AAP Murcia 1095/2021, 14 de Diciembre de 2021

PonenteJUAN DEL OLMO GALVEZ
ECLIECLI:ES:APMU:2021:2281A
Número de Recurso844/2018
ProcedimientoRecurso de apelación. Auto
Número de Resolución1095/2021
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2021
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

MURCIA

AUTO: 01095/2021

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

AUDIENCIA, TLF: 968 22 91 24/5 FAX: 968 229278

2- EJECUCION TLF: 968 205011 FX: 968 834250

Teléfono: 0

Correo electrónico:

Equipo/usuario: MGG

Modelo: 662000

N.I.G.: 30030 43 2 2017 0034495

RT APELACION AUTOS 0000844 /2018

Juzgado procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 2 de MURCIA

Procedimiento de origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 0002750 /2017

Delito: CONTRA LOS RECURSOS NATURALES Y EL MEDIO AMBIENTE

Recurrente: Cirilo, Aureliano, Conrado, Balbino, INSAL ELECTRICIDAD Y AUTOMATISMOS SL, Daniel, Demetrio, Doroteo, Eduardo, Camilo, EL CHINCHOLER SA

Procurador/a: D/Dª SANTIAGO SANCHEZ ALDEGUER, SANTIAGO SANCHEZ ALDEGUER, SANTIAGO SANCHEZ ALDEGUER, JOSE JULIO NAVARRO FUENTES, MARIA JOSE VINADER MORENO, MARIA JOSE VINADER MORENO, MARIA JOSE VINADER MORENO, MARIA JOSE VINADER MORENO, MARIA JOSE VINADER MORENO, JOSE LUIS MARTINEZ GARCIA, PEDRO DOMINGO HERNANDEZ SAURA

Abogado/a: D/Dª FRANCISCO JESUS MARTINEZ-ESCRIBANO GOMEZ, FRANCISCO JESUS MARTINEZESCRIBANO GOMEZ, FRANCISCO JESUS MARTINEZ-ESCRIBANO GOMEZ, JOSE MARIA CABALLERO SALINAS, FRANCISCA CANOVAS JIMENEZ, FRANCISCA CANOVAS JIMENEZ, FRANCISCA CANOVAS JIMENEZ, FRANCISCA CANOVAS JIMENEZ, FRANCISCA CANOVAS JIMENEZ, AURELIO LLANES CASTAÑO, MARÍA JOSÉ GARCÍA MARTÍNEZ

Recurrido: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

Ilmos. Sres.:

Don Juan del Olmo Gálvez ( Ponente)

Presidente

Doña María Concepción Roig Angosto

Doña María Ángeles Galmés Pascual

Magistradas

AUTO Nº 1095/2021

En la Ciudad de Murcia, a catorce de diciembre de dos mil veintiuno.

HECHOS
PRIMERO

A) Por auto de fecha 22 de febrero de 2018 (complementado/aclarado por auto de 1 de marzo de 2018) el Juzgado de Instrucción Nº 2 de Murcia acordó en Diligencias Previas Nº 2.750/2017:

SE ACUERDA INCOAR DILIGENCIAS PREVIAS POR PRESUNTOS DELITOS DE PREVARICACION Y CONTRA EL MEDIO AMBIENTE FRENTE A LOS SIGUIENTES INVESTIGADOS:

Los funcionarios de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia: Camilo, Cirilo, Aureliano, Balbino, Conrado, Romualdo Y Secundino .

Los funcionarios de la Confederación Hidrográf‌ica del Segura: Sabino, Casilda, Juan María, Pablo Jesús y Alberto .

27 agricultores que presuntamente realizan vertidos ilegales: Amador, Arsenio, AGRICOLA ALMAZARA S.L., Bienvenido, Casiano, Avelino, Benjamín, Eduardo, Daniel, Edmundo, AGROPECUARIA LA CERCA SL, SOCIEDAD COOPERATIVA COPEMOGA, AGRICOLA ERICA SL, AGRICOLA PALMASOL SL, EL CHICHOLER SA, INAGRUP SL, CIKY ORO SL, VANDA AGROPECUARIA SL, G. S. ESPAÑA SI, GS. ESPAÑA HOLDINGS SL, Demetrio

, Eutimio, Feliciano, FORTEZZA RAME SL, INSAL ELECTRICIDAD & AUTOMATISMOS SL, Francisco y Doroteo a los que les imputa un posible delito contra el medio ambiente del art. 325 CP .

Líbrese el oportuno parte de incoación.

EN RELACION A LOS HECHOS IMPUTADOS A LOS FUNCIONARIOS DE LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA:

1) SE ACUERDA EL SOBRESEIMIENTO Y ARCHIVO EN RELACION A LOS HECHOS REFERIDOS A LA DEFICIENTE GESTION por ausencia de instrumentos de planif‌icación.

2) Respecto a los HECHOS REFERIDOS AL DEFICIENTE CONTROL, se acuerda remitir of‌icio a la Abogacía del Estado y a la Subdirección General de Intervención, Fiscalización y Análisis Jurídico de Contratos, Subvenciones y Convenios, para que en el plazo máximo de SEIS MESES desde su recepción se emitan los informes referidos en el Razonamiento Jurídico Tercero de esta resolución.

SE ACUERDA LIBRAR TESTIMONIO INTEGRO DE LA CAUSA PARA LA INSTRUCCIÓN SEPARADA DE LOS HECHOS IMPUTADOS A LOS FUNCIONARIOS DE LA CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL SEGURA. Dicho testimonio se encabezará con esta resolución y en dicha causa se dictará la correspondiente resolución de Incoación de Diligencias Previas en la que se adoptarán las diligencias necesarias a que se ref‌iere el artículo 777 respecto de los hechos imputados a los investigados Sabino, Azucena, José, Juan María, Pablo Jesús y Alberto .

EN RELACION A ESTOS HECHOS IMPUTADOS A LOS FUNCIONARIOS DE LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA se acuerda remitir of‌icio a la Abogacía del Estado para que en el plazo máximo de SEIS MESES desde su recepción emita informe referido en el Razonamiento Jurídico Cuarto de esta resolución

SE ACUERDA LA INHIBICION A FAVOR DEL JUZGADO DECANO DE SAN JAVIER de los hechos que se imputan a los investigados:

Amador, Arsenio, AGRICOLA ALMAZARA SL., Bienvenido, Casiano, Avelino, Benjamín, Eduardo, Daniel

, INAGRUP SL, VANDA AGROPECUARIA SL, G. S. ESPAÑA SI, GS. ESPAÑA HOLDINGS SL, Demetrio, Eutimio, Feliciano, FORTEZZA RAME SL., INSAL ELECTRICIDAD & AUTOMATISMOS SL,

SE ACUERDA LA INHIBICION FAVOR DEL JUZGADO DECANO DE CARTAGENA de los hechos que se imputan a los investigados: Edmundo, AGROPECUARIA LA CERCA SL, SOCIEDAD COOPERATIVA COPEMOGA, AGRICOLA ERICA SL, AGRICOLA PALMASOL SL, EL CHICHOLER SA, y CIKY ORO SL.

Se acuerda remitir testimonio íntegro de las actuaciones para su remisión a los Juzgados Decanos de San Javier y de Cartagena.

SE AUTORIZA LA ENTRADA Y REGISTRO en las dependencias de la mercantil INSAL ELECTRICIDAD & AUTOMATISMOS SL., en concreto, en sus dos naves sitas en la calle Mar del Norte. (5ª nave) y calle Mar Cantábrico del Parque Empresarial "Polaris World" de Balsicas (Torre Pacheco).

Las entradas y registros se realizarán el día 27/02/2018 en las horas diurnas y todo ello al objeto de recoger la documentación digital y en papel sobre la instalación de desalobradoras.

Se encomienda la práctica de estas diligencias a los Agentes de la Guardia Civil del Seprona.

En la realización de las entradas y registros, que se hará a presencia de los interesados o de las personas referidas en el art 569 LECR y con la asistencia del Sr. Letrado de la Administración de Justicia, se deberán evitar las inspecciones inútiles, procurando no perjudicar ni importunar al interesado más de lo necesario, adoptando todo género de precauciones para no comprometer su reputación, respetando los secretos que no interesen a la instrucción. Se autoriza el uso de la fuerza mínima imprescindible que sea necesario emplear para el acceso a los lugares o espacios físicos cerrados.

Líbrese exhorto al Juzgado de Guardia de San Javier solicitando su auxilio para la práctica de las entradas y registros.

Tras practicar el Registro se dará cuenta a este Juzgado del resultado del mismo.

Notifíquese al Ministerio Fiscal y al interesado en la forma prevista en el art 566 LECR .

SE DECRETA EL SECRETO DE I.AS ACTUACIONES HASTA QUE FINALICEN IAS DILIGENCIAS DE ENTRADA Y REGISTRO SEÑALADAS PARA EL PROXIMO DIA 27/02/2018, PROCEDIENDOSE AL CESE DEL SECRETO UNA VEZ PRACTICADAS DICHAS DILIGENCIAS SIN NECESIDAD DE NUEVA RESOLUCIÓN PARA EL ALZAMIENTO DE DICHO SECRETO.

SE PRACTIQUE LA DILIGENCIA DE ENTRADA Y REGISTRO AUTORIZADA.

Contra el auto de 22 de febrero de 2018 se interpuso recurso de apelación directo por la Representación Procesal de los investigados D. Conrado, D. Aureliano y D. Cirilo, en escrito fechado el 23 de marzo de 2018.

  1. Por auto de fecha 18 de septiembre de 2018 el Juzgado de Instrucción Nº 2 de Murcia estimó los recursos de reforma interpuestos por el Ministerio Fiscal y por la Representación Procesal de la entidad Ecologistas en Acción de la Región Murciana, y desestimó los recursos de reforma interpuestos por las Representaciones Procesales de la mercantil INSAL ELECTRICIDAD Y AUTOMATISMOS S.L., de D. Daniel, de D. Demetrio, D. Doroteo, D. Eduardo, D. Romualdo, de la mercantil CHINCHOLER S.A., todos ellos contra anterior auto de 22 de febrero de 2018 (complementado/aclarado por auto de 1 de marzo de 2018), cuya parte dispositiva tenía el siguiente contenido:

ESTIMANDO los recursos interpuestos por el Ministerio Fiscal y Ecologistas en Acción de la Región del Murcia y DESESTIMANDO los recursos de reforma interpuestos por Daniel, Demetrio, Doroteo, Romualdo y Eduardo

, Insal Electricidad y automatismos, S.L., contra el auto de fecha 22 de febrero de 2018, ACUERDO:

  1. - Mantener como hechos a investigar el apartado de la denuncia relacionada con la ausencia de la planif‌icación que sobre el Mar Menor pesaba sobre la Consejería conforme a la legislación vigente.

  2. - Dejar sin efecto la práctica de las diligencias relacionadas con la solicitud de informes a la Abogacía del Estado y a la IUGAE,

  3. - Dejar sin efecto el desglose y testimonio de la causa para conocer por separado de los supuestos delitos que se imputan a los funcionarios de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente, a los de la CHS, agricultores y la empresa INSAL, y la inhibición para el conocimiento de estos delitos a los Juzgados de Cartagena y San Javier, manteniendo la unidad de toda la causa.

  4. - Mantener el resto de los pronunciamientos de la resolución recurrida.

Notifíquese al Ministerio Fiscal, Acusaciones Populares y a los investigados.

Esta resolución no es f‌irme y frente a ella cabe Recurso de Apelación, que ha de interponerse en el plazo de cinco días siguientes a su notif‌icación.

Contra el auto de 18 de septiembre de 2018 se interpusieron recursos de apelación por la Representación Procesal de los investigados D. Conrado, D. Aureliano y D. Cirilo ; por las Representaciones Procesales de la mercantil INSAL ELECTRICIDAD Y AUTOMATISMOS S.L., de D. Daniel, de D. Demetrio, de D. Doroteo y

de D. Eduardo ; por la Representación Procesal de la mercantil CHINCHOLER S.A. ; y por la Representación Procesal de D. Camilo .

SEGUNDO

En la providencia de 3 de julio de 2020 se signif‌icaba la secuencia procesal seguida, hasta ese momento, en este rollo de apelación y las vicisitudes acaecidas:

A ) Por auto de fecha 22 de febrero de 2018 (complementado/aclarado por auto de 1 de marzo de 2018) el Juzgado de Instrucción Nº 2 de Murcia acordó en Diligencias Previas Nº 2.750/2017, entre otros...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR