicilio del respectivo progenitor a las 17.00 horas si fuere dicho día no lectivo.

    2) Periodos vacacionales:

    vacac iones de navidad: mitad de dicho periodo con cada uno de los progenitores. Los menores estará con cada progenitor uno de los periodos que comprenda, el primero, desde la salida del centro escolar el día de la f‌inalización de las clases escolares, donde será recogido por el padre o madre según corresponda, hasta el día 31 de diciembre, que será recogido/entregado en el domicilio del padre o la madre correspondiente, y un segundo periodo desde las 11.00 horas del 31 de diciembre hasta la entrada en el colegio el primer día de inicio de las clases escolares. El progenitor, que no se encuentre con el menor el segundo periodo, podrá disfrutar de la compañía del menor durante dos horas el día de reyes, en defecto de acuerdo, de 17 a 19 horas. La facultad de elección de los periodos correspondientes, corresponderá al padre en los años pares y a la madre en los años impares.

    vacac iones de Semana Santa: comprenderán dos periodos iguales, un primer periodo desde la salida del centro escolar el día de la f‌inalización de las clases escolares de dichas vacaciones, donde será recogido por el padre o madre según corresponda, hasta el miércoles Santo, a las 11.00 horas donde será recogido/entregado en el domicilio del padre o la madre correspondiente, y un segundo periodo desde las 11.00 horas del miércoles hasta la entrada en el colegio el primer día de inicio de las clases escolares. La facultad de elección de los periodos correspondientes, corresponderá al padre en los años pares y a la madre en los años impares.

    vacac iones de verano: comprenderá a cada progenitor la mitad de dichas vacaciones estivales, alternado los progenitores los siguientes periodos:

    1. -de sde la salida del centro escolar el día de la f‌inalización de las clases escolares de dichas vacaciones de verano, donde será recogido por el padre o madre según corresponda, hasta las 11.00 horas del 30 de junio, siendo recogido/entregado en el domicilio del padre o la madre correspondiente.

    2. -de sde las 11.00 horas del 30 de junio hasta las 11.00 horas del 15 de Julio, siendo recogido/entregado en el domicilio del padre o la madre correspondiente.

    3. -de sde las 11.00 horas del 15 de Julio hasta las 11.00 horas del 31 de Julio, siendo recogido/entregado en el domicilio del padre o la madre correspondiente.

    4. -de sde las 11.00 horas del 31 de Julio hasta las 11.00 horas del 15 de agosto, siendo recogido/entregado en el domicilio del padre o la madre correspondiente.

    5. -de sde las 11.00 horas del 15 de agosto hasta las 11 horas del 31 de agosto, siendo recogido/entregado en el domicilio del padre o la madre correspondiente.

    6. -de sde las 11.00 horas del 31 de agosto, siendo recogido/entregado en el domicilio del padre o la madre correspondiente, hasta la entrada en el colegio el primer día de inicio de las clases escolares.

    La facultad de elección de los periodos correspondientes, corresponderá al padre en los años pares y a la madre en los años impares.

    Otras visitas: cada progenitor podrá estar con su hijo los días del padre de la madre y del cumpleaños de cada cual en sus respectivos casos, y turnándose el día del cumpleaños del hijo, los años impares la madre y los pares el padre, comprometiéndose ambos progenitores a facilitar en cualquier momento, siempre que no afecte a actividades escolares, extraescolares, de estudio o descanso de los menores, la comunicación de los hijos con el progenitor al que en ese momento no corresponda la guarda, por medios telefónicos, electrónicos o similares, sin que la otra parte pueda impedirlo o dif‌icultarlo con ninguna excusa más allá de motivos razonables de imposibilidad o dif‌icultad puntual. En caso de discrepancia sobre el horario de comunicación, éste deberá producirse entre las 18 y las 20 horas.

    3).-E n todo caso cada progenitor se hará cargo por él mismo o mediante terceras personas de su conf‌ianza que designe, de las tareas domésticas generadas para el cuidado de los hijos mientras los tenga en su compañía y con la colaboración de los hijos cuando y tengan madurez suf‌iciente. Asimismo, cada progenitor se hará cargo por él mismo o por terceras personas de su conf‌ianza que designe, de llevar a los hijos al colegio ya las actividades escolares y extraescolares, así como a recogerlos cuando estén en su compañía. Cada progenitor podrá escoger las personas adecuadas para el cuidado de sus hijos mientras no pueda éste hacerse cargo de los mismos, sin injerencias de la otra parte.

    4).-s e requerirá el acuerdo de ambos progenitores para inscribir a los hijos en actividades deportivas u otras que requieran entrenamiento o dedicación especial mientras los hijos estén con el otro progenitor, teniendo en cuenta los deseos e intereses de los menores.

    5).-c ada progenitor deberá informar al otro de los aspectos relativos a la salud, citas, educación y ocio de sus hijos. Ambos progenitores tendrán que intercambiar y tener acceso a todos los documentos relevantes de cada uno de sus hijos (cuadernos, libros de texto, boletines de notas, circulares, agenda escolar, trabajos escolares...), siempre y cuando dicha información no sea accesible a cada progenitor de forma individual por el centro a través de los tutores...

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