SJS nº 1 52/2022, 4 de Febrero de 2022, de Salamanca

PonenteINES REDONDO GRANADO
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2022
ECLIECLI:ES:JSO:2022:588
Número de Recurso3/2022

JDO. DE LO SOCIAL N. 1

SALAMANCA

SENTENCIA: 00052/2022

PLAZA COLON S/N

Tfno: 923-285271-72

Fax: 923-284631

Correo Electrónico: SOCIAL1.SALAMANCA@JUSTICIA.ES

Equipo/usuario: S02

NIG: 37274 44 4 2021 0002295

Modelo: N02700

DFU DERECHOS FUNDAMENTALES 0000003 /2022

DEMANDANTE/S D/ña: Erasmo

ABOGADO/A: ROSA ISABEL ENCINAS CHAPADO

DEMANDADO/S D/ña: MINISTERIO DE DEFENSA

ABOGADO/A: ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA Nº 52/22

En Salamanca, a cuatro de febrero de dos mil veintidós.

Vistos por la Ilma. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 1 de Salamanca, Dª INES REDONDO GRANADO los presentes autos nº 3/2022 seguidos a instancia de DON Erasmo, como demandante, asistido por la Letrada Doña Rosa Isabel Encinas Chapado, contra el MINISTERIO DE DEFENSA representado y asistido por el Sr. Abogado del Estado, Don José Ramón Basanta Barro, siendo parte el MINISTERIO FISCAL, sobre TUTELA DE DERECHOS FUNDAMENTALES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Los presentes autos traen causa de la demanda presentada el día 30 de diciembre de 2021, que por turno de reparto correspondió a este Juzgado, deducida por el actor en la que tras citar hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación pertinente terminaba solicitando se dictara sentencia en la que, estimando la presente demanda, declare la existencia de la lesión del derecho fundamental a la igualdad del actor y ordene el cese del comportamiento lesivo de la empresa, condenándola a estar y pasar por tales declaraciones, reconociendo por ello al actor, el derecho a la excedencia solicitada en su día, en

términos igualitarios con el resto de sus compañeros, y a indemnizarle en la cuantía que el Juzgado entienda pertinente por el daño moral sufrido como consecuencia de la lesión. A requerimiento del Juzgado la parte actora presentó escrito de fecha 13 de enero de 2022, f‌ijando la cuantía de la indemnización por daño moral reclamada en 7.501 euros.

SEGUNDO

Subsanados los defectos apreciados, por decreto de fecha 18 de enero de 2022, se admitió a trámite la demanda, se dio traslado a los demandados, citando a las partes para la celebración del juicio para el día 2 de febrero de 2022. En la fecha señalada, se celebró el juicio, compareciendo la parte actora que se ratif‌icó en su demanda interesando una sentencia acorde con sus intereses, y la demandada que se opuso a la misma, no compareciendo el Ministerio Fiscal, practicándose la prueba que se estimó admisible dentro de la propuesta, y terminando las partes por elevar a def‌initivas sus conclusiones.

TERCERO

En la tramitación de este proceso se han observado las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

El demandante DON Erasmo, con D.N.I. n° NUM000, comenzó a prestar servicios para el MINISTERIO DE DEFENSA, como personal laboral, en el Centro GRUEMA DE la Base Aérea de Matacán, sita en el término municipal de Villagonzalo de Tormes (Salamanca), el día 18 de septiembre de 2020, en virtud de contrato de trabajo indef‌inido.

El contrato de trabajo se formalizó en cumplimiento de lo establecido en la Resolución de 19 de agosto de 2020 de la Dirección General de la Función Pública, por la que se aprobaba la adjudicación de plazas a los aspirantes que habían superado el proceso selectivo para ingreso como personal laboral f‌ijo, con la categoría de Técnico Superior de Gestión y Servicios Comunes, Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales, y Técnico Superior de

Actividades Específ‌icas, grupo profesional 3, del III Convenio Único o la que le correspondiera con arreglo al encuadramiento del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, convocado por Resolución de 24 de enero de 2019, de la Dirección General de la Función Pública, publicada en el B.O.E. de 30 de enero de 2019 (acontecimiento 2).

TERCERO

El demandante junto con otros dos trabajadores, Don Jeronimo y Don Jorge, fueron destinados al Grupo de Material, Taller de propulsión, sección de reparaciones, en virtud de Orden de 30 de septiembre de 2020, de la Base Aérea de Matacán, asignándole el puesto de trabajo nº NUM001 de la Relación de Puestos de Trabajo (acontecimiento 3).

CUARTO

El demandante presentó escrito ante La Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa, el 20 de septiembre de 2021, solicitando la excedencia voluntaria por interés particular desde el 1 de noviembre de 2021 (acontecimiento 4).

A la vista de la solicitud, se reclamó informe tanto de la Jefatura de la Base Aérea de Matacán, como del Mando de Personal del Ejército del Aire.

Don Mariano, Teniendo Coronel del Cuerpo General, Escala de Of‌iciales del Ejército del Aire, Jefe del Grupo de Material de la Base Aérea de Matacán, emitió informe, con el contenido siguiente (documental del expediente administrativo, acontecimiento 37):

Que el civil D. Erasmo, con DNI n* NUM000 y destinado en el Grupo de Material del GRUEMA, ha solicitado una "Excedencia Voluntaria por Interés Particular" a partir del día 01 de noviembre de 2021.

Que la petición está justif‌icada por parte del interesado, aunque la concesión de la misma podría tener un impacto negativo en la Unidad por el incremento sustancial en labores de mantenimiento programado y averías de las aeronaves del GRUEMA, lo que implica un mayor esfuerzo por parte del personal de mantenimiento y por ende, ser necesario contar en la Unidad con el mayor número de efectivos posibles, civiles o militares.

No obstante, la incorporación reciente al GRUEMA de personal militar de la especialidad de "Mantenimiento Aeromecánico (MAE/AMAP, permite disponer en estos momentos del personal necesario para generar las horas de vuelo requeridas por la Escuela Militar de Transporte Aéreo y el Grupo de Adiestramiento.

La concesión de la excedencia solicitada podría tener un impacto negativo menor en la operatividad aérea requerida al GRUEMA, ya que por tratarse de una especialidad genérica de mantenimiento de aeronaves, el trabajo desempeñado por el solicitante puede ser cubierto con personal militar (MAE/AMA) mientras no se cubra este puesto de trabajo.

Por otro lado, según la información disponible en SIPERDEF, el GRUEMA dispone a fecha de f‌irma del presente documento, de una plantilla de personal civil con la especialidad de "Mantenimiento Aeromecánico" cubierta, sin existir ningún puesto vacante específ‌ico de la citada especialidad.

En el caso de conceder al solicitante la excedencia voluntaria por interés particular, se solicita sea cubierta la vacante lo antes posible, con el f‌in de mejorar el número de técnicos de mantenimiento Aeromecánico en el GRUEMA.

Y para que conste, a los efectos oportunos, f‌irmo el presente documento en el Grupo de Escuelas de Matacán,

Salamanca, a veintiuno de septiembre de dos mil veintiuno".

Don Desiderio, Coronel del Cuerpo General, Escala de Of‌iciales del Ejército del Aire, Jefe de la Base Aérea de Matacán y Director del grupo de Escuelas de Matacán, emitió también informe, con el contenido siguiente (documental del expediente administrativo).

"Que el civil D. Erasmo, con DNI n* NUM000 y destinado en el Grupo de Material del GRUEMA, ha solicitado una "Excedencia Voluntaria por Interés Particular" a partir del día 01 de noviembre de 2021.

Que su concesión podría tener un impacto negativo en la Unidad por el incremento previsto en las labores de mantenimiento programado y averías de las aeronaves del GRUEMA, lo que implica un mayor esfuerzo por parte del personal de mantenimiento y por ende, ser necesario contar en la Unidad con el mayor número de efectivos posibles, civiles o militares.

Con el esfuerzo de mantenimiento requerido para los próximos años, debido al aumento en el número de alumnos de 5º de la AGA que realizan el curso de transporte aéreo militar, el Grupo de Material del GUREMA necesita contar con 165 efectivos, civiles y militares, que realicen funciones de gestión, ingeniería y mantenimiento aeromecánico. En la actualidad, el GRUEMA cuenta con 134 efectivos, existiendo un déf‌icit de 31 personas.

En los últimos 10 años, el GRUEMA ha experimentado un descenso del personal laboral próximo al 50%. En el caso de la plantilla de personal civil del Grupo de Material del GRUEMA, el número de efectivos entre 2012 y 2021 se ha visto reducido en 36 personas, por alcanzar estos la edad de jubilación o cambios de destino, sin haberse repuesto hasta 2020 con la asignación de 7 vacantes publicadas en la oferta de empleo público de 2018.

En los próximos años, entre 2022 y 2015, se reducirá la plantilla disponible de personal civil que realiza labores de mantenimiento aeromecánico en 10 efectivos, por cumplir la edad de jubilación, lo que tendrá un doble impacto negativo, tanto por la reducción en el número de efectivos, como por la pérdida de experiencia acumulada al ser personal con una larga trayectoria profesional.

Aunque la incorporación reciente al GRUEMA de personal militar de la especialidad de "Mantenimiento Aeromecánico (MAE/AMAP), ha permitido paliar parcialmente las carencias, sigue siendo necesario incrementar el número de personal en el Grupo de Mantenimiento para poder generar de una forma sostenible las horas de vuelo requeridas por la Escuela Militar de Transporte Aéreo y el Grupo de Adiestramiento, y atenderé las diferentes vicisitudes de personal que se puedan plantear en los próximos años.

Por todo ello, se informa desfavorablemente a la solicitud de excedencia. En el caso de que fuera concedida, se solicita sea cubierta la vacante lo antes posible".

QUINTO

La Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa, dictó resolución de fecha 28 de septiembre de 2021, denegando al actor la concesión de la excedencia voluntaria solicitada por el demandante, en su escrito de 20 de...

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