AAP Valencia 119/2022, 16 de Febrero de 2022
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 119/2022 |
Fecha | 16 Febrero 2022 |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN DÉCIMA
VALENCIA
NIG: 46250-42-1-2020-0020870
RECURSO DE APELACIÓN (LECN) [RPL] Nº 000672/2021 -PX- Dimana de: Familia.Patria potestad [V58] Nº 000171/2020
Del JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER Nº 1 DE VALENCIA, ASUNTOS CIVILES
A U T O Nº 119/22
SECCIÓN DECIMA:
Ilustrísimas Señorías :
Presidenta Dª Mª PILAR MANZANA LAGUARDA Magistrados: Dª ANA-DELIA MUÑOZ JIMENEZ D. JAVIER ALMONACID LAMELAS
En Valencia a, dieciséis de febrero de dos mil veintidós
Vistos ante la Sección Décima de la Ilma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de Familia.Patria potestad [V58] nº 000171/2020, seguidos ante el JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER Nº 1 DE VALENCIA, ASUNTOS CIVILES, entre partes, de una como demandante, D. Florentino, dirigida por el letrado Dª. MARIA AMPARO COSTA MORA y representado por la Procuradora Dª. MARIA JOSE MONTESINOS PEREZ, y de otra como demandada, Dª. Custodia, dirigida por la letrada Dª. CONSUELO RIBELLES VILLALBA y representada por la Procuradora Dª. MARIA AGOSTO VILLALONGA TOMAS. Siendo parte el MINISTERIO FISCAL.
Es ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. ANA DELIA MUÑOZ JIMENEZ.
:
En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez de JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER Nº 1 DE VALENCIA, ASUNTOS CIVILES, en fecha 16-2-21 se dictó auto, cuya parte dispositiva es como sigue: "No procede compensación de visitas solicitada. Se rebaja la pensión de alimentos en favor del menor a cargo del padre a 175 euros al mes y se mantendrá hasta que el padre deje de estar en situación de subsidio, volviendo cuando trabaje a tener que abonar la pensión de 200 euros al mes. No existe obstáculo para que las visitas se cumplan hoy con normalidad, siendo los requerimientos interesados objeto de ejecución en el expediente que corresponda."
Contra dicho auto por la representación procesal de la parte demandada se interpuso recurso de apelación, y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación
del auto se remitieron las actuaciones a esta Secretaría donde se formó el oportuno rollo, señalándose el día 12 de enero de 2022 para la deliberación, votación y fallo del recurso, sin celebración de vista.
Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.
Los litigantes tienen un hijo en común, Humberto, nacido el día NUM000 de 2013, habiéndose dispuesto las medidas relativas al mismo en sentencia que se dicto en fecha 20 de enero de 2015 por el Juzgado de Primera Instancias Nº 24 de Valencia en autos 627/201, concretamente la patria potestad compartida, la custodia materna, un régimen de visitas para el progenitor de fines de semana alternos desde el viernes tarde hasta el domingo tarde y una tarde intersemanal con pernocta, la del martes a falta de acuerdo entre las partes y vacaciones escolares por mitad, con la intervención del Punto de Encuentro Familiar en la modalidad de supervisión y pensión de alimentos de 170 euros mensuales, habiéndose elevado la cuantía de la pensión a 200 euros mensuales por sentencia 413/2015, de 26 de junio dictada por esta Sala en fecha.
Por auto que se dictó en fecha 14 de febrero de 2017 en procedimiento de medidas de protección ( art. 158 CC) por el mismo Juzgado (autos 136/2017) se dispuso, atendido que las entregas y recogidas los martes no podían realizarse en el Punto de Encuentro Familiar, que se realizasen en el colegio.
Por sentencia dictada en fecha 19 de diciembre de 2018 por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer Nº 1 de Valencia en procedimiento civil 62/2017, a demanda del progenitor, confirmada por la dictada por esta Sala en fecha 9 de diciembre de 2019 en rollo 666/2019, se dispuso que el progenitor tenía derecho a tener en su compañía al hijo menor los fines de semana alternos desde la salida del menor del colegio hasta el lunes a la hora de entrada en el mismo y se mantuvieron, en todo lo demás, las medidas establecidas. La Sala estimó conveniente que las entregas y recogidas fuesen en...
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