SJS nº 2 140/2022, 22 de Marzo de 2022, de Salamanca

PonenteMARIA DEL ROSARIO ALONSO HERRERO
Fecha de Resolución22 de Marzo de 2022
ECLIECLI:ES:JSO:2022:1444
Número de Recurso102/2022

JDO. DE LO SOCIAL N. 2

SALAMANCA

SENTENCIA: 00140/2022

PLAZA DE COLÓN Nº 8 1ª PLANTA

Tfno: 923 285275

Fax: 923 2846 39

Correo Electrónico: social2.salamanca@justicia.es

Equipo/usuario: S01

NIG: 37274 44 4 2022 0000215

Modelo: N02700

DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000102 /2022

Procedimiento origen: /Sobre: DESPIDO

DEMANDANTE/S D/ña: Otilia

ABOGADO/A: JOAQUIN MERCHAN BERMEJO

DEMANDADO/S D/ña: FOGASA FOGASA, TAXARE PERITACION SLU, Gregorio

ABOGADO/A: LETRADO DE FOGASA, CARLOS JAVIER HERNANDEZ ALMEIDA, FELIPE OLALLA PEREZ

SENTENCIA Nº 140/2022

En Salamanca, a Veintidós de Marzo de Dos Mil Veintidós.

Vistos por la Ilma. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº Dos de Salamanca, D/ña. MARIA ROSARIO ALONSO HERRERO los presentes autos nº 102/2022 seguidos a instancia de Dª Otilia, como demandante, asistida del Letrado D. Joaquín Merchán Bermejo, contra las empresas EMILIO ANTON HORNERO asistida del Letrado D. Felipe Olalla Pérez y TAXARE PERITACIONES S.L.U representada por D. Alexis y asistida del Letrado

D. Carlos Javier Hernández Almeida, como demandadas, sobre DESPIDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Los presentes autos traen causa de la demanda presentada el 14 de febrero de 2022, que por turno de reparto correspondió a este Juzgado, deducida por la actora, en las que tras citar hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación pertinente terminaba solicitando se dictase sentencia estimando la demanda y declarando la improcedencia del despido, condenando a los demandados a que le indemnicen

conforme establece la Ley para este tipo de despidos, junto con los demás pronunciamientos legales que procedan.

SEGUNDO

Se admitió a trámite la demanda por Decreto de 23 de febrero de 2022 se dio traslado a la demandada, citando a las partes para la celebración del correspondiente juicio oral para el día 15 de marzo de 2022.

Llegado el día señalado comparecen las partes y no alcanzada conciliación ante el LAJ, se procede a la celebración del juicio solicitando sentencia de acuerdo a sus respectivos intereses, acordándose el recibimiento del pleito a prueba practicándose la prueba que se estimó admisible dentro de la propuesta, terminando por elevar a def‌initivas sus conclusiones.

TERCERO

En la tramitación de este proceso se han observado las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

La demandante Dª. Otilia con DNI n° NUM000 f‌igura de alta en Seguridad Social en el RETA en la actividad de servicios técnicos de arquitectura (acontecimiento 104).

También está de alta en el IAE en el epígrafe 884 "peritos tasadores: seguros, alhajas...".

Como empresaria individual ha tenido de alta a la trabajadora Dª. Adelaida desde el 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2021 como auxiliar administrativa en jornada de 10h semanales (acontecimiento 104).

SEGUNDO

La actora dispone de una tarjeta de visita que identif‌ica:

TAXARE peritaciones

Otilia

Arquitecto Técnico

Técnico superior en prevención de riesgos

Móvil NUM001

Fax 923332027

e-mail DIRECCION000, y DIRECCION001 (acont. 6)

TERCERO

El demandado D. Gregorio f‌igura de alta en el RETA desde el 1-11-2004 en la actividad de servicios técnicos de ingeniería (acontecimiento 16).

Para la empresa Gregorio ha prestado servicios Dª. Adelaida de 2017 a 2019 y Dª. Otilia desde el año 2013. (testif‌ical de las dos trabajadoras).

CUARTO

La empresa TAXARE PERITACIONES S.L.U se constituye mediante escritura pública autorizada por Notario el 21 de octubre de 2010 con domicilio en Avda. de Valladolid nº 1 portal 1 of‌icina 3 de Santa Marta de Tormes (Salamanca). Su socio único es D. Gregorio .

Mediante escritura pública autorizada por notario el 1 de julio de 2019 D. Gregorio vende a D. Alexis la totalidad de las 3.010 participaciones sociales de la empresa Taxare Peritaciones S.L.U por el precio de 50.000€.

En la escritura consta que el precio es estimativo, que el precio real se regularizará cada seis meses en función del que resulte de aplicar un porcentaje del 30% a la facturación que realice la sociedad Taxare Peritaciones S.L.U durante dos años referidos a los clientes y zonas que el día de la fecha gestiona la sociedad antes mencionada.

D. Alexis queda como socio único cesando como administrador D. Gregorio y siendo nombrado D. Alexis .

El domicilio se f‌ija en Valladolid en la C/Tudela nº 5, 6º izquierda (acontecimiento 95).

D. Alexis ha abonado mediante transferencia bancarias a D. Gregorio en concepto de compra de Taxare peritaciones la cantidad de 2.083,33€/mes desde el 1/08/2019 a 05/07/2021(acontecimiento 96).

La empresa Taxare Peritaciones S.L.U no tiene trabajadores en alta ni código de cuenta de cotización acontecimiento 63.

QUINTO

D. Alexis tiene formalizado contrato de trabajo con Dª. Adelaida desde el 7 de agosto de 2019 en jornada de 20h semanales para prestar servicios como auxiliar administrativo (doc. 2 acont. 96).

Dª. Adelaida tanto en virtud de este contrato como el periodo que fue contratada por la actora Dª. Otilia presta servicios desde su domicilio (testif‌ical de la Sra. Adelaida ).

SEXTO

La actora Dª. Otilia solicita el 28-12-2021 informe al Registro Mercantil Central sobre denominación de la mercantil C2 Gabinete Técnico Fonseca S.L. quedando reservada dicha denominación (acont. 93).

La escritura pública de constitución de la mercantil C2Estudio Técnico Fonseca S.L. se otorga el 3 de febrero de 2022 siendo la actora socia y administradora única. Su objeto social es "servicios técnicos de ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico". El domicilio se f‌ija en C/Verona nº 4 Santa Marta de Tormes que es domicilio de la actora (acont. 80)

SEPTIMO

La empresa Emilio Antón Hornero tiene su centro de trabajo en Avda. de Valladolid nº 1 portal 1 of‌icina 3 de Santa Marta de Tormes (Salamanca), en la que presta servicios como auxiliar administrativa Dª. Gracia .

D. Gregorio tiene un acuerdo verbal con la compañía de seguros Reale por el cual esta aseguradora encarga a aquel la realización de peritaciones de pólizas de seguros. De los encargos recibidos D. Gregorio decidía cuales realiza él y cuales encarga a la actora.

Las peritaciones que tenía que hacer la actora cuando esta las había realizado se remitían por correo electrónico a Dª. Gracia para que las descargue en el portal y lo envíe.

Todas las peritaciones se abonan por Reale a D. Gregorio y este abonaba a Dª. Otilia un porcentaje de lo abonado por la compañía según las peritaciones que había realizado primero del 50% y después desde el 75%.

El precio por peritación que se abona a D. Gregorio lo f‌ija la compañía de seguros(interrogatorio de D. Gregorio y testif‌ical de Dª. Gracia ).

OCTAVO

La empresa Taxare Peritaciones S.L. recibe encargos para peritaciones de las compañías Liberty en Salamanca y para otras compañías como Reale en Valladolid y Burgos.

Las peritaciones que se asignan por Liberty en Salamanca eran los que se encargaban a la actora o a D. Gregorio, se cobran de la compañía por Taxare y luego a quién lo realiza se abona un porcentaje de más del 75%( interrogatorio de D. Alexis y de Dª. Adelaida ).

NOVENO

La actora realiza la actividad de peritación desde su domicilio enviando por correo electrónico los informes que realiza y las facturas. Dispone de medios materiales propios: vehículo, móvil, ordenador (testif‌ical de Dª. Gracia ).

La actora percibía sus retribuciones mediante la emisión de la correspondiente factura mensual en concepto de "siniestros" más IVA del 21%.

La factura incluye según la relación de peritaciones realizadas los honorarios, km, fotos y varios. (acont. 5).

Para Taxare en diciembre de 2021 realiza tres peritaciones dos el día 3 y una el 13 (acont. 6).

Para D. Gregorio ha facturado en enero de 2022 por la asistencia a juicio (acont. 97).

DECIMO

Desde el año 2010 la actora factura a Gregorio y a Taxare Peritaciones SLP aplicando el IVA por los siguientes importes (acont.5).

Gregorio otros

2010 9.098,64€ 294,15€ 0

2011 6.394,9€ 155,86€ 0

2012 15.957,96€ 39,10€ 0

2013 19.160,74€ 402,12€ 527,97€

2014 19.776,51€ 1.417,56€ 247,95€

2015 16.628,26€ 1.340,44€ 430,04€

2016 19.450,43€ 1.953,46€ 350€

2017 24.729,35€ 3.808,99€ 7.467,30€

2018 28.324,94€ 5.509,42€ 2.200,76€

2019 21.955,95€ 6.726,71€ 4.257,92€

2020 28.062,23€ 12.158,51€ 1.687,80€

2021 23.445,91€ 16.336,26€ 3.131,92€

UNDECIMO

La actora ha tenido como clientes a Gabinete Zancajo S.L. a quién factura "siniestros Mapfre"; en 2017 factura una peritación para una empresa en Cádiz; factura a clientes por informes periciales y asistencia a juicio; a f‌inales de 2021 para Arag S.E. (acontecimiento 6).

DUODECIMO

La actora tributa en el IRPF "en rendimientos de actividades económicas en estimación directa" declarando por ingreso íntegros/ gastos f‌iscalmente deducibles (acont. 5):

2011: 6.359,96€/ 2.679,82€

2013: 20.090,83€/ 7.103,52€

2014: 21.442,02€ / 6.689,56€

2015: 18.398,74€/ 8.816,19€

2016: 21.753,89€/ 10.657€

2017: 36.005,64€/ 16.664,81€

2018: 36.035,12€/ 18.002,96€

2019: 32.940,58€/ 14.488,84€

2020: 41.908,54€/ 8.139,99€

DECIMOTERCERO

En una conversación de wasap entre la actora y D. Alexis el 22-12-2021 le pide que le pase la facturación, f‌iniquitamos el mes "como no voy a facturar más"(doc. 7 acont. 91).

En otra conversación del 28 de mayo la actora dice: "me dice Adelaida que te coges de vacaciones la última de agosto. Yo también. A ver como haces con Liberty para atenderlo"(doc. 8 acont.91)

DECIMOCUARTO

El 28-12-2021 la actora remite un correo electrónico a D. Gregorio con el siguiente contenido:

"Reviso y te paso la factura.

No creo que te favorezca difundir que la decisión de dejar el trabajo sea...

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