SAP Cádiz 50/2022, 23 de Febrero de 2022

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Cádiz, seccion 1 (penal)
Número de resolución50/2022
Fecha23 Febrero 2022

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CADIZ

SECCION PRIMERA

ILMOS SEÑORES

PRESIDENTE

Don MANUEL ESTRELLA RUIZ

MAGISTRADOS

Doña MARIA OLIVA MORILLO BALLESTEROS

Don FRANCISCO JAVIER GRACIA SANZ

APELACIÓN ROLLO Nº 12/2022

Origen: Procedimiento Abreviado número 251/2021 (JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 DE CADIZ )

Diligencias Previas Nº 718/2016 (JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 3 DE SAN FERNANDO ).

S E N T E N C I A Nº 50/2022

En la ciudad de Cádiz a 23 de febrero de 2022

Visto por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial integrada por los Magistrados indicados al margen el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en autos de Procedimiento Abreviado seguidos en el Juzgado de lo Penal referenciado, recurso interpuesto por Juan Antonio, representado por la procuradora señora María Jesús Puelles Valencia y asistido por la letrada señora María Luisa Gimeno Romero. Es parte recurrida el Ministerio Fiscal y EL CORTE INGLÉS S.A., representado por la procuradora señora María Isabel Márquez Recio y asistido por la letrada señora María Angustias Muñoz Escalante .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ilustrísimo señor Magistrado Juez de lo penal nº 1 de Cádiz dictó sentencia con fecha de 27 de septiembre de 2021 en la causa referenciada cuyo fallo dice literalmente:

Condeno a D. Juan Antonio como autor, sin concurrir circunstancias modif‌icativas de la responsabilidad criminal, de un delito leve de hurto a la pena de multa de setenta y cinco días con una cuota diaria de seis euros, es decir, un importe total de cuatrocientos cincuenta euros (450,00 euros), con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y costas.

Como responsable civil D. Juan Antonio deberá indemnizar conforme a valoración pericial a realizar en fase de ejecución de sentencia al establecimiento comercial "El Corte Inglés", por las prendas sustraídas, concretamente tres cinturones de la marca G Star, cuatro pantalones modelo Salsa y una camisa de la marca Pepe Jeans y ocho placas anti-hurtos, con el interés legal del art. 576 de la LEC

Notifíquese la presente sentencia al Ministerio Fiscal y al resto de partes.

(...)

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación y admitido a trámite y conferidos los preceptivos traslados, se elevaron los autos a esta Audiencia. Formado el oportuno rollo y turnada la ponencia, sin necesidad de señalamiento de vista, se procedió a la oportuna deliberación, votación y fallo por la Sala, quedando visto para sentencia.

TERCERO En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales, habiendo sido ponente el Ilmo señor D. Francisco Javier Gracia Sanz, quien expresa el parecer del Tribunal.

HECHOS PROBADOS

No se acepta la declaración de hechos probados de la sentencia apelada y que se sustituye por los siguientes:

La presente causa tiene su origen en el procedimiento de Diligencias Previas n.º 718/16 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de San Fernando (Cádiz), incoado por auto de fecha 24/10/2.016 en el que se dictó auto de procedimiento abreviado de fecha 08/11/2017 y se acordó dar traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal, que formuló escrito acusación de fecha 11/04/2.018 contra D. Juan Antonio como autor de un delito continuado de hurto del artículo 234.1 y 3 del C.P. en relación con el art. 74.1 del C.P. solicitando dieciocho meses de prisión y accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas. Como responsable civil debiera indemnizar a El Corte Inglés en la cantidad de 601,40 euros por los efectos sustraídos y no recuperados así como por las alarmas antihurto dañadas y al establecimiento Zara en la cantidad de 679,52 euros por los efectos sustraídos, más el interés legal del art. 576 de la LEC.

Se dictó auto de apertura de juicio oral el día 24/04/2.018 .

Se presentó escrito de conclusiones provisionales por la defensa del acusado el día 17/05/2.021.

Recibidas las actuaciones en el Juzgado de lo penal nº 1 de Cádiz se señaló la vista para el día 23/09/2.021.

Tras el acto de la vista quedaron los autos vistos para dictar sentencia y recayó sentencia que declaró probado lo siguiente: El día 22/10/2016, sobre las 20:50 horas, Juan Antonio, con nº. NIE n.º NUM000, nacido el día NUM001 /1.971 en Rumanía, mayor de edad, hija de Bruno y de Petra, con antecedentes penales pues fue condenado por sentencia f‌irme de fecha 22/03/2015 dictada por el Juzgado de Instrucción nº. 6 de Murcia, ejecutoria nº. 235/2015, por un delito de hurto a la pena de cuatro meses de prisión, que se sustituyó por multa de ocho meses a tres euros que cumplió el día 25/04/2015, con ánimo de obtener un benef‌icio económico ilícito, se encontraba en el interior del establecimiento comercial abierto al público "El...

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