AAN 385/2022, 29 de Julio de 2022

PonenteCAROLINA RIUS ALARCO
EmisorAudiencia Nacional - Sala de lo Penal
ECLIECLI:ES:AN:2022:7061A
Número de Recurso264/2022

AUD.NACIONAL SALA PENAL SECCION 3

MADRID

AUDIENCIA NACIONAL

SALA DE LO PENAL

SECCIÓN TERCERA

ROLLOS DE APELACIÓN PENAL 264, 265, 266, 267, 268, 324, 325, 326, 327, 328, 330, 331, 332 y 333/2.022.

NIG 28079-27-2-2019-0000963

DIMANANTES DE D.P. 37/2019 DEL JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN 4.

AUTO Nº 00385/2022:

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES:

PRESIDENTE Don F. Alfonso Guevara Marcos

MAGISTRADA Doña Carolina Rius Alarcó

MAGISTRADO Don Carlos Fraile Coloma

En la ciudad de Madrid, a veintinueve de julio del año dos mil veintidós.

HECHOS
  1. - Por el Juzgado Central de Instrucción se dictó Auto, de fecha 29 de marzo del corriente año 2022, por el cual se acordaba continuar la tramitación de las actuaciones por las normas establecidas en el Capítulo IV del Título II del Libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, para el procedimiento abreviado, en relación con los hechos punibles expresados en el Antecedente de Hecho Segundo, respecto de los encausados, Virgilio ; Jose María, Trinidad, Jose Augusto ; Segundo ; Victoria ; Carlos Jesús ; Zaira ; Carlos Francisco ; Luis María

    ; María Cristina ; Luis Francisco ; Victorino ; Luis Enrique ; Romulo ; Jesús Manuel ; Jesus Miguel ; Adela ; Juan Manuel ; Africa ; Alejandra ; Amalia ; Cecilia, y Amparo ; y el sobreseimiento provisional respecto de los hechos investigados relativos al Ayuntamiento de DIRECCION000, al no resultar debidamente justif‌icada la perpetración del delito; y que, f‌irme esa resolución, se diese traslado al Ministerio Fiscal para que, en el plazo de días, solicite la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias que considerase indispensables para formular la acusación; y que se aportase la hoja histórico-penal actualizada de los encausados.

  2. - Contra ese Auto se interpuso, por la representación procesal de Doña Africa, recurso de apelación, solicitando que, estimándolo, se dejase sin efecto dicha resolución, dictando otra en su lugar por la que se acordase el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones respecto de aquélla.

  3. - El Ministerio Fiscal se opuso al recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la Sra. Africa, interesando que se conf‌irmara el Auto recurrido por sus propios fundamentos.

  4. - La defensa de Don Carlos Jesús interpuso contra dicho Auto recurso de apelación, solicitando que se revocara el Auto recurrido y se declarara el sobreseimiento libre y archivo de la causa previo análisis de la prueba aportada por esa parte, y subsidiariamente, el sobreseimiento provisional y archivo de la causa.

  5. - El Ministerio Fiscal se opuso al recurso de apelación interpuesto por la defensa del Sr. Carlos Jesús, interesando que se conf‌irmara el Auto recurrido por sus propios fundamentos.

  6. - La representación procesal de Don Jesus Miguel interpuso contra el mismo Auto recurso de apelación, solicitando que se dictase resolución por la que, con revocación de ese Auto, se acordase al amparo de lo dispuesto en el artículo 637 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal el sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones respecto de aquél por no revestir su intervención en los hechos caracteres de delito.

  7. - El Ministerio Fiscal se opuso al recurso de apelación interpuesto por la representación procesal del Sr. Jesus Miguel, interesando que se conf‌irmara el Auto recurrido por sus propios fundamentos.

  8. - La representación procesal de Don Luis Francisco interpuso contra ese Auto recurso de apelación, solicitando que, en estimación de los motivos expuestos, se dejase el Auto recurrido parcialmente sin efecto y se acordase el sobreseimiento y archivo de actuaciones con relación a aquél por inexistencia de conducta penalmente punible.

  9. - El Ministerio Fiscal se opuso al recurso de apelación interpuesto por la representación procesal del Sr. Luis Francisco, interesando que se conf‌irmara el Auto recurrido por sus propios fundamentos.

  10. - La representación procesal de Doña Amparo interpuso contra el mismo Auto recurso de apelación, solicitando que se dejase sin efecto la referida transformación a procedimiento abreviado en relación a aquélla, en tanto en cuanto no se había acreditado prueba, ni siquiera indiciaria, de que se hubiera cometido acción delictiva alguna por su parte, por lo que solicitaba el sobreseimiento libre y archivo de las diligencias para la misma.

  11. - El Ministerio Fiscal se opuso al recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la Sra. Amparo, interesando que se conf‌irmara el Auto recurrido por sus propios fundamentos.

  12. - La representación procesal de Don Carlos Francisco interpuso contra dicho Auto recurso de reforma y subsidiario de apelación, solicitando que por sus méritos acordase el sobreseimiento libre de las actuaciones respecto de aquél y la eliminación del relato fáctico de conformidad con el motivo segundo.

  13. - El Ministerio Fiscal se opuso al recurso de reforma interpuesto por la representación procesal del Sr. Carlos Francisco, interesando que se conf‌irmara el Auto recurrido por sus propios fundamentos.

  14. - La representación procesal de Don Victorino interpuso contra ese Auto recurso de reforma, solicitando que, con estimación del recurso, se acordase la revocación parcial de la resolución recurrida y se dictase otra por la que, conforme a lo dispuesto en el artículo 779.1.1ª, en relación al artículo 637, o, alternativamente, artículo 641 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se acordase para aquél el sobreseimiento libre o, subsidiariamente, provisional, de las actuaciones, por no resultar el hecho en el que se le atribuye participación constitutivo de delito y por aparecer en todo caso el mismo exento de responsabilidad criminal.

  15. - El Ministerio Fiscal se opuso al recurso de reforma interpuesto por la representación procesal del Sr. Victorino, interesando que se conf‌irmara el Auto recurrido por sus propios fundamentos.

  16. - La representación procesal de Don Jesús Manuel interpuso contra ese Auto recurso de reforma y subsidiario de apelación, solicitando que se acordase su revocación parcial, dictando otro en su lugar por el que se acordase el sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones o, subsidiariamente, provisional de las actuaciones, respecto de aquél, al no existir hecho alguno que pudiera imputarse al mismo que merezca reproche penal alguno.

  17. - El Ministerio Fiscal se opuso al recurso de reforma interpuesto por la representación procesal del Sr. Jesús Manuel, interesando que se conf‌irmara el Auto recurrido por sus propios fundamentos.

  18. - La representación procesal de Don Jose María y otros interpuso contra el mismo Auto recurso de reforma, solicitando que en su virtud se acordase revocar el Auto recurrido y lo sustituyera por otro que acuerde el sobreseimiento libre de las actuaciones o subsidiariamente el archivo parcial de las actuaciones respecto de aquéllos.

  19. - El Ministerio Fiscal se opuso al recurso de reforma interpuesto por la representación procesal del Sr. Jose María y otros, interesando que se conf‌irmara el Auto recurrido por sus propios fundamentos.

  20. - La representación procesal de Don Virgilio interpuso contra dicho Auto recurso de reforma, solicitando que se acordase revocar parcialmente el mismo en lo que se ref‌iere a aquél, acordando dictar el sobreseimiento libre o, subsidiariamente, provisional, y el archivo de la causa en relación al mismo, por no resultar los hechos que le han sido imputados, ni su participación en los mismos, constitutivos de delito; además de acoger la prescripción invocada en relación a todos los hechos ocurridos antes de 2012.

  21. - El Ministerio Fiscal se opuso al recurso de reforma interpuesto por la representación procesal del Sr. Virgilio, interesando que se conf‌irmara el Auto recurrido por sus propios fundamentos.

  22. - La defensa de Don Segundo interpuso contra ese Auto recurso de reforma, solicitando que se dictase nuevo Auto por el que, reformando el anterior, se acordase el sobreseimiento y archivo de las actuaciones en lo que se refería a la intervención de aquél.

  23. - El Ministerio Fiscal se opuso al recurso de reforma interpuesto por la defensa del Sr. Segundo, interesando que se conf‌irmara el Auto recurrido por sus propios fundamentos.

  24. - La representación procesal de Doña Victoria interpuso contra ese Auto recurso de reforma, solicitando que se dictase Auto por el que se acordase la revocación parcial del Auto recurrido, dictando otro en su lugar por el que se acuerde el sobreseimiento libre o, subsidiariamente, provisional, de las actuaciones respecto de aquélla, toda vez que la misma no había cometido, ni había tenido participación alguna en ningún delito.

  25. - El Ministerio Fiscal se opuso al recurso de reforma interpuesto por la representación procesal de la Sra. Victoria, interesando que se conf‌irmara el Auto recurrido por sus propios fundamentos.

  26. - La representación procesal de Don Romulo interpuso contra ese Auto recurso de apelación, solicitando que se acordase dejarlo sin efecto, en la parte correspondiente a aquél, acordando en su lugar el sobreseimiento y archivo de las actuaciones, a tenor de las manifestaciones realizadas en el cuerpo del escrito de recurso, habida cuenta que la participación del mismo en los hechos que se le atribuían no constituía delito alguno.

  27. - El Ministerio Fiscal se opuso al recurso de apelación interpuesto por la representación procesal del Sr. Romulo, interesando que se conf‌irmara el Auto recurrido por sus propios fundamentos.

  28. - La representación procesal de Doña Zaira interpuso contra ese Auto recurso de reforma, solicitando que, con revocación del mismo, se acordase el sobreseimiento respecto de aquélla.

  29. - El Ministerio Fiscal se opuso al recurso de reforma interpuesto por la representación procesal de la Sra. Zaira, interesando que se...

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