SAP Barcelona 357/2022, 7 de Julio de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución357/2022
Fecha07 Julio 2022

Sección nº 04 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Calle Roger de Flor, 62-68, pl. 1 - Barcelona - C.P.: 08013

TEL.: 935672160

FAX: 935672169

EMAIL:aps4.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0811442120188253287

Recurso de apelación 503/2022 -P

Materia: Juicio Ordinario

Órgano de origen:Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Martorell

Procedimiento de origen:Procedimiento ordinario (Derecho al honor, art. 249.1.2) 775/2018

Entidad bancaria BANCO SANTANDER:

Para ingresos en caja. Concepto: 0650000012050322

Pagos por transferencia bancaria: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274.

Benef‌iciario: Sección nº 04 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Concepto: 0650000012050322

Parte recurrente/Solicitante: Juan Alberto

Procurador/a: Anna Mª Montal Gibert

Abogado/a:

Parte recurrida: MINISTERI FISCAL, Florencia

Procurador/a: Ricard Ruiz Lopez

Abogado/a: Ivan Fernández Vázquez

SENTENCIA Nº 357/2022

Magistrados:

Jordi Lluís Forgas Folch Federico Holgado Madruga Francisco de Paula Puig Blanes

Barcelona, 7 de julio de 2022

Ponente : Francisco de Paula Puig Blanes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se han recibido los autos de procedimiento ordinario nº 775/2018 remitidos por Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Martorell a f‌in de resolver el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Dª Anna Montal Givert, en nombre y representación de D. Juan Alberto contra la sentencia dictada el 21.09.2021 y en el que consta como parte apelada Dª Florencia, representada por el Procurador D. Ricard Ruiz López, habiendo asimismo intervenido el Ministerio Fiscal.

SEGUNDO

El contenido del fallo de la sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente:

"FALLO: Por todo lo expuesto, en nombre del Rey, por la autoridad que me conf‌iere la Constitución, he decidido DESESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por don Juan Alberto representado por la procuradora doña Anna Montal Gibert y asistido por el letrado don Bernat Barceló Capo contra doña Florencia representada por el procurador don Ricard Ruiz López y asistida por el letrado don Iván Fernández Vázquez.

Condeno en costas a don Juan Alberto ".

TERCERO

El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos.

Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo que ha tenido lugar el 30.06.2022.

CUARTO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.

Se designó ponente al Magistrado D. Francisco de Paula Puig Blanes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Antecedentes y objeto del recurso

Por parte del demandante D. Juan Alberto, se interpone recurso de apelación contra la sentencia por la cual fue desestimada la demanda por él presentada frente a Dª Florencia .

En la demanda se señala que el 30.07.2017 Dª. Florencia publicó a través de la Editorial Avant, un libro titulado "Voces en la niebla", novela que trata (según se indica por la parte actora y conforme a la descripción recogida de la plataforma Amazon) de una historia de amor entre una mujer de mediana edad casada y su jefe, también casado con sus sinsabores y complicaciones.

La novela, se señala por el actor que según la autora es absoluta f‌icción y la misma describe con todo detalle la relación sentimental y sexual entre los personajes protagonistas de la misma que son Blas y la misma protagonista de la novela.

No obstante ser una novela, se destaca en la demanda que en ella se describen detalles que permiten identif‌icar en ella (y de forma inequívoca) al demandante, lo que se indica le ha generado un malestar notorio tanto en su matrimonio como en su puesto de trabajo.

A tal efecto se alude en primer lugar a la susceptibilidad de reconocer a los personajes y sus equivalentes en la vida real, partiendo de ser el de Blas el referido al demandante, siendo prueba de ello a su juicio la clara referencia al apellido Juan Alberto que es el que ostenta el demandante (el del personaje Blas es Epifanio

, que no es sino boira en castellano).

También se indica que el personaje trabaja en un centro penitenciarlo y el actor es funcionario en el centro penitenciario "Brians 1" de Cataluña.

El personaje además aparece en la novela como superior jerárquico de la protagonista y el actor destaca que es el superior jerárquico de la demandada.

También se destaca que en diversos pasajes del libro la autora describe físicamente al personaje y las descripciones coinciden con el aspecto del actor.

En la novela, la protagonista tiene un marido y tres hijos que es exactamente lo mismo que en la realidad.

En la novela, el personaje Blas es un entendido en setas lo que (se sigue detallando en la demanda) se corresponde con la realidad, pues los compañeros de trabajo y la mujer del actor conocen su af‌ición por las setas. Además en relación a ello en la novela se describe una salida con compañeros de trabajo para ir a buscar setas, lo que indica el actor ser real, siendo este dato el que se precisa en la demanda que es el que permitió que los compañeros de trabajo situaran los personajes de la novela en la vida real.

También se expone que en la novela, el personaje de Blas tiene un hijo mayor que regenta una pizzería como en la realidad.

Igualmente en la novela, el personaje de Blas tiene un perro que se llama DIRECCION000, siendo el nombre del perro del demandante DIRECCION001 .

De igual forma en ella el personaje de Blas cumple años el NUM000, fecha que es la del cumpleaños del actor.

Asimismo se alude a que al personaje de Blas, para su 50 aniversario le regalan una brújula, lo que se indica que asimismo se produjo en la realidad en relación al actor a quien en esa f‌iesta a la que asistieron muchos de los compañeros de trabajo se le regaló una brújula que fue comprada entre varias personas.

Junto a estos elementos, aparecen descritos otros que no son reales pero que entiende el demandante que contribuyen a desmerecer al actor. Así se alude a un intento de suicidio por parte de la mujer del protagonista de la novela, cuando la mujer del actor se indica nunca intentó suicidarse.

En toda esta obra se concluye que queda el personaje que considera el actor que representa a la demandada con una buena imagen, mientras que el que representa al demandante aparece como una mala persona.

En base a ello entiende el actor que existe una intromisión ilegítima en su intimidad y honor solicitando en base a ello:

  1. - Se declare la existencia de intromisión ilegítima en el honor del actor.

  2. - Se condene a la demandada al pago de una indemnización de 20.000 €.

  3. - Se condene a la demandada al pago del lucro obtenido con la intromisión ilegítima en sus derechos

  4. - Se condene a la demandada al pago de las costas del presente procedimiento.

    Dª Florencia en su contestación a la demanda interesó se dictare una sentencia desestimatoria de la demanda con condena en costas al actor.

    En la contestación se señala que concurre a su juicio una falta de legitimación activa del demandante, ya que se señala que el texto litigioso es un relato de f‌icción cuyo arco argumental se centra en la relación sentimental entre sus dos personajes principales, la protagonista y Blas, no relatando acontecimientos autobiográf‌icos, sino hechos de carácter exclusivamente f‌icticio, de tal manera que el lector es consciente en todo momento que se trata de una novela debida exclusivamente al ingenio del redactor. Así se destaca que lo advierte la autora en el prólogo del texto litigioso en el que se indica: "debo destacar también que cualquier parecido con la realidad es pura coincidencia. Tanto los personajes como la trama son fruto de mi imaginación".

    En cuanto a las coincidencias que se señalan en la demanda, se considera por la demandada que no se puede dar una identif‌icación del actor con el personaje de la novela que se indica en la contestación a la demanda (y en su página 3) ser " Jacobo " (en la novela el nombre del personaje no es éste sino el de Blas .)

    Se señala asimismo en la contestación ser cierto que el demandante y la demandada son funcionarios de prisiones en el Centro Penitenciario Can Brians I, siendo el demandante uno de los múltiples superiores jerárquicos de la demandada, aunque no el único.

    En lo que es la elección del apellido Epifanio para el personaje, se dice que no se trata de una "clara referencia" al apellido del actor, sino a una fortuita coincidencia, destacando que a lo largo de la obra la autora hace referencia a "voces en la niebla" cuando, tras ser tocada por Morfeo comenzaban las ensoñaciones con el protagonista.

    En lo que es la descripción física del personaje de Blas, se señala que es genérica: hombre de mediana edad, bajito, barba, entradas, etc..., destacando que es una descripción tan genérica e imprecisa que una gran parte de la población de mediana edad se podría sentir identif‌icada con la misma.

    En lo referente a la af‌ición por las setas del protagonista de la novela, se indica que ésta es bastante generalizada y mas en el interior de Cataluña donde discurre la novela.

    Respecto al hijo mayor que regenta una pizzería y la coincidencia con el del demandante, se destaca que no se aporta ningún medio de prueba que corrobore dicha manifestación.

    En lo que afecta a la mascota respecto a que el demandante tiene un perro llamado DIRECCION001, al igual que Blas en la novela que tiene un perro llamado DIRECCION000, existe un parecido en los nombres de los canes que se destaca ser pura casualidad, siendo un nombre común.

    En lo que es la fecha de aniversario y el regalo recibido, se destaca en la contestación que todo ello es pura casualidad, destacando la demandada que hasta la presentación de la demanda desconocía la fecha de nacimiento del Sr. Jacobo .

    En cuanto a la supuesta coincidencia...

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