SAP Santa Cruz de Tenerife 312/2022, 4 de Abril de 2022

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, seccion 4 (civil)
Fecha04 Abril 2022
Número de resolución312/2022

SECCIÓN CUARTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL

Avda. Tres de Mayo nº 3

Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922 34 94 19-20

Fax.: 922 34 94 18

Email: s04audprov.tfe@justiciaencanarias.org

Rollo: Recurso de apelación

Nº Rollo: 0001335/2021

NIG: 3802342120210001686

Resolución:Sentencia 000312/2022

Proc. origen: Juicio verbal (Acción consumidores y usuarios - 250.1.12) Nº proc. origen: 0000164/2021-00 Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de San Cristóbal de La Laguna

Apelado: Fenix Directo Cia Seguros Y Reaseguros S.a.; Abogado: Ricardo Ruiz Arcos; Procurador: Alejandro Obon Rodriguez

Apelante: Germán ; Abogado: Jordi Garcia Ribera; Procurador: Carlota Falcon Lison

SENTENCIA

Rollo núm. 1335/21.

Autos núm. 164/21.

Juzgado de 1ª Instancia núm. 6 de La Laguna.

En Santa Cruz de Tenerife, a cuatro de abril de dos mil veintidós.

Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, constituida por la Ilma. Sra. Magistrada doña Pilar Aragón Ramírez, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 6 de La Laguna, en los autos núm. 164/21, seguidos por los trámites del juicio verbal, y promovidos, como demandante, por DON Germán, representado por la Procuradora doña Carlota Falcón Lisón y dirigido por el Letrado don Jordi García Ribera, contra FELIX DIRECTO CIA SEGUROS Y REASEGUROS S.A., representado por el Procurador don Alejandro Frutos Obón Rodríguez y dirigido por el Letrado don Ricardo Ruiz Arcos, ha pronunciado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución apelada.

SEGUNDO

En los autos indicados la Ilma. Sra. Magistrada-Juez doña Raquel Díaz Díaz dictó sentencia el cinco de julio de dos mil veintiuno cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que estimando parcialmente la demanda promovida por D. Germán, representado por la Procuradora Dña. Carlota Falcón Lisón, contra la entidad aseguradora FENIX DIRECTO, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.

A., representada por el3 Procurador D. Alejandro Obón Rodríguez: 1.- DEBO CONDENAR Y CONDENO a la parte demandada a que abone al actor la cantidad de 2.201'92 euros, en concepto de indemnización por los perjuicios sufridos, más los intereses legales correspondientes, que NO COMPRENDERÁN los del artículo 20 LCS.

  1. - Todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas.».

TERCERO

Notif‌icada debidamente dicha sentencia, se presentó escrito en los autos por la representación de la parte demandante, en el que solicitaba que se tuviera por preparado recurso de apelación contra tal resolución, petición a la que se accedió por el Juzgado que acordó, además, emplazar a dicha parte por veinte días para la interposición de tal recurso; en el plazo conferido, se interpuso por escrito dicho recurso con exposición de las alegaciones en que se fundaba la impugnación, del que se dio traslado a las demás partes por diez días, plazo en el que la representación de la parte demandada, presentó escrito de oposición al mencionado recurso.

CUARTO

Remitidos los autos con los escritos del recurso y de oposición al mismo a esta Sección, se acordó, una vez recibidos, incoar el presente rollo y...

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