SAP Salamanca 28/2022, 23 de Junio de 2022

PonenteJOSE ANTONIO VEGA BRAVO
ECLIECLI:ES:APSA:2022:467
Número de Recurso3/2021
ProcedimientoProcedimiento abreviado
Número de Resolución28/2022
Fecha de Resolución23 de Junio de 2022
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SALAMANCA

SENTENCIA: 00028/2022

AUDIENCIA PROVINCIAL DE SALAMANCA

- GRAN VIA, 37-39

Teléfono: 923.12.67.20

Correo electrónico:

Equipo/usuario: IFD

Modelo: N85850

N.I.G.: 37274 43 2 2018 0000855

PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000003 /2021

Delito: TRATA SERES HUMANOS FINES EXPLOTACION

Denunciante/querellante: MINISTERIO FISCAL, .. DENUNCIANTE TP- NUM000 TESTIGO PROTEGIDA, TP NUM001, 15 2018 TESTIGO NUM002

Procurador/a: D/Dª, MARIA DE LA SOLEDAD GONZALEZ GONZALEZ,, MARIA ANGELES ANTOLIN CUESTA

Abogado/a: D/Dª, RUDESINDO JARDON GRAÑA,, MANUEL MONTERO RODRÍGUEZ

Contra: Ignacio

Procurador/a: D/Dª MARIA LUISA LAMELA RODRIGUEZ

Abogado/a: D/Dª MARCOS GARCIA MONTES

SENTENCIA Nº 28/2022

ILMOS/AS SR./SRAS

Presidente/a:

D. JOSE ANTONIO VEGA BRAVO

Magistrados/as:

D. JUAN JACINTO GARCÍA PÉREZ

Dª MARTA DEL POZO PÉREZ

En SALAMANCA, a veintitrés de junio de dos mil veintidós.

VISTA en juicio oral y público, ante la Sección 001 de esta Audiencia Provincial la causa instruida con el número 3/2021, procedente del Juzgado de Instrucción nº 2 de Salamanca, Diligencias Previas, Procedimiento Abreviado nº 200/2018, por los delitos de Trata de Seres Humanos del artículo 177 bis 1, 3, 9 del CP en concurso ideal con tres delitos relativos a la prostitución del artículo 187.1 del CP., delito continuado del artículo 318 bis 1 del CP, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y un delito de blanqueo de capitales del artículo 301 del CP.

El presente procedimiento se dirige contra Ignacio, DNInº NUM003, nacido en Siete Iglesias de Trabancos el día NUM004 /1964, hijo de Maximiliano y de Leonor, representado por la Procuradora Dª. MARIA LUISA LAMELA RODRIGUEZ y defendido por el Abogado D. MARCOS GARCIA MONTES.

Siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal, y como acusación particular la testigo protegido TP NUM002, representada por la Procuradora Dª Maria Angeles Antolín Cuesta y defendida por el Letrado D. Manuel Montero Rodríguez.

La TP NUM000, representada por la Procuradora Dª Soledad González González, mediante escrito de fecha 24-11-2021, se retira del ejercicio de la acusación particular.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE ANTONIO VEGA BRAVO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Las presentes actuaciones se instruyeron por presuntos delitos de Trata de Seres Humanos con f‌ines de explotación, delitos sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social, delito de Blanqueo de capitales del artículo 301 del CP. y practicadas las oportunas diligencias se convocó a las partes a juicio oral que se señaló para los días 13 y 14 de diciembre, suspendiéndose el mismo al no comparecer el acusado, señalándose nuevamente para el día 15 de junio de 2022, celebrándose en esta fecha, y a cuyo acto comparecieron quienes se relacionan en el acta levantada al efecto.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones def‌initivas, calif‌icó los hechos como constitutivos de:

Apartado A)

-Tres delitos de trata de seres humanos del artículo 177 bis 1, 3, 9 del CP en concurso ideal ( artículo 77.1 y 3) con tres delitos relativos a la prostitución del artículo 187.1 primer párrafo del CP.

-Un delito continuado del artículo 318 bis 1 del CP (en relación con el artículo 74 del CP y los artículos 25, 54 y concordantes de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social).

-Subsidiariamente: tres delitos de trata de seres humanos del artículo 177 bis 1, 3, 9 del CP en concurso ideal ( artículo 77.1 y 3) con tres delitos relativos a la prostitución del artículo 187.1 segundo párrafo del CP.

-Un delito continuado del artículo 318 bis 1 del CP (en relación con el artículo 74 del CP y los artículos 25, 54 y concordantes de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social).

-Un delito de blanqueo de capitales del artículo 301, apartados 1 y 5 del CP.

El acusado es autor. No concurren circunstancias modif‌icativas de la responsabilidad criminal, solicita imponer al acusado: por cada uno de los tres delitos de trata en concurso ideal con cada uno de los tres delitos relativos a la prostitución la pena de seis años y seis meses de prisión e inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. De conformidad con el artículo 57 del CP, la prohibición de aproximarse a una distancia inferior a 250 metros a las TP. NUM000, TP. NUM002, TP. NUM001, su domicilio, trabajo y cualquier lugar donde se encuentren, y la prohibición de comunicarse con ellas por cualquier medio durante ocho años. Cumplida la pena relativa a los delitos de prostitución se interesa que se imponga la medida de libertad vigilada prevista en el artículo 192.1 del CP durante ocho años, consistente en la prohibición de aproximarse a una distancia inferior a 250 metros a las TP NUM000, TP. NUM002, TP. NUM001, su domicilio, trabajo y cualquier lugar donde se encuentren, y la prohibición de comunicarse con ellas por cualquier medio.

De conformidad con lo previsto en el artículo 194 del CP, la clausura del local DIRECCION001 durante 4 años.

-Por el delito del artículo 318 bis 1 del CP la pena de un año de prisión e inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. COSTAS. Subsidiariamente:

Por cada uno de los tres delitos de trata en concurso ideal con cada uno de los tres delitos relativos a la prostitución la pena de cinco años y seis meses de prisión e inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

De conformidad con el artículo 57 del CP, la prohibición de aproximarse a una distancia inferior a 250 metros a las TP NUM000, TP. NUM002, TP. NUM001, su domicilio, trabajo y cualquier lugar donde se encuentren, y la prohibición de comunicarse con ellas por cualquier medio durante 8 años.

Cumplida la pena relativa a los delitos de prostitución se interesa que se imponga la medida de libertad vigilada prevista en el artículo 192.1 del CP DURANTE 8 AÑOS, consistente en la prohibición de aproximarse a una distancia inferior a 250 metros a las TP NUM000, TP. NUM002, TP. NUM001, su domicilio, trabajo y cualquier lugar donde se encuentren, y la prohibición de comunicarse con ellas por cualquier medio.

De conformidad con lo previsto en el artículo 194 del CP la clausura del local DIRECCION001, durante 4 años.

Por el delito del artículo 318 bis 1 del CP la pena de un año de prisión e inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

COSTAS.

Apartado B) Por el delito de blanqueo la pena de 5 años de prisión y multa de 1.710.000 euros sin responsabilidad personal subsidiaria de conformidad con el artículo 53.3 del CP e inhabilitación para el ejercicio de actividades de hostelería durante tres años y clausura del local DIRECCION001, durante 5 años.

De conformidad con el artículo 127 y 127 bis del CP que se proceda al comiso, salvo tercero de mejor derecho o preferencia legal de los vehículos:

MERCEDES BENZ 110 CDE MATRÍCULA ....NGH, adquirido el 3-8-2016 con un valor de 6.800 euros.

CITROEN XSARA 1.9 TD SEDUCT CP, MATRICULA H-....-OH, adquirido el 22-8-2008 con un valor de 1.110 euros.

MERCEDES BENZ CL 500 MATRÍCULA ....YNR, adquirido el 9-4-2012 con un valor de 13.468 euros.

AUDI 90 2.0 I matrícula H-....-YP adquirido el 9-4-2012 con un valor de 1.300 euros

FORD MONDEO, matrícula .... YRM, adquirido el 9-4-2012 con un valor de 2.000 euros.

VOLKSWAGEN PASSAT, matrícula ....WQQ, adquirido el 9-4-2012, con un valor de 2.070 euros.

A.U.S.A 500-RMX X4 PLUS, matrícula U....FFF, adquirido el 9.4-2012 con un valor de 5.7000 euros

A.U.S.A 150 DH, matrícula I....WQR, adquirido el 9.4-2012 con un valor de 3000 euros.

A.U.S.A 175-RMS PLUS, matrícula I....GFH, AUS 150 DHM matrícula I....WQR, adquirido el 9-4--2012 con un

valor de 3.199 euros.

A.U.S.A 175-RMS, matrícula U....QNG, adquirido el 9-4--2012 con un valor de 3.199 euros.

A.U.S.A 150 DA PUS, matrícula U....DWH, adquirido el 9.4-2012 con un valor de 2600 euros.

DUMEC DUMPER DP 100FE, matrícula U....NXG, adquirido el 9-4-2012 con un valor de 4000 euros.

A.U.S.A 150 DH PUS, matrícula I....RHR, adquirido el 9.4-2012 con un valor de 3.000 euros.

MERCEDES BENZ 210 D, matrícula be-....-I, adquirido el 21-5-2012 con un valor de 2.330 euros.

AIDI 100 2-5 TD, matrícula XO ....-I, adquirido el 23-9-2013, con un valor de 2.090 euros.

MERCEDES BENZ E 270 CDI, matrícula ....XWG, ADQURIDO EL 18-10-2013, con un valor de 3.5000 euros.

DAIMLER CHRYSLER C 220 CDI, matrícula ....tmK, adquirido el 27-3-2015, con un valor de 5.202,oo euros.

BMV serie 7 730 DA matrícula ....NWR, adquirido el 21-5-2015, con un valor de 5.380 euros.

- Los inmuebles:

FINCA, sita en CARRETERA000 PK NUM005, DIRECCION000, Salamanca, que corresponde al DIRECCION001 .

-INMUEBLE de la c/ DIRECCION002 NUM006 . Salamanca

-FINCA NUM007, C/ DIRECCION003 NUM008, de DIRECCION004 .

-FINCA NUM009 C/ DIRECCION005 . NUM010 DIRECCION006

- NAVE INDUSTRIAL de CARRETERA001, NUM011 DIRECCION000 .

NAVE INDUSTRIAL de CARRETERA001, NUM012 - DIRECCION000 .

-NAVE INDUSTRIAL CARRETERA001 NUM013 DIRECCION000 .

- La cantidad ocupada en metálico, 10.346 euros.

Costas.

RESPONSABILIDAD CIVIL.- El acusado deberá indemnizar:

A la testigo TP NUM000, con la cantidad de 15.000 euros.

A la testigo TP. NUM002, con la cantidad de 15.000 euros.

A la testigo TP. NUM001, con la cantidad de 15.000 euros.

Se interesa que se acuerde el sobreseimiento provisional en relación a las armas ocupadas en las diligencias de entrada y registro de conformidad con el artículo 641.1 LECRI. Ya que teniendo en cuentas sus específ‌icas circunstancias, se considera que no existen elementos suf‌icientes para acreditar la...

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