STSJ Andalucía 456/2022, 9 de Marzo de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución456/2022
Fecha09 Marzo 2022

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA

N.I.G.: 2906744420200006668

Negociado: UT

Recurso: Recurso de Suplicación nº 1738/2021

Sentencia nº 456/2022

Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 6 DE MÁLAGA

Procedimiento origen: Modif‌icación sustancial condiciones laborales 521/2020

Recurrente: COMITÉ DE EMPRESA COLEGIO EL ROMERAL

Representante: RAFAEL LÓPEZ SERRALVO

Recurrido: CENTROS FAMILIARES DE ENSEÑANZA, S. A. y MINISTERIO FISCAL

Representante:ENRIQUE JOSÉ CABRAL GONZÁLEZ-SILICIA

ILTMO. SR. D. MANUEL MARTÍN HERNÁNDEZ-CARRILLO, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. ERNESTO UTRERA MARTÍN

ILTMO. SR. D. RAÚL PÁEZ ESCÁMEZ

SENTENCIA

En la ciudad de Málaga, a nueve de marzo de dos mil veintidós.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga, compuesta por los magistrados arriba relacionados, en nombre del Rey, y en virtud de las atribuciones jurisdiccionales conferidas, emanadas del Pueblo Español, dicta esta sentencia en el recurso de suplicación referido, interpuesto contra la del Juzgado de lo Social número 6 de Málaga, de 18 de enero de 2021, y pronunciada en el proceso número 521/2020, recurso en el que ha intervenido como parte recurrente el COMITÉ DE EMPRESA DEL CENTRO DE TRABAJO COLEGIO EL ROMERAL, representado y dirigido técnicamente por el letrado don Rafael López Serralvo; y como parte recurrida CENTROS FAMILIARES DE ENSEÑANZA, S.A., por el letrado don Enrique Cabral González-Sicilia.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El 25 de junio de 2020, el Comité de Empresa del Colegio El Romeral [en adelante, el Comité] presentó demanda por modif‌icación sustancial de condiciones de trabajo colectiva contra Centros Familiares de Enseñanza, S.A., en la que suplicaba que se declarases nula o, subsidiariamente, injustif‌icada la decisión de

la empresa de suprimir la "Gratif‌icación Voluntaria Absorbible y Compensable", decisión que af‌irmaba había afectado a los cincuenta y cuatro trabajadores de ese centro escolar.

SEGUNDO

La demanda se turnó al Juzgado de lo Social número 6 de Málaga, en el que se incoó el proceso de modif‌icación sustancial de condiciones de trabajo o conf‌licto colectivo ****REVISAR ESTO con el número 521/2020, se admitió a trámite y se celebraron los actos de conciliación y juicio el 30 de noviembre de 2020.

TERCERO

El 18 de enero de 2021 se dictó sentencia, cuyo fallo era del tenor siguiente:

Que sin entrar a conocer del fondo del asunto y estimando la excepción de falta de competencia en la demanda formulada por COMITE DE EMPRESA DE CENTRO DE TRABAJO de COLEGIO ROMERAL de la entidad Centros Familiares de Enseñanza, S. A. de Málaga, frente a la entidad CENTROS FAMILIARES DE ENSEÑANZA, S.A., sobre MODIFICACION SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO COLECTIVA, debo absolver y absuelvo a la entidad demandada de los pedimentos formulados en su contra.

CUARTO

En dicha resolución se declararon probados los hechos siguientes:

PRIMERO

La entidad demandada, tiene como actividad principal la enseñanza y es titular de centros de trabajo en Andalucía (Málaga, Granada, Sevilla; Algeciras, Puerto de Santa María, Huelva, Jaén y Almería), así como en Extremadura (Badajoz)

SEGUNDO

En fecha 25/03/2020 la empresa remite a todos los trabajadores de la empresa correo electrónico con la siguiente comunicación:

Queridos todos:

Nos dirigimos a vosotros desde el Consejo de Administración y el Comité ejecutivo, para comunicaros qué hacemos en Attendis mientras esta crisis afecta sin excepción a personas, familias, instituciones y empresas.

En primer lugar, nuestro agradecimiento y admiración por vuestra respuesta y por el servicio que estáis prestando a las familias. Es un consuelo comprobar que esta situación nos ha sobrevenido preparados tecnológicamente y bien dispuestos pedagógicamente, aun sin ahorrarnos ningún esfuerzo para ofrecer un servicio estable y de gran calidad.

Así pues, nuestro compromiso es continuar desarrollando nuestra misión muchos años, contando con todos vosotros, sin que ninguno se quede atrás. Por eso, para afrontar esta temporal "crisis de guerra" como la llaman los expertos, hemos de tomar algunas medidas económicas que nos permitan velar por nuestra misión pedagógica, protegeros como empleados, pensar en nuestras familias y lograr la sostenibilidad económica.

Como sabéis, aunque seguimos el ritmo del curso académico vía telemática, ya hemos dado de baja a los alumnos de los servicios de comedor, extraescolares y rutas y no se va a cobrar a los alumnos de 0 a 2 años. Además se va a aplicar un descuento en la escolaridad a los alumnos de 3 a 5 años. Por tanto, el impacto de estas decisiones, pensadas para las familias, hemos de absorberlas en nuestra estructura económica.

Por eso, conscientes de la exigencia del momento, pensando en el bien común de la institución entera (padres, profesores y alumnos), y apenados por las consecuencias de esta crisis, tenemos ahora que comunicaros las medidas que adoptaremos a partir del 1 de abril:

a.- Para todo el personal:

Todas las categorías laborales dejaremos de percibir a partir del mes de abril la gratif‌icación voluntaria absorbible y compensable.

Esta medida, que impacta de forma importante y a todos por igual, se revertirá cuando recuperemos las _pérdidas ocasionadas _por esta crisis.

b.- ERTE a personas que no pueden teletrabajar.

Se amplía el ERTE ya aplicado en el mes de marzo a todas las personas que no pueden teletrabajar en esta situación: personal de servicios en todas sus categorías (gobernantas, cocineras, ayudantes de cocina, limpiadoras, mantenedor), capellanes y secretarias.

c.- ERTE a personal de infantil:

Dado que en estas edades los alumnos no pueden seguir las clases de manera virtual y el servicio no es completo, no podremos cobrarles a los padres la escolaridad al 100%. Por eso:

Infantil I (0 a 2 años): aplicaremos ERTE completo y no cobraremos nada a las familias. Estos trabajadores tendrán derecho a una ayuda of‌icial por desempleo que será del 70% de la base reguladora.

Infantil II (3 a 5 años): aplicaremos ERTE parcial al 70%, cobraremos una tarifa plana a la familia y el profesorado trabajará un 30%. Estos trabajadores tendrán derecho a una ayuda of‌icial por desempleo equivalente al 70% de la base reguladora por la parte reducida, y percibirán el 30% restante por parte de la empresa.

Estas ayudas económicas por parte del Estado, no computan a efectos de futuras ayudas ni a cálculos de pensiones.

Los Comités Directivos de cada colegio están a vuestro servicio y se irán poniendo en contacto con cada uno de vosotros para aclararos las dudas que podáis tener al respecto. Así mismo, el Departamento de Talento y Cultura estará a vuestra disposición a través de este buzón, dudas laborales covid19@attendis.com, para resolver cualquier cuestión laboral.

Vuestro esfuerzo es grande, el de todos y cada uno: lo sabemos. Pero esta crisis pasará pronto y saldremos fortalecidos de ella.

Gracias de nuevo a todos por vuestra respuesta; estamos seguros de que, como siempre, va a ser positiva y de una gran implicación. Tenemos en nuestras manos un Proyecto Educativo único y muy necesario, que tiene que seguir creciendo para bien de todos.

Con el deseo de que pronto volvamos a vernos y a recuperar nuestra actividad, os enviamos un fuerte abrazo."

TERCERO

El 30/03/2020 desde DIRECCION000 se remite correo a D. Florentino en el siguiente sentido:

Buenos días, Florentino

Te remito la contestación remitida por Of‌icina central:

"Esta gratif‌icación nació en las épocas de bonanza, cuando la empresa pudiéndose quedar con un porcentaje mayor de benef‌icios decidió crearla para compensar a sus trabajadores más allá de lo que decía el Convenio y con la ilusión de ir compartiendo de alguna manera sus benef‌icios. Todos los meses cobramos un 18% más de lo estipulado en Convenio y ahora, en estos momentos tan duros por los que vuelve a pasar la empresa y que esperamos duren poco, se retrotrae de la nómina para poder ayudar a paliar las pérdidas. Esta decisión se toma, no sin dolor, pero para garantizarlos puestos de trabajo que hoy tenemos.

Estamos hablando de pérdidas en momentos difíciles, sabemos todos que no hemos superado la falta de alumnos de años pasados y que no sabemos si con esta crisis que afecta a toda la sociedad, va a agudizarse o parar, la gratif‌icación volverá a nuestras nóminas no más la situación lo permita. A día de hoy, no tenemos información para poder decir algo más sobre este tema".

CUARTO

El 30/03/2020 desde el comité de empresa demandante se remite comunicación a los trabajadores en los términos que constan en el documento n° 3 de la parte demandada.

El 22/04/2020 la empresa remite al comité de empresa demandante comunicación con el siguiente tenor literal:

Estimado Comité de Empresa:

Nos disponemos a afrontar este último trimestre tan singular. Muchos de vosotros estáis en Attendis desde hace mucho tiempo, seguro que compartís con nosotros que estamos atravesando un momento de especial dif‌icultad. Es por eso que somos plenamente conscientes del esfuerzo que estamos haciendo ante una situación tan excepcional como esta, que nos compromete a todos y a la sociedad en general. Queremos aprovechar este momento para dedicaros estas letras a todos los Comités de Empresa -y que se las hagáis extensivas al resto del personal- para transmitiros nuestro apoyo y cercanía para continuar con vuestra actividad en estas circunstancias.

Como sabéis, nos estamos recuperando aún de las caídas progresivas de alumnos de la crisis económica anterior. A esto hay que sumarle las pérdidas originadas por el cierre repentino de los...

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