SAP A Coruña 228/2022, 18 de Mayo de 2022

PonenteMARIA DEL CARMEN TABOADA CASEIRO
ECLIECLI:ES:APC:2022:1442
Número de Recurso503/2022
ProcedimientoRecurso de apelación. Procedimiento abreviado
Número de Resolución228/2022
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2022
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00228/2022

- C/. DE LAS CIGARRERAS Nº 1 - EDIFICIO ANTIGUA FABRICA DE TABACOS. 1ª PLANTA

Teléfono: 981 18 20 74 /75/36

Correo electrónico: seccion2.ap.coruna@xustiza.gal TFNO. 881 881 899 /895/ 896/ 898

Equipo/usuario: MV

Modelo: 213100

N.I.G.: 15030 43 2 2021 0004203

RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000503 /2022

Juzgado procedencia: XDO. DO PENAL N. 2 de A CORUÑA

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000038 /2022

Delito: QUEBRANT.CONDENA O MED.CAUTELAR (TOD.SUPUESTOS)

Recurrente: Modesta

Procurador/a: D/Dª JOSE MANUEL LADO FERNANDEZ

Abogado/a: D/Dª CRISTINA FARALDO CABANA

Recurrido: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

ILMA. Sra. PRESIDENTA

DOÑA MARIA DEL CARMEN TABOADA CASEIRO

ILMOS. Sres. MAGISTRADOS

DON SALVADOR P. SANZ CREGO

DON CARLOS SUAREZ-MIRA RODRIGUEZ

En A Coruña, a 18 de mayo de 2022.

LA SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, integrada por los Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado

En nombre de S.M. el Rey

La siguiente

SENTENCIA

En el recurso de apelación penal Nº 503/22, interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Nº 2 de los de A Coruña, en el Procedimiento Abreviado Núm.: 38/22, seguidas de of‌icio por un delito de quebrantamiento de condena, f‌igurado como apelante Modesta, y como apelado Ministerio Fiscal; siendo Ponente del presente recurso la Ilma. Sra. MARIA DEL CARMEN TABOADA CASEIRO .

ANTECENDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal Nº 2 de los de A Coruña con fecha 18 de marzo de 2022, dictó Sentencia y cuya Parte Dispositiva dice como siguiente:

Debo condenar y condeno a Modesta, como autora de un delito de quebrantamiento de condena del artículo 468.1 del código penal, procediendo imponer al acusado, la pena de multa de 12 meses, con cuota diaria de 5 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de del artículo 53 del código penal, y todo ello, con imposición al condenado de las costas del presente procedimiento.

SEGUNDO

Notif‌icada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación procesal de Modesta, que fue admitido en ambos efectos, por proveído de fecha 25/3/2022, dictado por el instructor, acordando darle traslado prevenido en el artículo 790.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a las restantes partes.

TERCERO

Por Diligencia de Ordenación de fecha 22/4/2022, se acordó elevar todo lo actuado a la Of‌icina de Reparto de Audiencia Provincial; siendo turnado el mismo a esta Sección para resolver el recurso; recibidas que fueron las actuaciones, se acordó pasar las mismas al Ilmo. Magistrado Ponente.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones y formalidades legales.

HECHOS PROBADOS

Se acepta el relato fáctico de la sentencia recurrida, que aquí se da por reproducida, en aras de la brevedad.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Considerar que el recurso se fundamenta en la errónea valoración de la prueba y por consecuencia en la vulneración del artículo 468.1 Código Penal.

En cuanto a la valoración de la prueba hay que considerar que no se trata tanto de comparar la valoración probatoria efectuada por el Tribunal y la que sostiene la parte que recurre, sino de comprobar la racionalidad de aquélla y la regularidad de la prueba utilizada ;y por otra parte salvo que se aprecie la existencia de un razonamiento arbitrario manif‌iestamente erróneo, no es posible prescindir de la...

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