Sentencia de Tribunal Militar Territorial, Andalucía (Sevilla), Sección 2ª, 9 de Diciembre de 2021

PonenteINMACULADA BENAVENTE COZAR
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2021
EmisorTribunal Militar Territorial - Andalucía (Sevilla), Sección 2ª
ECLIECLI:ES:TMT:2021:70A
Número de Recurso5/2020

SUMARIO N.º 21/05/20

ACUSADO: Sargento D. Joaquín

TRIBUNAL MILITAR

TERRITORIAL SEGUNDO

Ilustrísimos Señores

AUDITOR PRESIDENTE

Coronel Auditor

Doña INMACULADA BENAVENTE CÓZAR

VOCAL TOGADO

Comandante Auditor

Don JUAN MENDARO VELASCO

VOCAL MILITAR

Comandante del Ejército de Tierra

Don Francisco J. Padilla Villar

--------------------------------------------------------------------------------------------------------------En Sevilla, a 9 de diciembre de 2021

Reunido el Tribunal Militar Territorial Segundo, con el Presidente y Vocales al margen reseñados los días 17 y 88 de noviembre de 2021 para ver y fallar el Sumario número 21/05/20, seguido por tres presuntos delitos de abuso de autoridad y un delito contra la ef‌icacia del servicio contra el Sargento Don Joaquín, con D.N.I. número NUM000, nacido en Almería el día NUM001 /89, hijo de Pedro y Leocadia, de profesión militar y empleo Sargento, con domicilio en Priego de Córdoba, AVENIDA000 n NUM002, teléfono NUM003, sin antecedentes penales y con destino, en el momento de ocurrir los hechos en el Regimiento de Infantería "La Reina 2", Córdoba, no ha sufrido sanción disciplinaria por los hechos objeto del presente procedimiento. Ha permanecido en situación de libertad provisional durante la tramitación del procedimiento, en el que ha sido asistido por la Letrada Doña María José Ruiz Félez.

Vistos los autos en audiencia pública, oído el apuntamiento al que dio lectura el Sr. Secretario Relator, recibida declaración no jurada al procesado, oídos los testigos comparecientes y los informes de la Acusación Particular, Ministerio Fiscal Jurídico Militar y de la Defensa, del Letrado representante de la Compañía Aseguradora AIG y del Abogado del Estado, siendo Vocal Ponente la Coronel Auditor Dña. Inmaculada Benavente Cózar, el Tribunal Militar Territorial Segundo, en nombre de su Majestad el Rey, dicta la presente Sentencia

H E C H O S
PRIMERO

RESULTA PROBADO Y ASÍ SE DECLARA:

  1. - Durante el transcurso de unas maniobras militares en Zaragoza en octubre de 2018, sin poder concretarse más la fecha, el Sargento D. Joaquín, al observar que los sacos de dormir que se habían colocado en un vehículo no estaban bien prensados, se dirigió a los componentes del pelotón para decirles en voz alta que había que prensarlos mejor, procediendo a continuación a lanzar los sacos desde dentro del vehículo hacia fuera, ordenando a los soldados que volvieran a prensarlos y, una vez prensados, éstos los lanzaban hacia dentro del vehículo donde eran colocados convenientemente, todo ello con el f‌in de que ocuparan un menor espacio, dando las órdenes necesarios para estas operaciones en voz alta, acorde con la situación de ruido (vehículos en marcha en las cercanías), que pudieran ser escuchadas por los receptores de las mismas.

  2. - En unas maniobras que se realizaron en Chinchilla, en febrero de 2019, sin poder concretar el día, se realizó un ejercicio de tiro con visión nocturna en el que el Sargento Joaquín iba tras el soldado que estuviera realizando el ejercicio, el cual llevaba colocadas gafas de visión nocturna, para guiarle durante el recorrido que debía realizar, teniendo contacto físico con él, incluso sujetándole por los hombros desde atrás y así corregir la trayectoria del soldado, durante un recorrido de aproximadamente 30 metros, quedando el soldado que había realizado ya el recorrido en un punto determinado a la espera del término del ejercicio por el resto, momento en que el Sargento de Pelotón revisa las armas y da una charla a los miembros del pelotón sobre "lecciones aprendidas" referente al ejercicio que se acaba de realizar. Tras realizar el ejercicio el soldado Jose Francisco

    , el Sargento Joaquín observó que aquel tenía dif‌icultades para cambiar el cargador del arma, advirtiendo al soldado de la necesidad de hacer el cambio de cargador rápido.

  3. - En marzo de 2019, del 11 al 15 de dicho mes, concretamente, se realizaron maniobras en Cerro Muriano. Entre los ejercicios a desarrollar, se realizó un ejercicio de tiro instintivo con estrés para cuya realización era necesario crear dicha situación de estrés en los soldados, a cuyo f‌in se les ordenaba hacer f‌lexiones, sentadillas, carreras cortas, transmitiéndose las indicaciones necesarias a voces, todo ello con la f‌inalidad de activar el bombeo del corazón de los que habían de realizar el ejercicio y aumentar las pulsaciones. El ejercicio de tiro se realizaba con munición real y sin elementos de puntería. Las órdenes de disparar se realizaban por el Sargento Joaquín, bien disparando su propia arma o bien voceando a suf‌iciente volumen para que pudiera ser escuchado por todos los soldados que formaban la línea de tiro de aproximadamente 30 metros, distantes entre si los soldados de su pelotón lateralmente cinco o seis metros, y a unos 15 metros del blanco. El Sargento Joaquín iba corrigiendo la posición de cada uno, acercándose a cada soldado posicionado, primero sin munición, comprobaba la seguridad y verif‌icando que la situación fuera aceptable y apta para el fuego ef‌icaz, tras lo cual daba la voz de tiro, bien con disparo o bien mediante la voz en tono muy elevado. Durante el ejercicio de tiro iba colocándose entre los soldados, corrigiendo y también agarrándoles de los hombros para desestabilizarlos, todo ello para simular una situación real frente al enemigo. Todo el ejercicio se realizó bajo la supervisión del Teniente Basilio .

  4. - En el transcurso de las maniobras que se realizaron en Cerro Muriano, el último día de las mismas, tuvo lugar un ejercicio consistente en circular en vehículos TOAS que debían pasar por una brecha (zona previamente señalada por los zapadores como apta para el paso de vehículos en un terreno minado simuladamente, batida por fuego enemigo) y llegar a la posición señalada. Con arreglo al ejercicio, el TOAS en el que circulaban el Sargento Joaquín, y los soldados Dimas, Florian, Inocencio, Justo y Maximiliano, inició la marcha conduciendo el Soldado Maximiliano por dentro del vehículo, con visión por periscopios, por indicación del Sargento Joaquín . Al entrar en la brecha, el Sargento Joaquín le dijo al conductor "¡dale, dale!" para que no aminorara la marcha por cuanto el paso había de hacerse sin detenerse al seguirles otros vehículos TOAS que debían pasar por la misma brecha. Ya dentro de la brecha, el vehículo dio con un socavón, mayor que los baches propios del terreno por el que circulaban, dando lugar a un movimiento brusco consecuencia del cual el Soldado Dimas, que ocupaba el puesto de tirador y que tomó la decisión de quitar los seguros que mantenían f‌ija la ametralladora, se golpeó en la nariz con la culata del arma, sangrando abundantemente. Tras golpearse, el soldado Dimas bajó al interior del vehículo diciendo que se había golpeado con "la pesada" y que se encontraba mareado, siendo atendido por el Sargento Joaquín cuando éste advirtió que el soldado sangraba y ordenando que el vehículo fuera hasta el punto de extracción, donde ya el soldado fue atendido por los sanitarios y posteriormente fue llevado al Hospital Reina Sofía de Córdoba.

  5. - Todos los soldados que formaban parte del pelotón del Sargento Joaquín habían recibido la instrucción necesaria para ocupar los diversos puestos del TOAS, salvo el del conductor, para el que hace falta un permiso específ‌ico que sólo tenía el Soldado Maximiliano . El Sargento Joaquín tenía competencia para decidir en cada momento el puesto que sería ocupado por cada uno de los soldados de su pelotón, así como para decidir si la conducción en aquel ejercicio se realizaría por fuera o por dentro del vehículo, así como suya era la decisión

    de circular con los seguros de la ametralladora pesada quitados, no debiendo circular de tal manera salvo

    expresa orden suya.

    6- El terreno por el que se desarrolló el ejercicio de paso de brecha por los TOAS era el propio de un campo de maniobras, irregular y con zanjas creadas por el agua, de manera que se notaban multitud de baches por los ocupantes de los vehículos, siendo frecuente que estos se golpearan como consecuencia de aquellos. La velocidad de los TOAS, no era muy alta en parte por la antigüedad de los vehículos y en parte porque el propio terreno no permitía una velocidad mayor, circulando el TOAS en el que sufrió el accidente el Soldado Dimas a no más de 20 kilómetros/hora.

  6. - El Sargento Joaquín, de reciente incorporación a las Fuerzas Armadas, se comprometía con sus subordinados, siempre estaba trabajando con su pelotón, hablando y muy cercano a ellos, tomándose muy en serio la preparación e instrucción de sus hombres para los diferentes ejercicios que habían de realizarse en las maniobras en que participaban, era exigente en el adiestramiento y la corrección, e intentaba crear en ellos la percepción de una situación lo más cercana a una de guerra.

    NO HA RESULTADO PROBADO:

  7. - Que el Sargento Joaquín diera un golpe en el pecho al soldado Dimas con la mano abierta, ni que lo zarandeara, durante las maniobras realizadas en el campo de Cerro Muriano entre el 11 y el 15 de marzo de 2019.

  8. - Que el Sargento Joaquín, en las maniobras que se realizaron en Zaragoza en octubre de 2018, tras mostrarse molesto por cómo se habían dispuesto los sacos de dormir en el vehículo blindado (TOAS), se dirigiera al Soldado Jose Francisco, cogiéndolo del chaleco anti-fragmentos y lo zarandeara violentamente.

  9. - Que el Sargento Joaquín, en el transcurso de un ejercicio de visión nocturna en las maniobras que tuvieron lugar entre el 4 y el 15 de febrero de 2019, cogiera del cuello del mimetizado, tirando con fuerza hacia él, diciéndole que lo iba a matar porque no era capaz de cambiar el cargador del arma durante el ejercicio.

SEGUNDO

La acusación particular elevó a def‌initivas sus conclusiones particulares, estimando acreditados los hechos por los...

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