SAN, 1 de Julio de 2022

PonenteMERCEDES PEDRAZ CALVO
EmisorAudiencia Nacional - Sala de lo Contencioso
ECLIECLI:ES:AN:2022:3834
Número de Recurso750/2020

A U D I E N C I A N A C I O N A L

Sala de lo Contencioso-Administrativo

SECCIÓN OCTAVA

Núm. de Recurso: 0000750 / 2020

Tipo de Recurso: PROCEDIMIENTO ORDINARIO

Núm. Registro General: 05815/2020

Demandante: Ismael

Procurador: SR. DE LA VEGA PEÑA

Demandado: MINISTERIO DE INTERIOR

Abogado Del Estado

Ponente IIma. Sra.: Dª. MERCEDES PEDRAZ CALVO

S E N T E N C I A Nº :

IImo. Sr. Presidente:

D. FERNANDO LUIS RUIZ PIÑEIRO

Ilmos. Sres. Magistrados:

Dª. MERCEDES PEDRAZ CALVO

D. EUGENIO FRIAS MARTINEZ

Madrid, a uno de julio de dos mil veintidós.

Vistos los autos del recurso contencioso-administrativo num. 750/2020 que ante esta Sala de lo contenciosoadministrativo de la Audiencia Nacional ha promovido el Procurador Sr. De la Vega Peña, en nombre y representación de Ismael frente a la Administración del Estado defendida y representada por el Sr. Abogado del Estado, contra Resolución dictada por el Ministerio del Interior el día 10 de enero de 2020 en materia relativa a denegación de solicitud de protección internacional. Ha sido Ponente la Magistrado Dª Mercedes Pedraz Calvo .

AN TECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Ismael presentó escrito en correos para ante esta Sala solicitando la suspensión de los plazos procesales para recurrir la resolución del Ministro del Interior de 10 de enero de 2020, mientras se tramita la justicia gratuita y le son nombrados Abogado y Procurador en turno de of‌icio.

Una vez nombrados los referidos profesionales, por la representación procesal se interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución de referencia.

Por Decreto del Sr Letrado de la Administración de Justicia de esta Sección se acordó la admisión a trámite del recurso con reclamación del expediente administrativo.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno la representación procesal de la parte actora, previo traslado del expediente administrativo, presentó escrito en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de rigor, terminó suplicando " revocando la resolución dictada por el Ministerio del Interior en fecha 10 de enero de 2020, notif‌icada el 24 de junio de 2020, dictando sentencia por la que se estime íntegramente la presente demanda, o subsidiariamente, se permita la permanencia en España del Sr. Ismael por razones humanitarias."

TERCERO

El Abogado del Estado contestó a la demanda para oponerse a la misma, y con base en los fundamentos de hecho y de derecho que consideró oportunos, terminó suplicando la desestimación del recurso.

CUARTO

La Sala dictó auto recibiendo a prueba el recurso, practicándose la documental, a instancias de la parte actora, con el resultado obrante en autos.

Las partes por su orden presentaron sus respectivos escritos de conclusiones para ratif‌icar lo solicitado en los escritos de demanda y contestación a la demanda.

QUINTO

La Sala dictó Providencia señalando para votación y fallo del recurso la fecha del 29 de junio de 2022 en que se deliberó y votó habiéndose observado en su tramitación las prescripciones legales.

FU NDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de impugnación en el presente recurso contencioso administrativo la resolución dictada por el Ministro del Interior el dia 10 de enero de 2020 en el expediente NUM000 por la que se acuerda:

"Denegar el derecho de asilo así como la protección subsidiaria a Ismael, nacional de Camerún."

En el expediente administrativo consta lo siguiente:

-. Presenta su solicitud de protección internacional en Málaga, el día 30 de agosto de 2016.

-. Af‌irma haber nacido en Yaunde Camerún el día NUM001 de l.996, pero está indocumentado. Aporta escrito de su puño y letra en francés explicando su solicitud, copia de certif‌icado de nacimiento, de laissez passer, y de noticias sobre la persecución de los homosexuales en Camerún.

Salió de su país en coche a Nigeria el día 5 de junio de 2014, de ahí pasó a Níger, luego a Argelia, y a Marruecos entrando en España por DIRECCION000 el día 7 de julio de 2015.

Se celebra entrevista de instrucción el día 18 de noviembre de 2019, asistido por letrado.

Como causa de persecución alega lo siguiente: A la edad de 11 años empezó a sentirse atraído por los chicos. No puede explicarlo pero dice que le gusta más conversar con los chicos que con las chicas. Tenía más amigos que amigas. Iba aun colegio mixto. Al principio empezó a querer a sus amigos como amigos, no pensó que fuera algo más. Cuando el peticionario tenía entre 12 y 13 años solía venir a su casa un amigo de su hermano Salvador, llamado Sergio, quien tendría entre 15 y 17 años, de edad como su hermano. Fue la primera persona que le habló de homosexualidad y le dijo que él podría serlo. Su hermano no sabía que Sergio era homosexual ni el resto de su familia. Él pensó queno podría ser verdad. Conf‌iaba en Sergio así que no se enfadó. No le dijo a nadie esto. No conocía a otro homosexual entonces. Había escuchado sobre la homosexualidad. Camino al colegio había visto que golpeaban a una persona homosexual, lo sabía porque la gente lo decía. Nadie se dio cuenta de lo que él sentía. En ese momento tampoco su hermano se dio cuenta. No era posible informarse personalmente, buscó información por internet. Sólo con Sergio podía hablarlo. Buscó en internet información sobre la posible protección de las personas homosexuales en Camerún. Encontró el nombre de una mujer, Genoveva . Era una periodista y abogada que protege a personas homosexuales en Camerún. No la vio en persona, ni encontró alguna organización que trabajara en pro de las personas homosexuales. Con Sergio hablaba frecuentemente, cuando venía Sergio iba a buscar a su hermano. Hablaban del tema cuando se quedaban solos. Se encerraba para estudiar. Sergio lo ayudaba con sus deberes y aprovechaban para conversar. Los padres estaban orgullosos de que Sergio lo ayudara en sus deberes, no sospechaba sobre qué hablaban. Esto es antes de sus estudios de electricidad, más o menos un año. Cuando estudiaba electricidad, le gustaba uno de sus amigos, llamado Luis Pedro . Le gustaba porque era muy simpático. No estaba interesado en su formación de electricidad porque la hacía debido a que su padre lo obligaba, por si no tenía éxito con el futbol. Estudió electricidad como 6 meses pero no le interesaba. No hacía nada más solo jugaba al futbol. No

volvió a estudiar más. Desde pequeño jugaba futbol. En el equipo de "Juventudes" empezó a jugar justo antes de dejar los estudios formales, cuando pasó a estudiar electricidad. Cuando jugaba futbol se concentraba solo en ello, no se f‌ijó en sus compañeros ni le gustaba ninguno. Cuando empezó tenía entre 13 y 14 años. Salió en 2014 de su país de origen. Los últimos tres años que permaneció allí, además de jugar futbol tenía trabajos cortos y precarios, por ejemplo en construcción. No se atrevía a conocer a otras personas homosexuales. Sergio le dijo que conocía a otras personas homosexuales, no sabe si amigos o parejas, que él no conoció. Sabe que Sergio conocía gente cuando salía de ocio. Existen bares de ambiente homosexual en Camerún, DIRECCION004 es uno de ellos. No es específ‌icamente de ambiente homosexual, pero es frecuentado por personas con esta orientación sexual. Es un poco secreto, a través de Sergio él lo supo. Él llegó a ir a uno de estos bares, aunque no conoció a ninguna persona homosexual. Sergio llegó a ser su pareja. Sergio lo invitaba a tomar algo frecuentemente y un día le dijo que lo amaba. Salían a tomar cosas en una cafetería, no a discotecas dada la edad del interesado y la tutoría de sus padres de los cuales aún dependía. A locales de ocio nocturno fueron solo sólo una o dos veces. La familia se dio cuenta de su orientación sexual más adelante. Sus padres le preguntaron que si ha tenido alguna amiga. Él no podía esconder por mucho tiempo su relación con Sergio, mientras están juntos, no está cómodo con esconder un secreto. Nunca tuvo una amiga o novia. Le dijo a su padre que no le gustaba ninguna chica. Supieron que Sergio era homosexual porque tiene un amigo con padres separados, su padre vive en DIRECCION001 y su madre en DIRECCION002 . Este amigo vino a DIRECCION002 a visitar a su madre, y llegó al barrio de DIRECCION003 donde el solicitante vivía, igual que Sergio . Este amigo tenía un aspecto afeminado, la gente lo atrapó y empezaron a agredirlo. Se preguntaron sobre porqué estaba aquí, para saber qué hacía en el barrio. La gente identif‌icó que era amigo de Sergio, y se preguntó si también era homosexual. El amigo lo negó pero la gente no le creyó. Después de golpearlo, lo liberaron. Estos hechos ocurrieron entre 2012 y 2013. Sus padres ese día le dijeron a su hermano que tenía un amigo homosexual. Su hermano dijo que no le importaba si Sergio era o no homosexual. Sus padres le contestaron que no quieren volver a Sergio en casa, se lo dijeron a su hermano y a él. Sergio ya no iba a la casa pero seguían con la relación. Al principio querían golpearlo los vecinos pero le dijeron que tenía que cambiar de conducta, sino tendría que dejar el barrio. Salía abiertamente con Sergio igual que su hermano, aunque su padre estaba enfadado. Su hermano no es homosexual. Sergio tiene muchos amigos por eso no piensan que justo él seahomosexual, el interesado pasaba desapercibido entre todos ellos. No todos los amigos de Sergio le dejan de hablar cuando pasó esto, sigue teniendo mucho amigos. Sus padres le preguntan por qué siempre está con ese chico. En ese momento reveló que era homosexual porque aunque tenía miedo, sus padres le han enseñado a decir la verdad. Reaccionaron diciéndole que ellos lo sabían, le dicen que debe quitar esto de su mente porque si no lo golpearían y lo matarían. Él dijo que lo intentaría. Su madre lo protegía aunque su padre estuviera enfadado. No les dijo en ese momento que Sergio era su...

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