SJS nº 1 24/2022, 24 de Enero de 2022, de Valladolid

PonenteMARIA DEL PILAR MORATA ESCALONA
Fecha de Resolución24 de Enero de 2022
ECLIECLI:ES:JSO:2022:772
Número de Recurso507/2021

JDO. DE LO SOCIAL N. 1

VALLADOLID

SENTENCIA: 00024/2022

ANGUSTIAS N. 40-44

Tfno: 983301412

Fax: 983300332

Correo Electrónico:

Equipo/usuario: MRL

NIG: 47186 44 4 2021 0002561

Modelo: N02700

DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000507 /2021

Procedimiento origen: /

Sobre: DESPIDO

DEMANDANTE/S D/ña: Fidel

ABOGADO/A: JAVIER PINTO ARRANZ

DEMANDADO/S D/ña: DIPUTACION PROVINCIAL VALLADOLID

ABOGADO/A: LETRADO DIPUTACION PROVINCIAL

En VALLADOLID, a veinticuatro de enero de dos mil veintidós.

María del Pilar Morata Escalona, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 1 de Valladolid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, seguidos con el número 507/21, en los que ha sido parte, como demandante, DON Fidel, Que comparece asistido por el Letrado Sr. Pinto Arranz, y como demandada, la DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID, que comparece representada por la Letrada Sra. Martín Ferreira,

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 24/2022

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

- El 8/07/2021, por DON Fidel se presentó demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho que consideraba de aplicación, solicitaba que se declare nulo, o subsidiariamente, improcedente, el despido del demandante, con las consecuencias legales inherentes.

SEGUNDO

Admitida a trámite la demanda se dio traslado de la misma a la demandada y se convocó a las partes a la celebración de vista, teniendo lugar la celebración del juicio, tras anterior suspensión, el día 12 de enero de 2022.

TERCERO

Llegado el día señalado, en el acto del juicio se formularon alegaciones. En el acto del juicio las partes acordaron dar por reproducidas las alegaciones y prueba practicada en autos DSP 502/21, celebrado en la misma mañana, copia de cuyo acta obra incorporada al presente procedimiento, sin perjuicio de las particularidades afectantes al trabajador demandante. Practicados los medios de prueba que fueron admitidos y formuladas las conclusiones, quedaron los autos para dictar sentencia.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

El actor, DON Fidel, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, ha venido prestando servicios para la DIPUTACIÓN DE VALLADOLID, con la categoría de auxiliar forestal, salario bruto diario de 54,94€, incluida prorrata de pagas extras, en virtud de los siguientes contratos:

- Contrato temporal por obra o servicio determinado, a tiempo completo, celebrado el 17/6/2019 y con duración prevista hasta el 13/12/2019, consistente en la " realización de trabajos de prevención de incendios en el interfaz urbano-forestal de los municipios de la provincia así como de mejora medioambiental de los entornos de los núcleos urbanos y actuaciones en montes públicos de las entidades locales durante un periodo previsto en la subvención de 180 días, teniendo dicha obra autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa ". Con fecha 13/12/19 se formaliza la baja del trabajador por causa: "baja otras no voluntaria".

- Contrato temporal por obra o servicio determinado, a tiempo completo, con duración prevista entre el 4/06/20 y el 30/11/20, para la realización de la obra consistente en: " la realización de trabajos de prevención de incendios en el interfaz urbano-forestal de los municipios asignados y otros trabajos forestales y de mejora medioambiental o de carácter productivo vinculados a aprovechamientos forestales, durante el periodo previsto en la Resolución de 180 días, teniendo dicha obra autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa ".

SEGUNDO

Con fecha 30/11/20 se formaliza la baja del trabajador por causa: "baja f‌in contrato".

TERCERO

Es de aplicación a la relación laboral el Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Diputación Provincial de Valladolid.

CUARTO

La Diputación Provincial de Valladolid, al menos desde el año 2016 y hasta 2020, ha venido desarrollando el denominado Plan de Empleo Forestal Local (ELMET), en virtud de Resoluciones del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, de 11 de marzo de 2016, de 7 de abril de 2017, de 18 de mayo de 2018, de 5 de abril de 2019 y de 24 de abril de 2020, que conceden subvenciones dirigidas a la contratación de desempleados para la realización de obras y servicios de interés general o social, ligados a programas específ‌icos de trabajos de prevención de incendios en el interfaz urbano-forestal y otros trabajos forestales y de mejora medioambiental, para lo cual, desde el año 2016, ha venido formalizando contratos de carácter temporal por obra o servicio determinado durante periodos de 180 días en cada año. Las áreas de actuación de 2016 a 2019 fueron Íscar, Medina de Rioseco, Matallana, Peñaf‌iel, Tordesillas y Valladolid, con 4 auxiliares forestales y un capataz por cada una de 2016 a 2019. En 2020 Medina de Rioseco y Matallana se integraron en un área de actuación, siendo el número total de trabajadores contratados el de 30.

QUINTO

De conformidad con lo estipulado en las distintas Resoluciones del Servicio Público de Empleo de Castilla y León:

1) Los destinatarios de las contrataciones debían ser trabajadores desempleados inscritos como demandantes de empleo, no ocupados, en el servicio Público de Empleo de Castilla y León, dentro de los colectivos prioritarios siguientes:

- Jóvenes menores de 35 años, preferentemente sin cualif‌icación.

- Mayores de 45 años, especialmente para quienes carezcan de prestaciones y presenten cargas familiares.

- Parados de larga duración, con especial atención a aquellos que han agotado sus prestaciones por desempleo y las personas en riesgo de exclusión social.

2) Las obras y servicios a realizar, deberán cumplir los siguientes requisitos:

Que su ejecución se realice en el periodo subvencionable previsto en el resuelvo primero, segundo apartado.

Que sean ejecutadas por las entidades benef‌iciarias en régimen de gestión directa.

Los trabajos consistirán fundamentalmente en la prevención de incendios en el interfaz urbano-forestal de los municipios, mediante la eliminación del matorral, poda del arbolado y trituración o extracción de restos. Complementariamente, se atenderán otros trabajos de mejora medioambiental de los entornos de los núcleos rurales, como mejora de sendas, mejora de la accesibilidad de las zonas de pesca f‌luvial, así como actuaciones en los montes públicos de las entidades locales.

Con el objeto de alcanzar una adecuada ef‌icacia en los trabajos a realizar, los trabajadores se organizarán en cuadrillas de entre cinco y siete miembros, cada una de las cuales tendrá asignada un área de actuación que comprenderá determinados términos municipales. La determinación de tales áreas, así como la elaboración de una planif‌icación de los trabajos a realizar, corresponderá a las Diputaciones Provinciales.

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente colaborará en el diseño de la referida planif‌icación, así como en la correcta ejecución de los trabajos, mediante las siguientes acciones:

- Elaboración de un catálogo de los posibles trabajos a realizar, priorizando los mismos.

- Colaboración con las distintas Diputaciones en la elaboración de la planif‌icación, aportando las bases cartográf‌icas y temáticas de que dispone, y mediante el asesoramiento y colaboración de los técnicos de la consejería.

- Formación de los capataces contratados por las Diputaciones Provinciales.

- Determinación de los trabajos y demarcaciones en el caso de que se realicen actuaciones en montes y otros terrenos gestionados por la Consejería.

SEXTO

Para efectuar la selección del personal, la Diputación de Valladolid designaba una Comisión de Selección que debía elegir a los empleados entre aquel personal preseleccionado por las respectivas of‌icinas de Empleo, realizando una entrevista y una prueba práctica, sobre manejo y conocimiento de herramientas y útiles como desbrozadoras, motosierras, tijeras, etc., medios materiales que aportaba la Diputación en la prestación ulterior del servicio.

SÉPTIMO

De conformidad con las tablas de trabajo que contienen toda la información de las solicitudes, realizadas por los Ayuntamientos, a las cuadrillas integradas por los trabajadores contratados, cada año, por la Diputación demandada en el Plan de Empleo Forestal Local, a las órdenes del personal perteneciente al Servicio de Agricultura, Ganadería y Calidad del Agua de la Diputación de Valladolid, la mayoría de las actuaciones realizadas corresponden al ámbito del desbroce y limpieza de malezas o matorral, poda del arbolado y limpieza o extracción de restos, que tenían lugar desde el inicio de cada temporada hasta f‌inales de noviembre.

OCTAVO

La Resolución del Servicio Público de Empleo de Castilla y León de 03/05/2021, relativa a la subvención indicada (ELMET 2021), "para la realización de trabajos forestales y de adecuación de infraestructura de uso público" establece entre los requisitos de los destinatarios:

  1. Los destinatarios de las contrataciones serán los trabajadores desempleados inscritos como demandantes de empleo, no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, dentro de los colectivos prioritarios siguientes:

· Las personas jóvenes menores de 35 años, especialmente las que carezcan de cualif‌icación.

· Las personas desempleadas de larga duración, especialmente con cargas familiares. A estos efectos son personas desempleadas de larga duración aquellas que han sufrido o sufren el paro durante 12 meses (360 días) en los últimos 18 meses, así como las que hayan permanecido inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Público de Empleo durante 180 días en los 9 meses inmediatamente anteriores, si son personas mayores de 45 años o si están inscritas como...

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