STSJ Andalucía 435/2022, 9 de Marzo de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución435/2022
Fecha09 Marzo 2022

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MALAGA

Avenida Manuel Agustín Heredia nº 2ª planta

N.I.G.: 2906744420200011439

Negociado: JL

Recurso: Recursos de Suplicación 1753/2021

Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 9 DE MALAGA

Procedimiento origen: Procedimiento Ordinario 916/2020

Recurrente: Claudio

Representante: FRANCISCO MIGUEL NIETO VILLENA

Recurrido: SERV. ANDALUZ DE SALUD, ASISTENCIA SANITARIA MALAGUEÑA, S.L., AMBULANCIAS TENORIO E HIJOS, S.L.U. y TNR SOCIOS INVERSORES S.L

Representante:GEMA CONDE LOPEZS.J. SERVICIO ANDALUZ DE SALUD - MALAGA

Sentencia Nº 435/2022

ILTMO. SR. D. D. MANUEL MARTIN HERNÁNDEZ CARRILLO, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. JOSE LUIS BARRAGAN MORALES,

ILTMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES.

S E N T E N C I A

En la ciudad de Málaga, a nueve de marzo de dos mil veintidós.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga, compuesta por los magistrados arriba relacionados, en nombre del Rey, y en virtud de las atribuciones jurisdiccionales conferidas, emanadas del Pueblo Español, dicta la siguiente sentencia en el recurso de suplicación referido, interpuesto contra la del Juzgado de lo Social número nueve de Málaga, de 23 de junio de 2021, aclarada por auto de 9 de julio de 2021, en el que han intervenido como recurrente DON Claudio, dirigido técnicamente por el letrado don Francisco Miguel Nieto Villena, y como recurridos SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, dirigido técnicamente por la letrada doña Marina Romero Gómez, y ASISTENCIA SANITARIA MALAGUEÑA S.L., AMBULANCIAS TENORIO E HIJOS S.L.U. y TNR SOCIOS INVERSORES S.L., dirigidas técnicamente por la letrada doña Gema Conde López.

Ha sido Ponente José Luis Barragán Morales.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El 9 de septiembre de 2020 don Claudio presentó demanda contra Asistencia Sanitaria Malagueña S.L., Ambulancias Tenorio e Hijos S.L.U. y Tenorio Grupo Empresarial S.L., en la que suplicaba la condena de las demandadas a abonarle 13.350,51 euros, en concepto de actualización de tablas salariales e IPC, dietas, pernocta, horas extras, nocturnidad y complemento de vacaciones, más los correspondientes intereses por mora.

SEGUNDO

La demanda se turnó al Juzgado de lo Social número nueve de Málaga, incoándose el correspondiente proceso ordinario con el número 916-20, en el que una vez admitida a trámite por decreto de 25 de septiembre de 2020, y tras la ampliación de la demanda el 15 de abril de 2021 frente a TNR Socios Inversores S.L. y Servicio Andaluz de Salud y el desistimiento en la misma fecha frente a Tenorio Grupo Empresarial S.L., se celebraron los actos de conciliación y juicio el 31 de mayo de 2021.

TERCERO

El 23 de junio de 2021 se dictó sentencia, aclarada por auto de 9 de julio de 2021, cuyo fallo era del tenor siguiente: .

CUARTO

En dicha sentencia se declararon probados los hechos siguientes:

Primero

D. Claudio, mayor de edad, presta servicios para la empresa Asistencia Sanitaria Malagueña S.L., desde el 21-11-07, con la categoría profesional de conductor ambulancia.

Segundo

Que el actor presta servicios en la red urgente con jornada laboral de 24 horas de trabajo de 8 a 8 horas, 24 horas de trabajo por 72 horas de descanso.

Tercero

Que el 30-6-20 se interpuso demanda de conciliación ante el CMAC.

Cuarto

Resulta de aplicación el convenio colectivo de Andalucía para las Empresas y Trabajadores de Transporte de Enfermos y Accidentados en Ambulancias 2010-2012.

Quinto

El 5-2-18 se interpuso demanda de conciliación ante el SERCLA; el 1-3-18 se interpuso demanda de conf‌licto colectivo por CCOO frente a Asociación de Empresas de Ambulancias (Adema), Asociación de Empresas de Ambulancias de Andalucía (Aseaa) y Asociación Nacional de Grandes Empresas de Transportes Sanitarios (Agetrans) y UGT; el 12-7-18 se dictó sentencia en materia de conf‌licto colectivo por el TSJA(SE) cuyo fallo fue el siguiente: I.-Que debemos estimar y estimamos sustancialmente la demanda sobre conf‌licto colectivo interpuesta por Comisiones Obreras de Andalucía (CCOO) frente a la "Asociación Nacional de Grandes Empresas de Transportes Sanitarios" (Agetrans) y "Asociación Empresarial Andaluza de Transporte Sanitario" (Ademasur), así como Unión General de Trabajadores de Andalucía (UGT), habiendo sido llamado a las actuaciones el Ministerio Fiscal. II.-Que declaramos el derecho de los trabajadores incluidos en el ámbito funcional del Convenio, a la actualización de las retribuciones correspondientes al año 2012 con arreglo al IPC real del año 2011 en porcentaje del 2,4%, el cual deberá aplicarse sobre las percepciones recogidas en los Anexos I y II del III Convenio Colectivo autonómico de Trabajo para las Empresas y Trabajadores/as de Transporte de Enfermos y Accidentados en Ambulancia, con arreglo a las cuales deberán seguir siendo retribuidos dichos trabajadores hasta el establecimiento de un nuevo Convenio Colectivo o pacto al efecto, con las revalorizaciones y límites legales o convencionales que resulten de aplicación. III.-Condenamos a las Asociaciones demandas a estar y pasar por esta declaración y por sus consecuencias legales; Recurrida en casación, el 13-4-21 se dicta decreto teniendo por desistida a Agetrans del recurso.

Sexto

El actor ha f‌irmado los siguientes contratos: indef‌inido con Asistencia Sanitaria Malagueña S.L. teniendo reconocida antigüedad de 27- 10-98.

Séptimo

Las nóminas del actor de junio de 2019 a marzo de 2020 obran a los folios 115 a 160.

Octavo

Registro de solicitudes y prestaciones de servicios obran en autos.

Noveno

Asistencia Sanitaria Malagueña S.A. tiene domicilio en c/ Alcalde Guillermo Reina 131, Ind. El Viso Málaga, objeto social prestación de servicios de ambulancias a terceros; el 19-3-19 la sociedad f‌irmó acuerdo de intenciones para la compra del 100 % de su capital social por parte de la empresa TNR Socios Inversores S.L.

Décimo

Las cuentas anuales de Asistencia Sanitaria Malagueña S.L. obran en autos. Informe de auditoría independiente

.

Décimo Primero

Balance de situación e informe de gestión de Ambulancias Tenorio e Hijos S.L. obra en autos.

Décimo Segundo

Informe de auditoría de cuentas anuales emitido por auditor independiente de Ambulancias Tenorio e Hijos S.L.U.

Décimo Tercero

Por resolución de 9-12-20 se publica el IV Convenio Colectivo de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el sector de empresas de transporte de personas enfermas y accidentadas en ambulancias.

Décimo Cuarto

TNR Socios Inversores S.L. tiene fecha de constitución 28-12- 15, objeto social prestación de servicios de asesoría incluyendo la realización de proyectos, estudios, informes técnicos y apoyo en general, el asesoramiento y prestación de servicios de suministración a empresas en materia jurídica de gestión, implantación de nuevos mercados.

Décimo Quinto

El 15-5-19 se f‌irma escritura pública de compraventa de participaciones sociales, consta que ASM es titular de negocio empresarial consistente en una f‌lota de ambulancias que desarrolla la actividad de transporte sanitario en la provincia de Málaga en virtud de contrato administrativo NUM000, contrato administrativo que fue adjudicado por el SAS a Asistencia Sanitaria Malagueña el 18-7-14; en virtud del contrato los vendedores transmiten las participaciones sociales representativas de la totalidad del capital social de las sociedades del grupo ASM a TNR Socios e Inversores S.L., en escritura de compraventa de participaciones sociales de 20- 6-19 de Talleres de Ambulancias Malagueña S.L. a TNR Socios e Inversores S.L.

Décimo Sexto

El contrato de gestión de servicio público de transporte sanitario de los centros vinculados a las plataformas de logística sanitaria de Málaga y Sevilla, por resolución de 6-6-14 se adjudica a Ambulancias Tenorio e Hijos S.L., lote 2, y Asistencia Sanitaria Malagueña S.L., lote 1.

Décimo Séptimo

El 16-5-19 se comunica a los trabajadores de ASM que Tenorio Grupo Empresarial ha adquirido la totalidad el accionariado de ASM, agrupando entre ambas compañías más de 1100 ambulancias y 2200 empleados; el nuevo grupo afrontará de manera conjunta las nuevas licitaciones previstas en Andalucía; el acuerdo garantiza la estabilidad laboral de los servicios de los que ASM es prestataria y permitirá afrontar con solvencia los requisitos técnicos exigidos en los nuevos concursos públicos, se convocarán comités de empresa para mantener reunión urgente donde se atenderán las inquietudes de los trabajadores.

Décimo Octavo

Ambulancias Tenorio e Hijos S.L.U. procedió el 25-9-20 a comunicar carta de sanción a un trabajador f‌irmada la carta por ASM.

Décimo Noveno

EL 20-5-20 se dicta laudo arbitral.

Vigésimo

Por escritura pública de 28-12-15 se constituyó la sociedad TNR Socios e Inversores S.L.

Vigésimo Primero

El 25-10-18 se f‌irma acuerdo de desconvocatoria de huelga ante el Sercla, con avenencia; se acuerda aplicación del convenio colectivo autonómico y actualización a las tablas salariales correspondientes al año 2012 del referido convenio colectivo, a partir de agosto de 2018 hasta la adjudicación del nuevo contrato provincial de transporte sanitario en la provincia de Málaga, a los trabajadores de los servicios de la Red de Transporte Urgente de los centros de Trabajo de los Distritos...

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