SAP A Coruña 434/2022, 15 de Junio de 2022
Jurisdicción | España |
Emisor | Audiencia Provincial de Coruña, seccion 4 (civil) |
Fecha | 15 Junio 2022 |
Número de resolución | 434/2022 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
A CORUÑA
SENTENCIA: 00434/2022
Modelo: N10250
DE LAS CIGARRERAS, 1 (A CORUÑA)
-Teléfono: 981182091 Fax: 981182089
Correo electrónico:
Equipo/usuario: MP
N.I.G. 15030 42 1 2014 0012846
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000365 /2022
Juzgado de procedencia: XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 10 de A CORUÑA
Procedimiento de origen: MMC MODIFICACION DE MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO 0000735 /2021
Recurrente: Micaela
Procurador: MARIA DE LOS ANGELES GONZALEZ GONZALEZ
Abogado: IGNACIO BERMUDEZ DE CASTRO OLAVIDE
Recurrido: Augusto
Procurador: MARIA MONTSERRAT LOPEZ RODRIGUEZ
Abogado: JORGE JUAN SOUTO MARIÑAS
S E N T E N C I A
Nº 434/2022
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION CUARTA-CIVIL-MERCANTIL
Ilmos/as.Magistrados:
D. PABLO GONZÁLEZ-CARRERÓ FOJÓN, Pte.
D. EDUARDO FERNÁNDEZ-CID TREMOYA
Dª ZULEMA GENTO CASTRO
En A CORUÑA, a quince de junio de dos mil veintidós
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 004, de la Audiencia Provincial de A CORUÑA, los Autos de MODIFICACION DE MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO 0000735 /2021, procedentes del XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 10 de A CORUÑA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000365 /2022, en los que aparece como parte apelante, Micaela, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. MARIA DE LOS ANGELES GONZALEZ GONZALEZ, asistido por el Abogado D. IGNACIO BERMUDEZ DE CASTRO OLAVIDE, y como parte apelada, Augusto, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. MARIA MONTSERRAT LOPEZ RODRIGUEZ, asistido por el Abogado D. JORGE JUAN SOUTO MARIÑAS, sobre MODIFICACION DE MEDIDAS.
Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 10 DE A CORUÑA, se dictó resolución con fecha 15-03-2022 en el procedimiento del que dimana este recurso, que contiene en su fallo el siguiente pronunciamiento:
"Que estimando parcialmente la demanda presentada por la procuradora Sra. López Rodríguez, en nombre y representación de Don Augusto, y por lo mismo se acuerda reducir la cuantía de la pensión compensatoria que ha de percibir Doña Micaela y establecida en la Sentencia de Divorcio de fecha 12 de marzo de 2015 dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 10 de A Coruña, fijándola en la suma de 675 euros al mes, pagaderas en los cinco primeros días de cada mes, por mensualidades anticipadas, cantidad que se actualizará anualmente conforme a las variaciones que experimente el IPC; sin que se haga expresa imposición de costas a ninguna de las partes."
Dicha resolución fue recurrida por la parte demandada, y elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso de apelación interpuesto, se formó el correspondiente Rollo de Sala, y personadas las partes en legal forma, fue señalada audiencia para que tuviera lugar la deliberación, votación y fallo.
Ha sido Magistrado/a Ponente el/la Ilmo/a. D./Dª EDUARDO FERNÁNDEZ-CID TREMOYA.
Planteamiento del pleito. La sentencia y el recurso.
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- La demanda de modificación de medidas interpuesta por DON Augusto frente a la que fue su esposa DOÑA Micaela solicitaba la modificación de la sentencia de divorcio de 12 de marzo de 2015 en la que se fijó una pensión compensatoria de 850€ mensuales en favor de la demandada, que al haberse actualizado asciende a 895,90€, y se invocó como alteración esencial que justificaba la pretensión, la jubilación del obligado, que si cobraba 3.312,82€ mensuales netos, había pasado a cobrar 2.274,56€ líquidos en 14 pagas y con un alquiler de 500€ al mes, mientras que la demandada habría heredado una cifra próxima a los 60.000€ de su padrino, por lo qué entendiendo que se producía una reducción de los ingresos entorno a los 29,95%. consideró que la pensión debía ser reducida en un porcentaje similar, entre los 644,82 € y los 681,95€, solicitando su reducción a la cifra de 645€.
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- La sentencia de fecha 15 de marzo de 2022 dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 10 de A Coruña estima parcialmente la demanda, y fija la pensión compensatoria en 675€ al mes actualizables conforme a IPC, explicando que existe alteración sustancial al reducirse los ingresos del actor en un 25%, por lo que considera adecuado reducir la pensión compensatoria en ese porcentaje, haciendo ver que ni el plan de pensiones que tiene el actor, ni la herencia percibida por la demandada, modifican las conclusiones a las que ha llegado acerca de la procedencia de la reducción de la pensión compensatoria, resolviendo sin imposición de costas procesales.
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- El recurso de DOÑA Micaela recuerda que la...
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ATS, 7 de Junio de 2023
...contra la sentencia dictada, con fecha 15 de junio de 2022, por la Audiencia Provincial de Coruña, Sección 4.ª, en el rollo de apelación n.º 365/2022, dimanante del juicio de modificación de medidas n.º 735/2021, del Juzgado de Primera Instancia n.º 10 de Por diligencia de ordenación se tuv......