STSJ Aragón 101/2022, 14 de Febrero de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución101/2022
Fecha14 Febrero 2022

Sentencia número 000101/2022

Rollo número 955/2021

MAGISTRADOS/AS ILMOS/AS. Sres/as:

Dª. MARÍA-JOSÉ HERNÁNDEZ VITORIA

D. JOSÉ-ENRIQUE MORA MATEO

Dª ELENA LUMBRERAS LACARRA

En Zaragoza, a catorce de febrero de dos mil veintidós.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres/as. indicados al margen y presidida por la primera de ellos, pronuncia en nombre del REY esta

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación núm. 955 de 2021 (Autos núm. 108/2019), interpuesto por la parte demandada INSTITUTO ARAGONES DE CIENCIAS DE LA SALUD, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Zaragoza, de fecha 2 de septiembre de 2021; siendo demandante Dª Teodora, sobre declarativo de derecho. Ha sido ponente la Ilma. Sra. Dª. ELENA LUMBRERAS LACARRA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Teodora contra Instituto Aragones de Ciencias de la Salud, sobre declarativo de derecho, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social nº 3 de Zaragoza, de fecha 2 de septiembre de 2021, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Con estimación de la demanda deducida por Dª Teodora contra el demandado INSTITUTO ARAGONÉS DE CIENCIAS DE LA SALUD debo declarar que la relación laboral que vincula a las partes es f‌ija o indef‌inida f‌ija; y debo condenar y condeno al INSTITUTO ARAGONÉS DE CIENCIAS DE LA SALUD a estar y pasar por la anterior declaración a todos los efectos".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal siguiente:

"PRIMERO-La demandante, Dª Teodora cuyas circunstancias personales constan en autos, presta servicios laborales para el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud desde el 27/01/2010 de forma ininterrumpida, como técnico de gestión de proyectos.

SEGUNDO

Por Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón, se creó el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud (en adelante IACS), Entidad de derecho Público adscrita al departamento responsable de Salud del Gobierno de Aragón para la colaboración en el desarrollo de los servicios del Sistema de salud de Aragón

mediante la formación de los recursos humanos, el fomento de la investigación, la asesoría, la cooperación y el aumento del conocimiento sobre la salud de la población y sus determinantes.

El Instituto demandado, IACS, tiene personalidad jurídica y cuenta con patrimonio propio.

Se da por reproducido el art. 65 de la citada Ley 6/2002, sobre funciones del IACS.

TERCERO

Por Consejo de Dirección de IACS, en su reunión de 3/12/2006, se aprobó la creación de un nuevo puesto de Técnico de Gestión de proyectos del Área de Transferencia de conocimiento ante el lanzamiento del nuevo proyecto de acreditación de competencias profesionales de los facultativos y personal de enfermería de Aragón.

CUARTO

Por Resolución de 5/10/2009 del Director-Gerente del IACS se ofertó puesto ya referido con anuncio publicado en BOA de 22/10/2009, puesto "dependiendo de la Dirección del área de Transferencia, participará en el diseño, puesta en marcha y mejora continua del sistema de evaluación de competencias de los profesionales sanitarios de Aragón"; y con arreglo al procedimiento siguiendo las bases aprobadas por el Consejo de Dirección del Instituto en reunión celebrada el 23 de junio de 2004.

Se da por reproducida resolución relativa a convocatoria en su integridad, en especial punto 4º "Requisitos de convocatoria" y punto 5º "Proceso de selección" comprensivo éste último de tres fases siendo la primera la de comprobación y superación de requisitos, la segunda de valoración de méritos y la tercera de superación de pruebas prácticas para la valoración por la Comisión de Selección con asistencia de empresa externa. Y por último fase cuarta consistente en entrevista personal.

En la convocatoria no se relacionó que la oferta fuera para cubrir plaza temporal.

QUINTO

La demandante participó en dicho proceso selectivo (documento nº 4 aportado a demanda) al que concurrieron 48 candidatos de 80 iniciales f‌irmantes, llevándose a efecto proceso de selección por Comisión de Selección - nombrada al efecto, con expresión de cargos y cuya constitución nominativa se da por reproducida-, que estableció los criterios valorativos para pasar a la fase de pruebas escritas y prácticas, y cuya "acta" de 20/11/2009 (doc. nº 4.4. de demanda) obra en las actuaciones, dándose por reproducida.

La Comisión de Selección estableció una puntuación mínima superior a 30 puntos (formación y experiencia profesional e inglés) para poder acceder a pruebas prácticas (a cargo de la propia Comisión de Selección asistida de una empresa externa).

Se dan por reproducidos los resultados de puntuación de Fase I y Fase II de candidatos obrantes en las actuaciones, incluida la demandante.

Los candidatos que obtuvieron más de 30 puntos tras Fase II, incluida la demandante, se sometieron a prueba práctica relativa a: capacitación para implantación de sistemas de gestión de competencias, capacitación para elaboración y redacción de informes y manejo de herramientas of‌imáticas (Microsoft Off‌ice e Internet).

Y previa comprobación de informes emitidos por empresa externa respecto de selección, se f‌ijaron los criterios para asignar las puntuaciones según se f‌ija en acta de proceso de selección de 11/01/2010 (doc. nº 4.5 de demanda).

Los seis candidatos mejor valorados tras suma de resultados de fases II y III, pasaron a fase IV consistente en entrevista personal para evaluación de las competencias personales.

La demandante tras todas las fases, obtuvo la mejor puntuación según consta anexo 3 a acta de proceso de selección ya referida que se documenta en autos y se da por reproducida.

Igualmente se estableció orden de prelación de resto de candidatos concurrentes atendiendo a la puntuación obtenida.

Se da por reproducido en su integridad documentación de proceso selectivo aportado a autos.

SEXTO

Por resolución de 12/01/2919 del Director-Gerente del IACS se acordó la f‌inalización del proceso selección y nombramiento de la demandante para el puesto de técnico de gestión de proyectos.

SEPTIMO

La demandante y el IACS suscribieron en 27/01/2010 contrato de trabajo de duración determinada, de obra o servicio, siendo el objeto de la contratación según f‌ijación en cláusula adicional primera del contrato la de:

"El objeto del presente contrato es la realización de trabajos de su especialidad para el diseño y puesta en marcha del modelo de acreditación de competencias profesionales de los facultativos y personal de enfermería de Aragón".

OCTAVO

La demandante comenzó su trabajo para el IACS como técnico de gestión de competencias (Área de Transferencia-Unidad de Competencias profesionales) para realizar trabajos sobre modelos de acreditación de competencias profesionales para personal sanitario (medios y enfermeras).

Un año después, en 2011, fue traslada a la Unidad de Formación del Instituto estando dedicada a la tareas propias de técnico de gestión de proyectos en programas de formación continuada (gestión y organización de actividades formativas).

El contenido funcional del puesto ocupado en Unidad de Transferencia del Conocimiento es el detallado en documento aportado a autos (doc. anexo 4, prueba del IACS).

NOVENO

Ante el impulso del Gobierno de Aragón a los efectos de inclusión en Oferta de Empleo Público de plazas temporales, por acuerdo de 19/12/2017 se presentó por el IACS la plantilla integrante de su estructura en los términos que constan en autos y número total de 27 plazas, estando relacionada la plaza ocupada por la demandante (nº 90) como "Categoría: Técnico de gestión de proyecto", "Área: Técnico gestión proyectos Área de Transferencia del Conocimiento. Unidad de Formación", y "Tipo de contrato: Temporal >3 años".

También se relacionaron otras 2 plazas, temporales > 3 años, igual categoría y área para "Unidad DBE".

DECIMO

Previa modif‌icación de inicial propuesta y aprobación de la misma, por Orden de 20/12/2017 se aprobó la plantilla del IACS en los términos y con el contenido que es de ver en autos (doc. anexo nº 7 prueba IACS y doc. nº 4 del ramo de la demandante), que fue publicada en BOA 12/01/2018.

UNDECIMO

Por Decreto nº 218/2018 de 18 de diciembre del Gobierno de Aragón por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2018, para la estabilización de empleo temporal en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, en aplicación de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, se f‌ijó, ofertadas para proceso selectivo convocado al efecto mediante turno de acceso libre un total de 3 plazas de Técnico de Gestión de Proyectos del IACS, una de las cuales es la ocupada por la demandante.

DUODECIMO

La demandante solicitó en 3/12/2018 el reconocimiento de su relación como f‌ija indef‌inida y que debía ser clasif‌icada en la plantilla del IACS como "ocupada-laboral-titular" ("OC-LOT").

Por resolución de 20/12/2018 se desestimó la reclamación formulada en los términos que constan en autos.

DECIMO TERCERO

Se da por reproducida certif‌icación aportada sobre convocatorias de oposiciones a las que la demandante ha presentado instancia (anexo nº 11 ramo del IACS). La demandante no superó ningún ejercicio en las convocatorias señaladas en la certif‌icación".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, siendo impugnado dicho escrito por la parte demandante.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El INSTITUTO ARAGONÉS DE CIENCIAS DE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR