SAP A Coruña 228/2022, 18 de Mayo de 2022
Ponente | MARIA DEL CARMEN TABOADA CASEIRO |
ECLI | ECLI:ES:APC:2022:1442 |
Número de Recurso | 503/2022 |
Procedimiento | Recurso de apelación. Procedimiento abreviado |
Número de Resolución | 228/2022 |
Fecha de Resolución | 18 de Mayo de 2022 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
A CORUÑA
SENTENCIA: 00228/2022
- C/. DE LAS CIGARRERAS Nº 1 - EDIFICIO ANTIGUA FABRICA DE TABACOS. 1ª PLANTA
Teléfono: 981 18 20 74 /75/36
Correo electrónico: seccion2.ap.coruna@xustiza.gal TFNO. 881 881 899 /895/ 896/ 898
Equipo/usuario: MV
Modelo: 213100
N.I.G.: 15030 43 2 2021 0004203
RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000503 /2022
Juzgado procedencia: XDO. DO PENAL N. 2 de A CORUÑA
Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000038 /2022
Delito: QUEBRANT.CONDENA O MED.CAUTELAR (TOD.SUPUESTOS)
Recurrente: Modesta
Procurador/a: D/Dª JOSE MANUEL LADO FERNANDEZ
Abogado/a: D/Dª CRISTINA FARALDO CABANA
Recurrido: MINISTERIO FISCAL
Procurador/a: D/Dª
Abogado/a: D/Dª
ILMA. Sra. PRESIDENTA
DOÑA MARIA DEL CARMEN TABOADA CASEIRO
ILMOS. Sres. MAGISTRADOS
DON SALVADOR P. SANZ CREGO
DON CARLOS SUAREZ-MIRA RODRIGUEZ
En A Coruña, a 18 de mayo de 2022.
LA SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, integrada por los Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado
En nombre de S.M. el Rey
La siguiente
SENTENCIA
En el recurso de apelación penal Nº 503/22, interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Nº 2 de los de A Coruña, en el Procedimiento Abreviado Núm.: 38/22, seguidas de oficio por un delito de quebrantamiento de condena, figurado como apelante Modesta, y como apelado Ministerio Fiscal; siendo Ponente del presente recurso la Ilma. Sra. MARIA DEL CARMEN TABOADA CASEIRO .
ANTECENDENTES DE HECHO
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal Nº 2 de los de A Coruña con fecha 18 de marzo de 2022, dictó Sentencia y cuya Parte Dispositiva dice como siguiente:
Debo condenar y condeno a Modesta, como autora de un delito de quebrantamiento de condena del artículo 468.1 del código penal, procediendo imponer al acusado, la pena de multa de 12 meses, con cuota diaria de 5 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de del artículo 53 del código penal, y todo ello, con imposición al condenado de las costas del presente procedimiento.
Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación procesal de Modesta, que fue admitido en ambos efectos, por proveído de fecha 25/3/2022, dictado por el instructor, acordando darle traslado prevenido en el artículo 790.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a las restantes partes.
Por Diligencia de Ordenación de fecha 22/4/2022, se acordó elevar todo lo actuado a la Oficina de Reparto de Audiencia Provincial; siendo turnado el mismo a esta Sección para resolver el recurso; recibidas que fueron las actuaciones, se acordó pasar las mismas al Ilmo. Magistrado Ponente.
En la sustanciación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones y formalidades legales.
HECHOS PROBADOS
Se acepta el relato fáctico de la sentencia recurrida, que aquí se da por reproducida, en aras de la brevedad.
Considerar que el recurso se fundamenta en la errónea valoración de la prueba y por consecuencia en la vulneración del artículo 468.1 Código Penal.
En cuanto a la valoración de la prueba hay que considerar que no se trata tanto de comparar la valoración probatoria efectuada por el Tribunal y la que sostiene la parte que recurre, sino de comprobar la racionalidad de aquélla y la regularidad de la prueba utilizada ;y por otra parte salvo que se aprecie la existencia de un razonamiento arbitrario manifiestamente erróneo, no es posible prescindir de la...
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