STSJ Andalucía 19/2021, 12 de Enero de 2022
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 19/2021 |
Fecha | 12 Enero 2022 |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MALAGA
Avenida Manuel Agustín Heredia nº 2ª planta
N.I.G.: 2906744S20160004667
Negociado: PC
Recurso: Recursos de Suplicación 1336/2021
Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3 DE MALAGA
Procedimiento origen: Modificación sustancial condiciones laborales 318/2016
Recurrente: Aurelia
Representante: JOSE LUIS FERNANDEZ RUIZ
Recurrido: GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO OBRAS E INFRAESTRUCTURAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MALAGA
Representante:FRANCISCO JOSE VILLANUEVA GARCIA
Sentencia Nº 19/21
ILTMO. SR. D. D. MANUEL MARTIN HERNÁNDEZ CARRILLO, PRESIDENTE
ILTMO. SR. D. RAMON GOMEZ RUIZ,
ILTMO. SR. D. RAUL PAEZ ESCAMEZ
En la ciudad de Málaga a doce de enero de dos mil veintidós.
La SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente:
S E N T E N C I A
En el Recursos de Suplicación interpuesto por Aurelia contra la sentencia dictada por JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3 DE MALAGA, ha sido ponente el Iltmo./Iltma Sr. /Sra D./ RAMON GOMEZ RUIZ.
Que según consta en autos se presentó demanda por D/Dª Aurelia sobre Modificación sustancial condiciones laborales siendo demandado GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO OBRAS E
INFRAESTRUCTURAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MALAGA habiéndose dictado sentencia por el
Juzgado de referencia en fecha 14 de abril de 2021 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.
En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:
Dª. Aurelia, mayor de edad y con domicilio a efectos de notificaciones en Málaga, comenzó a prestar sus servicios por cuenta de la Administración demandada el día 1 de marzo de 2008, con la categoría profesional de Técnico Superior licenciada en Derecho, percibiendo un salario mensual de 4.681,60 euros con inclusión de la prorrata de pagas extraordinarias.
La actora accedió al referido puesto una vez superadas las pruebas selectivas de acceso para la provisión de plazas de personal laboral de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructuras correspondientes a la oferta de empleo público de los años 2004-2007 en el que se ofertaron cinco plazas para licenciados en Derecho.
Con fecha 9 de febrero de 2009 la actora fue nombrada Jefa del Servicio de Inspección y Autoconstrucción del Departamento de Disciplina Urbanística de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Málaga, como puesto de libre designación.
En fecha 23 de julio de 2015 se celebró sesión ordinaria del Pleno del Ayuntamiento de Málaga, que acordó la creación de la Oficina por el Derecho a a la Vivienda, con el fin de garantizar el derecho a la vivienda de personas en situación de exclusión social. Por acuerdo del Consejo Rector del Instituto Municipal de la Vivienda de fecha 11 de septiembre de 2015 se acordó proceder a la creación de la referida oficina, por considerarse de carácter urgente y esencial para la Administración Municipal.Integrar en ella la Oficina de Intermediación Hipotecaria el Ayuntamiento. Designar al Director-Gerente del IMV como responsable de la misma y al jefe de la Asesoría Jurídica del IMV como coordinador de la misma. Contratar al personal necesario.
Que en el acuerdo de creación de la Oficina referida, se acordó que el puesto de técnico jurídico fuese desempeñado por un abogado en sistema de rotación.
En fecha 21 de septiembre de 2015 el Director Gerente del Instituto de la Vivienda Municipal, remite correo electrónico al Gerente de la Gerencia Municipal de la Vivienda en el que le solicitaba que se destinase a licenciado en Derecho de la GMU a presar de forma rotatoria servicio en la oficina. Docho correo fue reenviado a Dª Guillerma, Jefa de Recuros Humanos de la GMU que en fecha 22 de septiembre de 2015 se remitió correo a los Jefes de servicio de la GMU, y entre ellos a la actora en el que constaba lo siguiente: "Siguiendo instrucciones del Coordinador General-Gerente os participo que, en el pasado Consejo Rector del IMV se creó por mandato plenario, LA OFICINA DEL DERECHO A LA VIVIENDA, como sabéis tanto el IMV como la GMU están bajo la misma Área de Gobierno lo que nos lleva a mantener una colaboración permanente. Por ello para la COORDINACIÓN de esta Oficina se están valorando diferentes perfiles profesionales de vuestro nivel ( Jefes de Servicio, licenciado en derecho), y es por lo que os ruego que si este puesto pudiese ser de vuestro interés, os pusieseis en contacto conmigo lo antes posible( a lo largo del día de hoy o mañana). ""
Que como consecuencia de las denuncias cursadas por la actora al Alcalde, frente a los Sres. Juan
, Jesús María y a la Jefa del Departamento de la GM.U. en el que ejercía el puesto de Jefa de Servicio, el Vicepresidente del Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo, dictó Decreto en fecha 02/10/2015, del siguiente tenor dispositivo:1°.- Abrir un expediente de información reservada a fin de poder determinar si se dan las circunstancias o indicios de hechos o actuaciones que requieran la posterior adopción de medidas sancionadoras 2°.- Nombrar instructora del expediente de información reservada a Dª. Inés y como Secretario a D. Isaac 3°.- Adoptar la medida cautelar, durante la tramitación del referidoexpediente de información reservada, de adscribir funcionalmente a la Sra. Aurelia a la Delegación de Ordenación del Territorio y Vivienda para desempeñar tareas acordes con su formación específica y perfil profesional. Todo ello, sin modificación de sus condiciones de trabajo y en aras de garantizar un clima laboral no conflictivo.
En fecha 05/10/2015, Da Aurelia, en ejecución de la medida cautelar acordada, se incorpora al Instituto Municipal de la Vivienda, siendo adscrita de forma provisional al Director Gerente del IMV con las funciones de coordinación de la Oficina para el Derecho a la Vivienda.
La actora permaneció en situación de incapacidad temporal por accidente de trabajo desde el día 5 de noviembre de 2015 hasta el 11 de julio de 2016. Se incorporó a su puesto de trabajo el día 18 de agosto de 2016.
Con fecha 11 de febrero de 2016 se dictó Decreto dando por concluso el expediente de información reservada, dejando sin efecto la medida cautelar adoptada en el sentido de dar por finalizada la estancia provisional de la Sra. Aurelia en el IMV..
Por resolución del Gerente de Urbanismo de fecha 4 de marzo de 2016, y considerando que tras la finalización del expediente de información reservada, se constataba la existencia de una grave quiebra
de confianza respecto a Sra. Aurelia, siendo el puesto que desempeñaba de Jefa de Servicio un puesto de confianza y libre designación, resolvió cesarla como Jefa del Servicio Jurídico de Infracciones y Conservación con efectos desde el 7 de marzo de 2016 pasando a ostentar la categoría de Técnico Superior Licenciado en Derecho, un puesto Base, con los complementos que le correspondan en virtud de lo dispuesto en el Convenio Colectivo de la GMU.
Con fecha 7 de marzo de 2016 de dictó resolución por el Sr. Coordinador General de Urbanismo y Vivienda y Gerente de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructura, que acuerda adscribir a la actora a la Delegación de Ordenación del Territorio, y en concreto al Instituto Municipal de la Vivienda, en su calidad de Técnico Superior licenciada en derecho, con efectos de la fecha del presente Decreto.
Dar cuenta para su conocimiento a la Comisión de Seguimiento para el Control de la Estabilidad Presupuestaria del Ayuntamiento de Málaga, al Comité de Empresa y a los interesados
Dicha resolución fue firmada por la Jefa del Servicio de Personal y Organización en fecha 14 de marzo de 2016.
Que durante el periodo en que la actora permaneció en situación de incapacidad temporal, el cometido de coordinadora de la Oficina por el Derecho a la Vivienda fueron desempeñadas por Dª Patricia, que prestaba servicios como Jefa del servicio jurídico del Servicio de Gestión del Patrimonio Inmobiliario en Alquiler, y cuyo puesto quedó vacante.
Que durante el periodo de tiempo que la actora prestó sus servicios como coordinadora de la Oficina por el Derecho a la Vivienda, sus funciones consistían en realizar asesoramiento e intermediación,impago de créditos hipotecarios, ejecuciones hipotecarias, desahucios por impago de alquileres, labores de intermediación con entidades crediticias, censo de vivienda vacias,
Desde el día 18 de agosto de 2016, tras finalizar el periodo de incapacidad temporal, la actora se incorporó al trabajo como Técnico Superior Licenciada en Derecho en el Servicio de Gestión del Patrimonio Inmobiliario en Alquiler en sustitución de Da Patricia, ( Jefa del negociado Jurídico del Servicio del Patrimonio Inmobiliario en Alquiler ), quien ocupaba el puesto de Coordinadora de la Oficina por el Derecho a la vivienda que ocupaba al demandante antes de inciar la baja médica.
En dicho Servicio de Gestión del Patrimonio Inmobiliario en Alquiler, la demandante vino desempeñando desarrollo las siguientes funciones:Tramitación de los expedientes de no ocupación de las viviendas que administra el IMV, Tramitación de contratos de arrendamiento del Plan de Ayuda al alquiler, lo que...
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