SAP Pontevedra 154/2022, 12 de Abril de 2022
Ponente | LUIS BARRIENTOS MONGE |
ECLI | ECLI:ES:APPO:2022:1090 |
Número de Recurso | 285/2022 |
Procedimiento | Recurso de apelación. Procedimiento abreviado |
Número de Resolución | 154/2022 |
Fecha de Resolución | 12 de Abril de 2022 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 5ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
PONTEVEDRA
SENTENCIA: 00154/2022- C/ LALIN Nº 4 - 1º VIGO
Teléfono: 986 817162-63
Correo electrónico:
Equipo/usuario: MR
Modelo: 213100
N.I.G.: 36057 43 2 2021 0007005
RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000285 /2022
Juzgado procedencia: XDO. DO PENAL N.1 de VIGO
Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000329 /2021
Delito: CONDUCCIÓN SIN LICENCIA O PERMISO (L.O. 15/2007)
Recurrente: Jesus Miguel
Procurador/a: D/Dª ANA BELEN PEREZ CARRERA
Abogado/a: D/Dª JOSE CARLOS TAIBO BARCIELA
Recurrido: MINISTERIO FISCAL
Procurador/a: D/Dª
Abogado/a: D/Dª
SENTENCIA Nº 154/22
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ILMOS/AS SR./SRAS
Presidente/a:
D./DÑA. LUIS BARRIENTOS MONGE
Magistrados/as
D./DÑA. MERCEDES PÉREZ MARTÍN-ESPERANZA
D./DÑA. JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ HERRERO
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En VIGO, a doce de abril de dos mil veintidós.
VISTO, por esta Sección 5 de esta Audiencia Provincial en la causa arriba referenciada, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador ANA BELEN PEREZ CARRERA, en representación de Jesus Miguel, contra la Sentencia dictada en el procedimiento PA: 329/2021 del JDO. DE LO PENAL nº : 1; habiendo sido parte en él, como apelante el mencionado recurrente, como apelado el MINISTERIO FISCAL, en la representación que le es propia, actuando como Ponente el/la Magistrado/a Ilmo/a. Sr./a. LUIS BARRIENTOS MONGE.
Con fecha del 4 de febrero de 2022, por el Juzgado de lo Penal número 1 de los de Vigo, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor siguiente:
Debo condenar y condeno a Jesus Miguel como autor de un delito contra la seguridad vial del artículo 384 del Código penal, concurriendo la circunstancia agravante de multirreincidencia del artículo 22.8 en relación con el artículo 66.5 del Código penal, a la pena de OCHO MESES DE PRISIÓN, con costas.
Y en la citada sentencia, se hacía constar el siguiente relato fáctico:
"ÚNICO.-Se declara probado que sobre las 21:36 horas del día 16 junio 2021, efectivos policiales fueron requeridos por la posible comisión de un delito de quebrantamiento de medida cautelar en la que estaba implicado el acusado Jesus Miguel . Éste fue sorprendido a bordo de la motocicleta matrícula K .... UVR,
circulando a la altura del número 125 de la Avenida de la Florida, haciéndolo sin el correspondiente permiso reglamentario que le habilitaba para la conducción. Había sido privado del mismo por pérdida de puntos en el expediente tramitado por la Jefatura provincial de tráfico y no haber sido realizado el correspondiente curso de reeducación vial para recuperarlo. Además fue ejecutoriamente condenado por sentencia firme de 3 noviembre 2020 por la comisión de un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, entre otras, a la pena de un año de privación del derecho conducir vehículos a motor y ciclomotores desde el 31 noviembre 2020 al 2 noviembre 2021.El acusado, entre otras, ha sido ejecutoriamente condenado por delitos de conducción sin carnet en virtud de: sentencia firme de 15 marzo 2021 dictada por el Juzgado de instrucción número 3 de Vigo, en causa 526/2021; sentencia firme de 23 febrero 2021 dictada por el Juzgado de instrucción 8 de Vigo, en causa 289/21,ejecutoria seguida en este juzgado nº 166/2021; sentencia firme de 3 febrero 2021 dictada por el Juzgado de instrucción número 5 de Vigo, en causa 70/2021, ejecutoria seguida en este juzgado 90/2021); sentencia firme de 30 noviembre 2020 dictada por el juzgado de instrucción número 3 de Vigo, en causa 1172/2020 (ejecutoria 482/2020 de este mismo juzgado).
Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.
Dado traslado del escrito de formalización del recurso a las partes, se presentó escrito de impugnación en base a considerar la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su confirmación.
Por el Órgano Judicial sentenciador se remitieron a este Tribunal los autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para deliberación, la que tuvo lugar el día 5/04/2022.
HECHOS PROBADOS
Se acepta, y a los efectos del presente recurso, el relato fáctico de la sentencia de instancia, que aquí se da por reproducido, en aras de...
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