Auto Aclaratorio TS, 19 de Julio de 2022
Jurisdicción | España |
Fecha | 19 Julio 2022 |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO DE ACLARACIÓN
Fecha del auto: 19/07/2022
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 2874/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg
Letrada de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Andres Sanchez Guiu Transcrito por: SNR/P
Nota:
CASACIÓN núm.: 2874/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg
Letrada de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Andres Sanchez Guiu TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO DE ACLARACIÓN
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D. José Luis Seoane Spiegelberg
En Madrid, a 19 de julio de 2022.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg.
ÚNICO.- Con fecha 15 de diciembre de 2021 se dictó auto por esta sala por el que se inadmitía el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Caixabank contra la sentencia de 15 de marzo de 2019, dictada por la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria (sección 4.ª), en el rollo de apelación
n.º 681/2018.
Solicita la parte recurrida que se acuerde la expresa imposición de las costas procesales causadas a la parte recurrente, al considerar que se habría cumplido con el trámite de alegaciones a las posibles causas de inadmisión del recurso de casación.
ÚNICO.- Conforme a lo previsto en los arts. 267 LOPJ y 214 LEC no procede acceder a la solicitud formulada. La providencia en que se ponían de manifiesto las causas de inadmisión se dictó en fecha 27 de octubre de 2021 y se notificó en fecha 2 de noviembre de 2021. El 22 de noviembre de 2021 se dicta diligencia de ordenación haciendo constar que únicamente ha efectuado alegaciones la parte recurrente, sin que lo hayan efectuado las demás partes personadas. Dicha diligencia se notifica el mismo día 22 de noviembre. La parte recurrida presenta alegaciones de forma extemporánea el día 24 de noviembre de 2021.
LA SALA ACUERDA :
No haber lugar a la solicitud de aclaración del auto de inadmisión del recurso de casación de fecha 15 de diciembre de 2021, formulada por la representación procesal de Caixabank.
Contra el presente auto no cabe recurso alguno.
Así lo acordamos, mandamos y firmamos.