AAP Burgos 865/2021, 10 de Diciembre de 2021

PonenteMARIA DOLORES FRESCO RODRIGUEZ
ECLIECLI:ES:APBU:2021:998A
Número de Recurso718/2021
ProcedimientoRecurso de apelación. Auto
Número de Resolución865/2021
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2021
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

BURGOS

AUTO

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN PRIMERA

BURGOS

ROLLO DE APELACIÓN NÚM. 718/21.

DILIGENCIAS PREVIAS NÚM. 533/20.

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 1 DE BURGOS.

ILMO/AS. SR/AS. MAGISTRADO/AS:

D. FRANCISCO MANUEL MARÍN IBÁÑEZ.

D. LUIS ANTONIO CARBALLERA SIMÓN.

Dª MARÍA DOLORES FRESCO RODRÍGUEZ.

A U T O NÚM. 000865/2021

En Burgos, a diez de diciembre de dos mil veintiuno.

I .- ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador D. Alejandro Ruíz de Landa en nombre y representación de Hortensia y de Mariano se interpuso de reforma y subsidiario de apelación contra el auto de fecha 26 de julio de 2021 que acuerda el sobreseimiento provisional de la causa en las presentes diligencias previas 533/20 del Juzgado de Instrucción nº 1 de Burgos (Burgos), habiéndose desestimado el previo recurso de reforma por auto de fecha 22 de septiembre de 2021.

SEGUNDO

Admitido el recurso de apelación, se dio traslado del mismo al Ministerio Fiscal y partes personadas, alegando lo que a su derecho convino, y remitidas las actuaciones para resolución a esta Sala de la Audiencia Provincial, habiéndose designado como ponente a la Ilma. Sra. Magistrada Dª Mª Dolores Fresco Rodríguez, quedaron las actuaciones pendientes para dictar la resolución oportuna.

II .- RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Las presentes actuaciones se incoaron en virtud de denuncia de Hortensia y Mariano contra Mariana, Pablo y Paulino con base en los siguientes hechos: La denunciante es vecina de la C/

DIRECCION000 N. NUM000, la declarante, como todos los españoles desde el pasado 16 de marzo se encuentra conf‌inada en su casa debido además que se encuentra en teletrabajando por el Covid-19. La vivienda donde reside mi mandante, está orientada hacia una plaza interior que engloba los edif‌icios de la Calle DIRECCION000, DIRECCION001 de Burgos, CALLE000 y en DIRECCION002 .

Que el primer día del estado de alarma, Mariana, vecina de primero de la DIRECCION001, decidió instalar una pantalla de sonido profesional, poniendo música, desde las 20:00 horas hasta pasadas las 21:00 horas. A la mañana siguiente, sobre las 13:00 horas, decidió poner otra hora de música, mientras realizaba una clase de zumba, por la tarde animada por el éxito de la mañana, decidió instalar dos pantallas de sonido profesional, en trípodes orientados hacia la plaza, al que unió un micrófono de voz. Cada día que pasaba iba aumentando el horario y el volumen, de las más de 100 viviendas que dan a la plaza.

Que el viernes 27 de marzo, sobre las 17:00 horas, la autoproclamada animadora sociocultural, vecina de la Calle DIRECCION001, decidió hacer pruebas de sonido, ayudada por Don Pablo y el sábado 28 sobre las 13:00 horas, en la terraza se encontraban Mariana, el Señor Pablo, y la que había realizado las pruebas de sonido. Ellas bailando con la música a un volumen insoportable que nos hizo al resto de los vecinos tener que cerrar las ventanas.

El 29 de marzo, la denunciante salió a tirar la basura y a por el pan, momento en el que aprovecho para pegar un cartel en el portal, junto a otra vecina, que harta de la situación, le había comentado la intención de poner otro. El cartel exclusivamente referenciaba: "POR FAVOR, RESPETO A TODOS LOS VECINOS GRACIAS." Sobre las 13:00 horas del citado día, comenzaron de nuevo con su sesión de música, por lo que volvió a comunicar con la Policía Local, y estos la comunicaron que sintiéndolo mucho no iban a mandar a nadie, debido a la escasez de medios. Después de acabar el citado día, la coreografía del vermú, en voz dijo: "PERDONA, ¿CUANDO PENSAIS PARAR?" Su respuesta (la de Mariana ), por micrófono a todo el vecindario fue: "LO SIENTO VECINOS, VAMOS A ESCUCHAR A ESTA VECINA, QUE AUNQUE ELLA NO TENGA RESPETO A LOS DEMÁS LA VAMOS A ESCUCHAR..."

El día 30 de marzo, una vecina de la DIRECCION002, avisa a mi mandante, de que había aparecido un cartel en su portal, el mismo, según la denunciada, eran mensajes de apoyo que le habían mandado vecinos, para que siguiera con sus diversos espectáculos musicales. Esa misma tarde, se vuelve al volumen invasivo, ampliando un poco el repertorio infantil y estando un total de 80 minutos.

Que el día 1 de abril, la denunciante sale a la panadería y se encuentra el citado cartel, pegado por todos los portales de las calles que conforman la plaza, en casa, sobre las 13:00 horas comienza una sesión matinal de música tecno que hacia vibrar hasta los enseres de la vivienda, ese día están casi dos horas con la música a tope por la mañana, por la tarde, vuelve a tener una sesión de otra hora observando cómo se encuentra instalado el montaje ilegal por las fachadas.

Sigue diciendo la denunciante que "El día 5 de abril, aparece un nuevo montaje de sonido, reaparecen las dos pantallas profesionales que estuvieron en el bajo en el segundo piso donde vive otro coautor del que solamente conocemos su nombre que es Anton, lo que demuestra que la animadora sociocultural y sus socios, no solo molestaban sino que además como posteriormente explicaremos, no respetaban el conf‌inamiento".

Sábado 11 de abril, no solo sirvió de nada el aviso a la Policía Local, si no que el siguiente sábado, se montaron entre dos balcones cuatro pantallas y un micrófono. A las 13:00 horas comienzan poniendo la música a un volumen insoportable, gritando con el micrófono entre canción y canción. Llama gente a mi representada por teléfono, diciendo que lo estaban escuchando desde sus domicilios de otras manzanas. Acaban a las 14:55 con el consiguiente aviso de que vuelven a las 20:00. A las 19:50 comienzan con su tortura hasta las 20:45. Que la situación se mantiene más o menos igual, sin que durante estos días, mi representada comenzó a recibir numerosas indicaciones por el micrófono a gritos, de la denunciada, en el cual ya se le preguntaba directamente " Hortensia QUE, ¿TE MOLESTA?", a lo que numerosos de sus acólitos comenzaron a seguirla el juego. Esto no. Pero la situación se torno insostenible el día 22 de abril, cuando a las 12:00 del medio día, saltándose el conf‌inamiento, comienza a aparecer gente por la plaza."

Que el día 22 de abril a las 12:00 horas comienza a aparecer gente en la plaza y comienzan a poner banderines de colores.

Llegó el marido de la denunciante de trabajar, se asoma a la ventana y observa la decoración y la reunión y ve como se acerca un Agente de la Policía Local y oye cómo les dice: "no os preocupéis, amargados hay en todos los sitios". Ante esto, el marido de mi mandante, desde la ventana, reclama que se identif‌ique a esta señorita, la cual no vive ahí y empieza el verdadero espectáculo: El Agente de Policía Local, desaparece de la escena, comenzando a gritar el vecino del segundo del n. 12 "INSOLIDARIDAD, ES MEDIA HORA PARA LA GENTE QUE VIVE SOLA", comenzando a gritar "AMARGADO, HIJO DE PUTA", comenzándosele a unir gente del

comité de f‌iestas. Comenzaron las amenazas de "HIJO DE PUTA, MIERDA QUE NO TIENES HUEVOS, TONTO QUE ERES TONTO, VEN A MI PORTAL.". El marido de la denunciante, perdió la cabeza, de tantos días de presión, poniéndose debajo de la ventana del segundo de DIRECCION002 y le dijo "BAJA", contestando el del segundo que no podía y el del cuarto del mismo bloque añadió "SI BAJO YO, TE VAS A IR CALENTITO", mientras mi mandante, cruzaba la plaza al intentar llevarse a su marido a casa. En ese momento, comenzaron tanto la animadora sociocultural como sus acólitos a insultarla "HIJA DE PUTA, MUERETE, DESGRACIADA, AMARGADA, SINVERGUENZA." La denunciante temiendo lo que iba a pasar, había llamado al 112, el cual cuando llego al lugar, su marido ya había subido, pero a ella la dio un ataque de ansiedad del que fue asistida en DIRECCION003 .

Este día, sucede lo que al entender de los denunciantes a parte del delito de lesiones de días anteriores, el comienzo de un delito de odio, promovido por el Mariana, la cual, como se demostró ese día, al ser presidenta de la asociación de bomberos voluntarios de Burgos y vigilante local en DIRECCION004, tiene contacto con numerosos Policías Locales, comenzó a través de DIRECCION005 a convocar caceroladas a partir de las 19:00. Esas caceroladas, eran contra mi mandante y su marido gritándole constantemente "HIJOS DE PUTA, METEROS EN VUESTRA CUEVA, AMARGADOS, SINVERGUENZAS". El día 23 de abril, se produce otra cacerolada, contra la denunciante y su marido en la que se añaden varios instrumentos aparte de sartenes, como bombos, panderos, vuvuzelas. El 24 de abril, a las 20:00 mi representada y su marido, salen a aplaudir, cuando el autoproclamado disyóquey del bajo, el Señor Pablo, pidió que la gente no aplaudiera, y que esperasen a que terminasen mi mandante y su marido, en ese momento y al haber sido señalados directamente por el disyóquey, "la escena que vivió mi mandante la sigue teniendo grabada en su mente, señoras insultando por la ventana, los niños con ellos, el del bombo marcando el ritmo de los insultos, a partir de ese día, se siguen produciendo las caceroladas convocadas vía DIRECCION005 convocadas por Mariana, contra mi mandante y su marido."

Recibido la denuncia por la juez de instrucción se practicaron las diligencias que se estimaron necesarias para la comprobación de los hechos y de las personas que en ellos tuvieron participación, dictándose con fecha 26 de julio de 2021 auto por el que se acuerda el sobreseimiento provisional de la causa.

Contra dicha resolución se interpone por la representación procesal de Hortensia y Mariano recurso de reforma y subsidiario de apelación.

Por el recurrente se considera que los hechos son constitutivos de un delito de lesiones del artículo 147 del Código Penal y de un delito del artículo de odio del artículo 510 del mismo texto legal.

Por el Ministerio Fiscal se ha impugnado el recurso interesando la conf‌irmación de la resolución...

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