AAP Barcelona 52/2022, 13 de Enero de 2022

PonenteMARIA ISABEL MASSIGOGE GALBIS
ECLIECLI:ES:APB:2022:1223A
Número de Recurso114/2021
ProcedimientoCuestión de competencia
Número de Resolución52/2022
Fecha de Resolución13 de Enero de 2022
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

BARCELONA

SECCIÓN SEGUNDA

Rollo de Apelación-Cuestión de Competencia nº 114/21

Dimanante de D. Previas nº 862/2021 del Juzgado de Instrucción nº 7 de Barcelona y D. Previas nº 306/2021 del Juzgado de Instrucción nº 6 de Gavá.

AUTO 52/2022

Ilmas. Srías;

Sr. Presidente;

Dº José Carlos Iglesias Martín

Sra. y Sr. Magistrados;

Dª Mª Isabel Massigoge Galbis

Dº Francisco Javier Molina Gimeno

En la Ciudad de Barcelona, a trece de enero de dos mil veintidós

HECHOS
PRIMERO

El presente rollo de Sala se incoó para la resolución de la cuestión de competencia negativa suscitada entre los Juzgados de Instrucción nº 7 de Barcelona e Instrucción nº 6 de Gavá, al estimarse, ambos, incompetentes para conocer de la causa que se incoó en base a la querella interpuesta por un presunto delito de apropiación indebida de vehículos.

SEGUNDO

Recibidas las actuaciones en esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona, fue designada Ponente la Ilma. Magistrada Dª. Mª Isabel Massigoge Galbis, quien expresa el parecer unánime de la Sala, previa deliberación y votación, evacuado el previo traslado conferido al Ministerio Fiscal quien, en Informe de 17 de novembre de 2021, atribuye la competencia al Juzgado de Instrucción nº 6 de Gavá.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Con carácter previo, ha de destacarse que la Ley de Enjuiciamiento Criminal, tras proclamar, en el artículo 8, que la jurisdicción criminal es siempre improrrogable, establece una serie de reglas para determinar la competencia, disponiendo que el fuero preferente en materia penal es el del lugar de comisión del hecho delictivo ("forum delicti comissi") y consagra una serie de normas subsidiarias que, únicamente, podrán entrar en juego cuando no conste el lugar donde se haya cometido el ilícito penal.

Las presentes actuaciones se iniciaron en virtud de querella interpuesta, en fecha 10 de junio de 2021, ante el Servicio común de registro de Barcelona, por la representación processal de la mercantil "Naútica y Caravaning Orly, S.A", por una presunta apropiación indebida de varios, vehiculo alquilados (renting) por la mercantil "ABC CARAVANING 2012, S.L" representada por Horacio, igualment querellada.

Al respecto de la competencia en el delito de apropiación indebida, relativo a la no devolución de vehículos arrendados, se ha pronunciado el Tribunal Supremo en múltiples...

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