SJS nº 4 17/2022, 17 de Enero de 2022, de Oviedo

PonenteMARIA TERESA MAGDALENA ANDA
Fecha de Resolución17 de Enero de 2022
ECLIECLI:ES:JSO:2022:1090
Número de Recurso551/2021

JDO. DE LO SOCIAL N. 4

OVIEDO- ASTURIAS

AUTOS: DEMANDA 551/2020

SENTENCIA: 00017/2022

ASUNTO: DESPIDO

En Oviedo, a 17 de enero de 2022

Vistos por doña María Teresa Magdalena Anda, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social nº 4 los presentes autos nº 551/2020 sobre DESPIDO Y CANTIDAD, seguidos a instancia de DOÑA Penélope, que comparece representada por el letrado don Astor Prendes García, frente a la entidad FERNANDEZ VIDAL ASISTENCIA SL, que comparece representada por el Letrado don Gabriel Giraudo Hernández, y frente al FOGASA, que no comparece pese a estar legalmente citado.

EN NO MBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 9 de julio de 2021 la parte actora presentó demanda sobre DESPIDO Y CANTIDAD, contra la empresa FERNANDEZ VIDAL ASISTENCIA SL y frente al FOGASA, en la que, tras la relación de hechos y fundamentos de derecho, suplicaba que se dicte sentencia en la que se acojan sus pretensiones.

SEGUNDO

Se celebró el juicio el día 4 de noviembre de 2021, ratif‌icándose la parte actora en su escrito de demanda, y oponiéndose la representación de la entidad demandada en la forma que se recoge en el acta correspondiente. No compareciendo el FOGASA.

Recibido el juicio a prueba se practicó la propuesta, insistiendo las partes en sus pretensiones, quedando los autos vistos para sentencia.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

Doña Penélope, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, prestó servicios por cuenta y bajo la dependencia de la entidad FERNANDEZ VIDAL ASISTENCIA SL, habiendo suscrito el 1 de junio de 2020 un contrato de trabajo temporal eventual por circunstancias de la producción a tiempo completo, con duración pactada desde el 31 de agosto de 2020, para prestar servicios como Ayudante de Of‌icios Varios. En las cláusulas especif‌icas del contrato se recoge: "Atender a las exigencias circunstanciales del mercado acumulación de tareas o exceso de pedidos consistente en atención y cuidado

de personas mayores". El citado contrato fue objeto de una prórroga desde el 1 de septiembre de 2020 al 31 de mayo de 2021.

Desde el 1 de septiembre de 2020 la actora prestó servicios como gerocultora.

La actora percibía en sus nóminas en la categoría de Ayudante de of‌icios varios las siguientes cantidades: SB 893,15 euros y como mejora voluntaria 54,03 euros, entre otros conceptos.

Como Gerocultora percibía un salario base de 985,34 euros y como mejora voluntaria absorbible 54,03 euros.

El salario a efectos de despido se f‌ija en 41,03 euros día.

SEGUNDO

El convenio colectivo aplicable a la relación de trabajo de la actora es el Convenio Colectivo de Servicios de atención a las personas dependientes.

Conforme a la tabla salarial de 2021 el salario base mensual de Gerocultor asciende a 997,16 euros, y el de Auxiliar de of‌icios varios a 903,87 euros; siendo este el salario que rige también en el año 2020.

En el convenio de aplicación se def‌ine al Gerocultor como:

Es el personal que, bajo la dependencia de la dirección del centro o persona que se determine, tiene como función principal la de asistir y cuidar a las personas usuarias en las actividades de la vida diaria que no puedan realizar por sí mismos y efectuar aquellas realizaciones profesionales encaminadas a su atención personal y de su entorno.

Desarrollará las funciones que se detallan a continuación así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación, habilitación o competencia profesional de acuerdo con los protocolos establecidos.

Apoyar al equipo interdisciplinar en la recepción y acogida de las nuevas personas usuarias colaborando en la adecuación del plan de cuidados individualizado.

Realizar intervenciones programadas por el equipo interdisciplinar dirigidas a cubrir las actividades de la vida diaria.

Colaborar en la planif‌icación, organización y ejecución de las actividades preventivas, ocupacionales y de ocio.

Mantener la higiene personal de las personas usuarias.

Realizar la limpieza del botiquín y su contenido, así como del resto de material de índole sanitario o asistencial.

Proporcionar y administrar los alimentos al residente facilitando la ingesta en aquellos casos que así lo requieran.

Ocuparse de la recepción, distribución y recogida de los alimentos en la habitación de la persona usuaria.

Realizar los cambios de postura y aquellos servicios auxiliares que de acuerdo con su preparación técnica le sean encomendados.

Colaborar con el servicio de enfermería en la realización de los cambios posturales de las personad encamadas y en las actuaciones que faciliten su exploración y observación.

Colaborar con el residente en su preparación para un traslado, efectuando actuaciones de acompañamiento, vigilancia y apoyo.

Colaborar con el personal sanitario en la administración de la medicación.

Colaborar bajo la supervisión de la enfermera en el cuidado de residentes colostomizados y con sondas, así como en la administración de comida mediante jeringuilla.

En ausencia del enfermero podrá hacer la prueba de glucosa, utilizar la vía subcutánea para administrar insulina y heparina a los usuarios, siempre que la dosis y el seguimiento del tratamiento se realice por personal médico o de enfermería.

Acompañar al usuario o usuaria en la realización de actividades para facilitar el mantenimiento y mejora de las capacidades físicas y motoras, así como en la realización de actividades programadas, ya sean para citas médicas, excursiones, gestiones, etc., facilitando la participación activa de la persona usuaria en las mismas.

Colaborar en la aplicación de técnicas de prevención de accidentes, de acuerdo a los protocolos establecidos y a las indicaciones del superior responsable.

Colaborar con el TASOC en la animación y dinamización de la vida diaria de la Institución.

Ayudar al usuario y usuaria en la realización de las actividades y ejercicios de mantenimiento y, siguiendo las orientaciones de los profesionales competentes.

Sin que en ningún caso suponga la sustitución del personal contratado específ‌icamente para la limpieza habitual, podrá realizar la limpieza e higiene de utensilios, ropa y estancias, cuando en el servicio existan circunstancias que así lo requieran.

Apoyar y estimular la comunicación de las personas usuarias favoreciendo su desenvolvimiento diario y su relación social.

Colaborar con el equipo interdisciplinar en la integración de los familiares de las personas usuarias en la vida del centro.

Guardar absoluto silencio sobre la patología y el plan de cuidados individualizado del personal usuario, así como de cualquier asunto referente a su intimidad, y siempre actuará en coordinación y bajo la responsabilidad de profesionales de quienes dependan directamente.

Efectuar la limpieza y mantenimiento de los enseres de los usuarios, colaborar en mantener ordenadas las habitaciones, recoger la ropa, llevarla a la lavandería, encargarse de la ropa personal de los usuarios y hacer las camas en función de las necesidades de cada usuario de acuerdo a los criterios de calidad establecidos, con la lencería limpia, ausencia de arrugas y humedad, en la posición adecuada, con especial atención a los pliegues corporales y otras zonas de especial riesgo, respetando la intimidad del usuario.

Comunicar las incidencias que se produzcan sobre la salud de los/las usuarios/as. Observar y registrar en el libro de incidencias cualquier cambio de comportamiento y/o físico detectado.

Dispondrán de la titulación o habilitación requerida y/o experiencia precisa para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.

Se def‌ine al Ayudante de Of‌icios como: "Es el personal que trabaja a las órdenes de otros profesionales; procurará su formación profesional poniendo todo su celo en las tareas que le sean encomendadas. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su habilitación o competencia profesional:

· Mantener en perfectas condiciones de limpieza y funcionamiento la maquinaria y los utensilios del centro.

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Dispondrán de la habilitación requerida y o experiencia precisa para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulad en la normativa vigente."Es el personal que trabaja a las órdenes de otros profesionales; procurará su formación profesional, poniendo todo su celo en las tareas que le sean encomendadas.

Desarrollará las funciones que se detallan a continuación así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su habilitación o competencia profesional:

Mantener en perfectas condiciones de limpieza y funcionamiento la maquinaria y los utensilios del centro.

Dispondrán de la habilitación requerida y/o experiencia precisa para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.

Gerocultor/a.

Es el personal que, bajo la dependencia de la dirección del centro o persona que se determine, tiene como función principal la de asistir y cuidar a las personas usuarias en las actividades de la vida diaria que no puedan realizar por si mismos y efectuar aquellas realizaciones profesionales encaminadas a su atención personal y de su entorno.

Desarrollará las funciones que se detallan a continuación así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación, habilitación o competencia profesional de acuerdo con los protocolos establecidos.

Apoyar al equipo interdisciplinar en la recepción y acogida de las nuevas personas usuarias colaborando en la adecuación del plan de cuidados individualizado.

Realizar intervenciones programadas por el equipo...

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