SAP Zaragoza 75/2022, 17 de Enero de 2022

PonenteMARIA CELORRIO CALVO
ECLIECLI:ES:APZ:2022:82
Número de Recurso564/2021
ProcedimientoRecurso de apelación. Juicio ordinario
Número de Resolución75/2022
Fecha de Resolución17 de Enero de 2022
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª

SENTENCIA núm 000075/2022

Presidente

D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER

Magistrados

D. JUAN CARLOS FERNANDEZ LLORENTE

Dª. MARIA CELORRIO CALVO (Ponente)

En Zaragoza, a 17 de enero del 2022

En nombre de S.M. el Rey,

VISTO en grado de apelación ante esta Sección Quinta, de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, los Autos de Procedimiento Ordinario 0000002/2021 - 00, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 10 DE ZARAGOZA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LEC) 0000564/2021, en los que aparece como parte apelante CAJA RURAL DE ARAGÓN SOCIEDAD COOPERATIVA DE CRÉDITO, representada por la Procuradora de los tribunales Dña. MARIA IVANA DEHESA IBARRA, y asistida por la Letrada Dña. ROSA MARIA CABERO QUILES; y como parte apelada, Dña. María Cristina representada por la Procuradora de los tribunales, Dña. NURIA JUSTE PUYO y asistida por la Letrada Dña. SARA GONZÁLEZ SORIANO; siendo Magistrada-Ponente la Ilma. Sra. MARIA CELORRIO CALVO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada, 36/2021 dictada el 18/02/2021 por el Juzgado de Primera Instancia 10 de Zaragoza, en el procedimiento ORD 2/2021, cuyo FALLO es del siguiente tenor literal: "Que estimando la demanda formulada por Doña María Cristina contra BANTIERRA, en reclamación de cantidad derivada de nulidad de cláusula suelo, debo condenar y condeno a la demandada al abono de los intereses devengados por la indebida aplicación de la cláusula suelo declarada nula, desde la fecha de la f‌irma del préstamo hasta el 9 de mayo de 2.013, más los intereses legales cobrado en cada cuota o recibo hasta la fecha de pago, y a recalcular, con exclusión de la citada cláusula suelo el cuadro de amortización del préstamo a interés variable, contabilizando el capital que debió ser amortizado sin haberse aplicado la cláusula suelo. Procede la expresa condena en costas procesales de la demandada al acreditarse la existencia de requerimientos previos a la entidad demandada".

SEGUNDO

Notif‌icada dicha sentencia a las partes, la representación procesal de BANTIERRA interpuso recurso de apelación, del que se dio traslado a la parte contraria, que se opuso al recurso y tras ello se remitieron las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los Autos y personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado. Se acordó la suspensión del procedimiento hasta la resolución de la cuestión prejudicial planteada al TJUE por esta Sección. Resuelta la cuestión prejudicial por auto del TJUE de 03/03/2021, se alzó

la suspensión, y no considerando necesaria la celebración de vista, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 14/12/2021.

CUARTO

En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia dictada en primera instancia estimó, tras el allanamiento de la demandada, la reclamación de cantidad de la parte actora que solicitaba la condena de la demandada al pago de las cantidades indebidamente satisfechas por su parte derivadas de la aplicación de una cláusula suelo declarada nula en un procedimiento anterior (ORD 629/2016 ante el JPI 4 de Zaragoza), limitando la reclamación a las sumas correspondientes al periodo anterior a la sentencia de 9 de mayo de 2013.

La resolución recurrida condena a la demandada al pago de las costas.

La demandada recurre el pronunciamiento sobre costas y solicita que no le sean impuestas, porque la...

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