AAP León 155/2021, 16 de Diciembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha16 Diciembre 2021
Número de resolución155/2021

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

LEON

AUTO: 00155/2021

Modelo: N10300

C., EL CID, 20 // TFNO. S.C.O.P 987 29 68 13 Y 987 29 68 15

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N.I.G. 24089 42 1 2020 0002462

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000428 /2021

Juzgado de procedencia: JDO. DE PRIMERA INSTANCIA N.11 de LEON

Procedimiento de origen: X07 ADOPCION 0000163 /2020

Recurrente: Cornelio

Procurador: MARIA FERNANDEZ FERNANDEZ

Abogado: FRANCISCO JOSÉ MARTÍNEZ ÁLVAREZ

Recurrido: GERENCIA REGIONAL DE SERVICIOS SOCIALES (JCYL)

Procurador:

Abogado: LETRADO DE LA COMUNIDAD

AUTO Nº. 155/2021

Iltmo s./a Sres./a

D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.- Presidente

D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.- Magistrado

Dª. Mª DEL PILAR ROBLES GARCÍA.- Magistrada .

En LEON, a dieciseis de diciembre de dos mil veintiuno.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 2ª, de la Audiencia Provincial de LEON, los Autos de ADOPCION 163/2020, procedentes del JDO. DE PRIMERA INSTANCIA N.11 de LEON, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 428 /2021, en los que aparece como parte apelante, D. Cornelio

, representado por la Procurador de los tribunales, Dª. MARIA FERNANDEZ FERNANDEZ, asistido por el Abogado D. FRANCISCO JOSÉ MARTÍNEZ ÁLVAREZ, y como parte apelada, GERENCIA REGIONAL DE SERVICIOS SOCIALES (JCYL), representada y asistida por el LETRADO DE LA COMUNIDAD, sobre adopción y el MINISTERIO FISCAL, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.

HECHOS
PRIMERO

El Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº. 11 de León dictó Auto de 5 de mayo de 2021 en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: " ACUERDO:

  1. - Tener por desistida a la parte demandante, Cornelio, de la prosecución de este procedimiento frente a la Gerencia Regional de Servicios Sociales, procediéndose al sobreseimiento de la presente pieza.

    Todo ello sin condena en costas.

  2. - Dejar certif‌icación literal de esta resolución en las presentes actuaciones, llevándose su original al libro correspondiente. "

    SEGUN DO.- Contra el relacionado auto se interpuso recurso por la parte apelante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma las partes litigantes y seguidos los demás trámites se señaló para la deliberación y fallo el día 13 de diciembre.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIME RO. - Antecedentes.

  1. Por la Gerencia Territorial de los Servicios Sociales de León, se promovió Expediente de Jurisdicción Voluntaria, formulando propuesta de adopción de los menores Gustavo y Alberto .

  2. Por Decreto de 5 de mayo de 2020, del juzgado de primera instancia nº 11 de León, se acuerda admitir a trámite la propuesta presentada por Gerencia Territorial de los Servicios Sociales de León, instando la tramitación del correspondiente expediente de adopción de los menores, sustanciar el expediente con la conveniente reserva y con la intervención del Ministerio Fiscal por los trámites previstos en los artículos 33 a 42 de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria y convocar, para manifestar su consentimiento en presencia del Juez, a los adoptantes, y para prestar el asentimiento a la adopción ante el Juez a los progenitores de los adoptados.

  3. Tanto la madre biológica de Gustavo y Alberto, Ruth, como el padre biológico, Cornelio, en comparecencia ante el juzgado, de fechas 22 y 23 de septiembre de 2020, respectivamente, manifestaron no estar conformes con que se diera en adopción a sus hijos.

  4. Por diligencia de ordenación de fecha 6 de noviembre de 2020, habiéndose recibido comunicación del Ilustre Colegio de Abogados, informando de la designación provisional del Letrado del turno de of‌icio y de la Procuradora del turno de of‌icio para la defensa y representación de Cornelio, se tienen por designados, y se concede un plazo de quince días para la presentación de la demanda para reconocimiento de necesidad del asentimiento en la adopción.

  5. Con fecha 19 de noviembre de 2020 se presentó escrito por la representación de Cornelio interesando se le hiciera entrega de copia de las actuaciones practicadas hasta la fecha, por carecer de cualquier tipo de antecedente del asunto, con suspensión del plazo para presentar la demanda.

    Por diligencia de ordenación de fecha 24 de noviembre de 2020 se informa a la parte que en el presente procedimiento constan los siguientes documentos: Doc.1: Propuesta de adopción. Doc.2: Partidas de nacimiento. Doc.3: Resoluciones de tutela. Doc.4: Informe de inscripción y acuerdo. Doc.5: Resolución delegación de guarda. Doc.6: Resoluciones selección e idoneidad adoptantes. Doc.7: Partidas de Nacimiento y certif‌icados penales Doc.8: Informe de seguimiento. Y que al amparo del artículo 39.2 de la Ley de Jurisdicción Voluntaria no ha lugar a facilitar copia de las actuaciones al tratarse de un expediente con tramitación reservada, en la que parte de esos documentos son facilitados por la Gerencia Territorial al padre biológico y el resto contienen datos de la familia adoptante y que, asimismo no ha lugar a la suspensión de los plazos solicitado.

    Contr a la anterior resolución se interpuso recurso de reposición por la representación de Cornelio, y admitido a tramite por diligencia de ordenación de 30 de noviembre de 2020, se concede a las partes personadas un plazo común de cinco días para impugnarlo, si lo estiman conveniente, presentándose escrito por el Ministerio

    Fiscal en que se muestra conforme con que se proceda a la admisión del recurso, dictándose Decreto con fecha 4 de mayo de 2021, notif‌icado con fecha 6 de mayo a la representación del Sr. Cornelio, que acuerda estimar parcialmente el recurso interpuesto entregando al padre biológico copia de los documentos consistentes en; Doc. 1 Partida de nacimiento; Doc. 2 Resolución inscripción de tutela; Doc. 3 Informe inscripción de tutela; y Doc. 4 Resolución delegación de guarda.

  6. Por Don Cornelio se interpuso, con...

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