STSJ Castilla y León 310/2022, 9 de Marzo de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución310/2022
Fecha09 Marzo 2022

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

VALLADOLID

Sección Segunda

SENTENCIA: 00310/2022

Equipo/usuario: MSE

Modelo: N11600

C/ ANGUSTIAS S/N

Correo electrónico:

N.I.G: 47186 33 3 2020 0000061

Procedimiento : PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000070 /2020

Sobre: ADMINISTRACION DEL ESTADO

De D. Sebastián, Sandra

ABOGADO CESAR DELGADO GIL,

PROCURADOR D. CARLOS ALBERTO BARRERO DIEZ,

Contra CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL DUERO O.A.

ABOGADO ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA Nº 310

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE DE LA SECCIÓN:

DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ

MAGISTRADOS:

DON RAMÓN SASTRE LEGIDO

DOÑA ADRIANA CID PERRINO

En Valladolid, a nueve de marzo de dos mil veintidós.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso número 70/2020, en el que se impugna:

La resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográf‌ica del Duero, de 28 de octubre de 2019, que desestimó el recurso de reposición formulado por D. Sebastián y Dª Sandra contra la resolución también de la Presidencia de dicho Organismo de cuenca, de 28 de marzo de 2019, que declaró la extinción del derecho al uso privativo de las aguas superf‌iciales del río Eresma en el término municipal de Bernardos que en este proceso interesa, así como la cancelación del mismo en el Libro de Registro de Aprovechamientos de Aguas Públicas de la Confederación Hidrográf‌ica citada -se trata del aprovechamiento con destino a fuerza motriz registrado con el número NUM000 y del que f‌igura como titular D. Luis María -.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: D. Sebastián y Dª Sandra, representados por el Procurador Sr. Barrero Díez y defendido por el Letrado Sr. Delgado Gil.

Como demandada: La Confederación Hidrográf‌ica del Duero, representada y defendida por la Abogacía del Estado.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Javier Oraá González.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y una vez recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en la misma, solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se declare nula, se anule o se revoque la resolución de la Presidenta de la Confederación Hidrográf‌ica del Duero de 28 de Octubre de 2.019, recaída en el expediente número: TR/ED/1117/2017, SG-2-13, así como la de la que trae causa, por ser contrarias a derecho, con imposición de costas a la Administración demandada.

Por otrosí interesó el recibimiento del pleito a prueba.

SEGUNDO

En el escrito de contestación de la Administración demandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se desestime el recurso y se impongan las costas a la parte actora.

TERCERO

El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el resultado que consta en autos.

CUARTO

Presentado escrito de conclusiones por las partes y declarados conclusos los autos, se señaló para su votación y fallo el ocho de marzo de dos mil veintidós.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpuesto por D. Sebastián y Dª Sandra recurso contencioso administrativo contra la resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográf‌ica del Duero (CHD), de 28 de octubre de 2019, que desestimó el recurso de reposición formulado por aquéllos contra la resolución también de la Presidencia de dicho Organismo de cuenca, de 28 de marzo de 2019, que declaró la extinción del derecho al uso privativo de las aguas superf‌iciales del río Eresma en el término municipal de Bernardos que en este proceso interesa, así como la cancelación del mismo en el Libro de Registro de Aprovechamientos de Aguas Públicas de la CHD -se trata del aprovechamiento con destino a fuerza motriz registrado con el número NUM000 y del que f‌igura como titular D. Luis María -, pretenden los recurrentes que se declaren nulos, se anulen o se revoquen el acto impugnado y aquél del que trae causa, el que declaró la extinción por caducidad del derecho litigioso, pretensión que basan en distintos...

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