SAP Santa Cruz de Tenerife 124/2022, 21 de Marzo de 2022

PonenteJOSE LUIS GONZALEZ GONZALEZ
ECLIECLI:ES:APTF:2022:333
Número de Recurso115/2022
ProcedimientoRecurso de apelación. Sentencia delito
Número de Resolución124/2022
Fecha de Resolución21 de Marzo de 2022
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 6ª

? SECCIÓN SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL

Avda. Tres de Mayo nº 3 - 2ª Planta

Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922 34 94 51-49

Fax: 922 34 94 50

Email: s06audprov.tfe@justiciaencanarias.org

Sección: JG

Rollo: Apelación sentencia delito

Nº Rollo: 0000115/2022

NIG: 3803843220190003851

Resolución:Sentencia 000124/2022

Proc. origen: Procedimiento abreviado Nº proc. origen: 0000308/2020-00

Jdo. origen: Juzgado de lo Penal Nº 2 de Santa Cruz de Tenerife

Interviniente: ROLLO 11/2022 (J.L.)

Apelante: Justo ; Abogado: GISELA AURORA GARCIA MARTIN; Procurador: ANA JESUS GARCIA PEREZ

?

SENTENCIA

Iltmos. Sres.

Presidente

D. José Luis González González. (Ponente)

Magistrados

D. Emilio Moreno y Bravo.

Dña. María Vega Álvarez.

En Santa Cruz de Tenerife, a 21 de marzo de 2022.

Visto en grado de Apelación, en nombre de S.M. El Rey, el Rollo nº 115/22 del Procedimiento Abreviado nº 308/20, seguido en el Juzgado de lo Penal nº 2 de Santa Cruz de Tenerife, y habiendo sido partes, de la una y como apelante D. Justo, siendo parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Juzgado de lo Penal nº 2, resolviendo en el referido Procedimiento Abreviado, con fecha 29 de noviembre de 2021, se dictó sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:"Debo condenar y condeno a Justo como autor responsable de un delito de desobediencia grave a la autoridad, previsto y penado en el art. 556 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modif‌icativas de la responsabilidad, imponiéndole la pena de doce meses de multa con una cuota diaria de seis euros, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago prevista en el artículo 53 del Código Penal, suponiendo por cada dos cuotas no satisfechas un día de privación de libertad.

Esta sentencia no es f‌irme y contra la misma se puede interponer ante este mismo Juzgado, para su sustanciación ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, RECURSO DE APELACIÓN en el plazo de los DIEZ DÍAS siguientes a su notif‌icación.

Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal, al acusado y a su Letrada.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio íntegro a los autos originales, juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y f‌irmo."

SEGUNDO

Que la referida resolución declara como probados los siguientes hechos: probado y así se declarar que: "el acusado, Justo, con DNI nº NUM000, mayor de edad como nacido el NUM001 /1958, y con antecedentes penales, quien en virtud de Sentencia f‌irme por conformidad del Juzgado de lo Penal n.º 5 de los de Santa Cruz de Tenerife de fecha 28 de octubre de 2014, recaída el Procedimiento Abreviado 228/2012 fue condenado, entre otras penas, a la de 90 días de Trabajos en Benef‌icio de la Comunidad (Ejecutoria 916/2014)? habiendo sido el mismo día requerido y apercibido personalmente de las responsabilidades penales en las que podría incurrir en caso de no hacerlo, en fecha 26 de diciembre de 2016, tras ser citado por el Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas CIS Mercedes Pinto al objeto de elaborar el plan de ejecución de la pena antedicha, se negó a f‌irmar dicho plan, sin alegar causa justif‌icada para ello, obrando a sabiendas y con manif‌iesto desprecio hacia las resoluciones judiciales, y sin que con posterioridad iniciara el acusado el cumplimiento de la pena impuesta.

Al tiempo de los hechos, el acusado había sido anterior y ejecutoriamente condenado en virtud de Sentencia f‌irme de fecha 22/02/2005, dictada por el Juzgado de lo Penal n.º 4 de Santa Cruz de Tenerife -Procedimiento Abreviado n.º 176/2004-, como autor responsable de un delito de quebrantamiento de condena a la pena de 12 meses de multa, que quedó extinguida el día 11/04/2010, siendo que durante el periodo de cancelación de dicho antecedente penal el acusado cometió un nuevo ilícito penal por el que fue condenado en virtud de la Sentencia f‌irme de 28/10/2014 del Juzgado de lo Penal n.º 5 de Santa Cruz de Tenerife antes referida.

TERCERO

Que impugnada la Sentencia, con emplazamiento de las partes se remitieron a éste Tribunal las actuaciones formándose el correspondiente rollo y dado trámite al recurso, se señaló día para la deliberación, votación y fallo.

CUARTO

No se aceptan los hechos declarados probados de la sentencia apelada que deberán ser sustituidos por los siguientes:

Probado y así se declara que:." Justo, mayor de edad y con antecedentes penales, fue condendo ensentencia f‌irme de 28 de octubre de 2014, dictada con su conformidad por elJuzgado de lo Penal n.º 5 de los de Santa Cruz de Tenerife en el marco del Procedimiento Abreviado n.º 228/12, entre otras penas, a la de 90 días de Trabajos en Benef‌icio de la Comunidad (Ejecutoria 916//14), siendo apercibido ese mismo día de las responsabilidades penales en las que podría incurrir en caso de no cumplirlos.

Con fecha 26 de diciembre de 2016, fue citado por el Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas CIS Mercedes Pinto al objeto de elaborar el plan de su ejecución de la misma, no constando que de manera deliberda y obstinada decidiera no f‌irmarlo y, por ende, incumplir la pena impuesta.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La defensa del Sr. Justo cuestiona la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de esta provincia, condenando a su representado por un delito desobediencia grave a la autoridad del artículo 556 del Código Penal, porque habiendo sido requerido y apercibido de las responsabilidades penales en las que podría incurrir en caso de no cumplir la pena de 90 días de trabajo en benef‌icio de la comunidad que, por el Juzgado de lo Penal nº 5 de esta provincia, le fue impuesta en sentencia de 28 de octubre de 2014, y que fue dictada en el marco del P. Abreviado nº 228/12, se negó a f‌irmar el plan que para su cumplimiento le había realizado el Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas del CIS Mercedes Pinto, lo que conllevó que no lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR