AAP Barcelona 118/2022, 25 de Enero de 2022
Ponente | LUIS BELESTA SEGURA |
ECLI | ECLI:ES:APB:2022:566A |
Número de Recurso | 22/2022 |
Procedimiento | Recurso de apelación. Juicio rápido |
Número de Resolución | 118/2022 |
Fecha de Resolución | 25 de Enero de 2022 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 21ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
BARCELONA
SECCION 21ª
Rollo 22/2022
Diligencias Urgentes-Juicio Rápido 171/2020
Juzgado de Instrucción nº 30 de Barcelona
AUTO Nº 118/22
Ilustrísimas Señorías
Dª. María Isabel Delgado Pérez
D. Luis Belestá Segura
Dª. Isabel Gallardo Hernández
En Barcelona, a 25 de enero de 2022
Dada cuenta, y siendo ponente D. Luis Belestá Segura, quien expresa el parecer unánime del tribunal.
Por el Juzgado de Instrucción número 30 de Barcelona, con fecha 19 de diciembre de 2021, se dictó auto cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: "Se decreta la prisión provisional comunicada y sin fianza en estas diligencias de Evelio (y otro) por un delito intentado de robo con violencia e intimidación con uso de instrumento peligroso". Contra dicha resolución se interpuso recurso de reforma a cuya estimación se opuso el Ministerio Fiscal que interesó la confirmación de la resolución recurrida y que fue desestimado por auto de fecha 27 de diciembre de 2021, interponiéndose seguidamente recurso de apelación.
Que admitido a trámite el recurso de apelación interpuesto, y recibido el testimonio de particulares en esta Sección el 24 de enero de 2022, se acordó la formación del preceptivo Rollo de Sala que se ha sustanciado en legal forma.
Se aceptan y dan por reproducidos los de la resolución recurrida y los de aquella otra de las que trae causa.
Discute el recurrente la gravedad de los hechos indicando que la pena que se le podría finalmente imponer al investigado -ya acusado- sería inferior a dos años de prisión. No sería de aplicación el subtipo agravado, al ser la "navaja" en realidad un mini-llavero y al ser en grado de tentativa, se debería imponer la
pena inferior en grado a la del tipo básico. Señala además que concurriría alguna causa de inimputabilidad, por padecimiento de trastornos mentales. Señala además que no existe riesgo de reiteración delictiva, puesto que únicamente le consta una sentencia condenatoria.
El recurso debe ser desestimado. Se atribuye al recurrente la comisión de los siguientes hechos que vienen recogidos en el auto de prisión: el acusado el día 17 de diciembre de 2021 se dirigió a un pasajero del tren, le exhibió una navaja que le acercó a la cara y consiguió que le entregara su cartera y un teléfono. Al intentar recuperar el teléfono la víctima, el otro investigado, actuando de común acuerdo con el primero le dio dos puñetazos en el pecho a la víctima, al tiempo que le decía "dame eso", quitándole de la mano un billete de 10 euros. Y añade que en la estación de Renfe de El Clot intervino a requerimiento del pasajero y de los vigilantes del tren una dotación de MMEE que identificó a los...
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