AAP Ciudad Real 185/2021, 16 de Diciembre de 2021

PonenteLUIS CASERO LINARES
ECLIECLI:ES:APCR:2021:1243A
Número de Recurso76/2020
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución185/2021
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2021
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 1ª

AUD .PROVINCIAL SECCION N. 1

CIU DAD REAL

AUTO: 00185/ 2021

Modelo: N10300

C/ CABALLEROS, 11 PRIMERA PLANTA

Teléfono: 926 29 55 00 Fax: 926 25 32 60

Correo electrónico: audiencia.s1.ciudadreal@justicia.es

Equipo/usuario: E01

N.I.G. 13005 41 1 2019 0000460

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000076 /2020

Juzgado de procedencia: JDO.1A .INST.E INSTRUCCION N.3 de ALCAZAR DE SAN JUAN Procedimiento de origen: CUA CUENTA DEL ABOGADO 0000128 /2019

Recurrente: Carlos

Procurador: LUIS GINES SAINZ-PARDO BALLESTA

Abogado: MARIA DEL MAR CALONGE TORRES

Recurrido: SAREB S.A.

Procurador: ANA MARIA RUIZ GARRIDO

Abogado: LUCIANO SANCHEZ SANCHEZ

AUTO Nº 185

Iltmos. Sres.:

PRESIDENTA

Dª MARIA JESUS ALARCON BARCOS

MAGISTRADOS

D. LUIS CASERO LINARES

Dª MARIA PILAR ASTRAY CHACON

En CIUDAD REAL, a dieciséis de diciembre de dos mil veintiuno.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de ALCAZAR DE SAN JUAN, en los Autos de CUENTA DEL ABOGADO 128/2019, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de ALCAZAR DE SAN JUAN, seguido a instancia de Carlos, representado por el Procurador de los tribunales, Sr. LUIS GINES SAINZ-PARDO BALLESTA, asistido por la Abogada Dª MARIA DEL MAR CALONGE TORRES, contra SAREB S.A., representado por el Procurador de los tribunales, Sra. ANA MARIA RUIZ GARRIDO, asistido por el Abogado D. LUCIANO SANCHEZ SANCHEZ, se dictó en fecha 30 de septiembre de 2019, auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que DEBO DESESTIMAR Y DESESTIMO el recurso de revisión formulado por el Procurador Luis Ginés Sainz Pardo Ballesta, en nombre y representación de Carlos contra el Decreto

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por Carlos, y elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso de apelación interpuesto, se formó el correspondiente Rollo de Sala, y personadas las partes en legal forma, se siguió el recurso por sus trámites, se trajeron los autos a la vista del Magistrado Ponente para dictar la resolución oportuna.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Dictado auto el 30 de septiembre de 2019 por el que se desestima el recurso de revisión contra el decreto de 21 de junio de 2019, se recurre en apelación por el Abogado instante de la Jura de Cuentas al mostrar su disconformidad con la aplicación del plazo de caducidad del art. 237 de Ley de Enjuiciamiento Civil, entendiendo que sería de aplicación el art. 1967 de la misma ley, señalando para ello la jurisprudencia en relación a la tasación de costas entre otros extremos.

Se opone la parte demandada al recurso solicitando su desestimación.

SEGUNDO

Estamos ante una cuestión amplia y reiteradamente resuelta por nuestro Tribunal Supremo, tal como se ref‌leja en el decreto inicialmente recurrido. Y así por redundar en los argumentos que se exponen en el mismo señalar el reciente auto del Tribunal...

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