STSJ Castilla y León 692/2022, 3 de Junio de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución692/2022
Fecha03 Junio 2022

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD

VALLADOLID

SENTENCIA: 00692/2022

- N56820

C/ ANGUSTIAS S/N

Teléfono: Fax: 983267695

Correo electrónico:

MGC

N.I.G: 34120 45 3 2019 0000144

Procedimiento: AP RECURSO DE APELACION 0000096 /2021

Sobre: URBANISMO

De D./ña. COMISION TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE Y URBANISMO

Representación D./Dª.

Contra D./Dª. CLUB DE MONTAÑA ESPIGUETE

Representación D./Dª. JOSE MIGUEL RAMOS POLO

SENTENCIA Nº 692

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE DE LA SECCIÓN:

DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ

MAGISTRADOS:

DON RAMÓN SASTRE LEGIDO

DOÑA ADRIANA CID PERRINO

En Valladolid, a tres de junio de dos mil veintidós.

Visto por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso de apelación seguido con el nº 96/2021, interpuesto contra:

La sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palencia de fecha 11 de enero de 2021, dictada en el PO seguido ante el mismo con el número 148/2019.

Son partes:

Como apelante: la ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEON (Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo del Servicio Territorial de Fomento de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Palencia), debidamente asistida por el Letrado de la Comunidad de Castilla y León.

Como apelado: El CLUB DEPORTIVO DE MONTAÑA ESPIGÜETE DE PALENCIA, que ha comparecido ante esta Sala representado por el Procurador Sr. Ramos Polo y defendido por el Letrado Sr. Rivero Ortega.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Palencia se dictó sentencia, en el recurso antes indicado, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

DENEGAR la autorización de uso excepcional en suelo rústico para el proyecto de reconstrucción del refugio de montaña, promovido por el Club de Montaña Espigüete en la localidad palentina de Cardaño de Arriba, término municipal de Velilla del Río Carrión, por los motivos expresados previamente, al no concurrir en la presente instalación ni el interés público ni la necesidad de emplazamiento en el medio rural ", resolución tácita que se anula por no resultar ajustada al ordenamiento jurídico.

Que, en virtud del precedente pronunciamiento, se condena a la Administración Autonómica -por conducto de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Palencia- a conceder al Club de Montaña Espigüete la autorización del derecho excepcional de uso en suelo rústico para la Reconstrucción del Refugio de Montaña a la altura del camino Pico Murcia de la localidad de Cardaño de Arriba, término municipal de Velilla del Río Carrión, provincia de Palencia, de conformidad con el proyecto básico presentado el 1 de octubre de 2015, redactado por la Arquitecta Doña Enma, con las justif‌icaciones tamizadas y datadas en Mayo de 2016, cuya ejecución material deberá llevarse a cabo conforme a las prescripciones determinadas en el informe urbanístico de 21 de diciembre de 2016 emitido por el Arquitecto Don Luis Andrés, técnico asesor municipal del Ayuntamiento de Velilla del Río Carrión.

Se hace imposición de las costas procesales a la Administración>>.

SEGUNDO

Contra la citada sentencia se ha interpuesto por el Letrado de la Comunidad de Castilla y León la recurso de apelación únicamente respecto al pronunciamiento sobre las costas procesales, del que, una vez admitido, se dio traslado a la parte contraria que presentó escrito interesando su inadmisión tanto por extemporaneidad del recurso como por razón de la cuantía.

TERCERO

Elevados los autos y el expediente administrativo a la Sala se acordó la formación y registro del presente recurso de apelación y observando la falta del trámite correspondiente al traslado de la alegada inadmisión de la apelación, se conf‌irió el mismo, presentándose por el Letrado de la Comunidad de Castilla y León escrito de alegaciones al respecto.

Declarada conclusa la presente apelación se señaló para votación y fallo el día 26 de abril pasado.

Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª. Adriana Cid Perrino.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso de apelación se impugna, por el Letrado de la Comunidad de Castilla y León, la sentencia de 11 de enero de 2021 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Palencia en el PO seguido en el mismo con el nº 148/2019 por la que, estimando el recurso interpuesto, anula el Acuerdo 11U adoptado el 25 de septiembre de 2018 por la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Palencia, del Servicio Territorial de Fomento de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Palencia, y condena a la Administración demandada a conceder al Club Deportivo de Montaña Espigüete de Palencia la autorización de uso excepcional en suelo rústico para la Reconstrucción del Refugio de Montaña a la altura del camino Pico Murcia de la localidad de Cardaño de Arriba, término municipal de Velilla del Río Carrión, en los términos allí f‌ijados, haciendo expresa imposición de las costas procesales a la Administración demandada

Y la apelación formulada por el Letrado de la Comunidad de Castilla y León se dirige únicamente respecto del pronunciamiento y condena en materia de costas que la citada sentencia efectúa a la Administración demandada, considerando infringido el artículo 139.1 de la Ley jurisdiccional.

Frente a ello, la representación procesal de la parte recurrente y ahora apelado solicita la inadmisión del recurso de apelación por dos motivos: su extemporaneidad y por razón de la cuantía, en tanto que el mismo se dirige exclusivamente a combatir la condena en costas, cuya cuantía considera, a todas luces, inferior al límite de

30.000 € que contiene el artículo 81.1 de la Ley de la Jurisdicción.

Tras el pertinente...

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