STSJ Aragón 124/2022, 10 de Marzo de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha10 Marzo 2022
Número de resolución124/2022

S E N T E N C I A Nº 000124/2022

En Zaragoza a 10 de marzo de 2022, habiendo visto los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, constituida por los Ilmos. Sres:

Presidente.

D. Juan Carlos Zapata Híjar, ponente de esta resolución.

Magistrados.

D. Javier Albar García

D. Juan José Carbonero Redondo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Partes del recurso

Recurrente, VALORIZA SERVICIOS MEDIAMBIENTALES, S.A. representada por el Procurador D. MANUEL TURMO CODERE, y asistida del Letrado D. Carlos Escanciano González.

Demandados, el Ayuntamiento de Huesca representado pro la Procuradora Dª. María Nieves Omella Gil y defendido por el Letrado D. Juan Francisco Saenz de Buruaga y Marco y URBASER, S.A. representada por la Procuradora Dª. Sonia Salas Sánchez y asistida por la Letrado Dª. Paula María Piñeiro Ben.

SEGUNDO

Actuación recurrida.

Acuerdo 97/2018, de 5 de octubre de 2018, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial interpuesto por la empresa "URBASER, S.A." frente a la adjudicación del contrato de servicios denominado "Servicio de limpieza viaria de la ciudad de Huesca", promovido por el Ayuntamiento de Huesca.

TERCERO

Procedimiento.

Se interpuso el 3 de diciembre de 2018.

Demanda el 13 de mayo de 2019.

Contestación a la demanda el 11 de junio y 10 de julio de 2019.

Conclusiones de la parte actora el 22 de noviembre de 2019.

Conclusiones de la Administración demandada el 13 de diciembre y 16 de diciembre de 2019.

Se señala nuevo ponente, por jubilación del anterior el 11 de junio de 2021.

Se señaló para votación y fallo el 9 de febrero de 2022 tras el cual quedaron los autos conclusos y vistos para Sentencia.

CUARTO

Cuantía.

7.725.648,21 euros

QUINTO

Pretensiones de la parte recurrente.

Estimación de la demanda y Nulidad del acto recurrido y

  1. ) SE DECLARE EXPRESAMENTE LA VALIDEZ DE LA OFERTA PRESENTADA POR NUESTRA REPRESENTADA, ASÍ COMO, POR ENDE, DEL ACUERDO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE HUESCA, DE 01/08/2018.

  2. ) QUE, SUBSIDIARIAMENTE, SE OTORGUE PLAZO A NUESTRA REPRESENTADA PARA SUBSANACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA EN EL TRÁMITE CONFERIDO DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 73.2 LEY 39/2015 Y CLÁUSULA 9.4 DEL PCAP QUE RIGE LA CONTRATACIÓN.

Resumen de los motivos de impugnación del acto recurrido.

1) De la resolución recurrida se extraen como antecedentes los siguientes.

Con fecha 6 de febrero de 2018 se publicó, en el Diario Of‌icial de la Unión Europea, por tratarse de un contrato sujeto a regulación armonizada, el anuncio de licitación relativo al procedimiento denominado "Servicio de limpieza viaria de la ciudad de Huesca" promovido por el Ayuntamiento de Huesca. Asimismo, se publicó el correspondiente anuncio el 8 de febrero de 2018 en el Boletín Of‌icial de Huesca, y el 13 de febrero de 2018 en el Boletín Of‌icial del Estado. Se trata de un contrato de servicios, tramitado por procedimiento abierto, con varios criterios de adjudicación, y un valor estimado de 14.005.353,72 euros, IVA excluido, estableciendo un plazo de ejecución de 4 años, prorrogable por un año y 6 meses.

El órgano de contratación, el Pleno del Ayuntamiento de Huesca, aprueba la licitación del expediente de contratación mencionado el 31 de enero de 2018 y el Pliego de Prescripciones Técnicas (en adelante, PPT), y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (en adelante, PCAP), de la licitación.

A la licitación concurrieron en plazo siete empresas: - "ACCIONA SERVICIOS MEDIAMBIENTALES, S.A.".

- "ALFONSO BENITEZ, S.A.". - "CESPA COMPAÑÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS AUXILIARES, S.A.". - "PAPSA INFRAESTRUCTURAS, S.A.". - "SEYS MEDIOAMBIENTAL, S.L.". - "URBASER, S.A.". - "VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES, S.A.".

Con fecha 26 de marzo de 2018 se reúne la Mesa de contratación para proceder a la apertura del Sobre "Uno", que contiene la documentación administrativa, de las ofertas presentadas resultando todas ellas admitidas, excepto la oferta presentada por la "FUNDACIÓN SANESVAL".

A continuación, se procedió a la apertura del Sobre "Dos" titulado "Propuesta sujeta a evaluación previa".

Con fecha 24 de abril de 2018, por el Jefe de Servicio de Medio Ambiente, se emite informe técnico considerando que todas las ofertas cumplen con las prescripciones del PPT, y procede a la valoración motivada de las ofertas, según obra en el actuado. El 27 de abril de 2018 se reúne la Mesa de contratación y se da cuenta del mencionado informe asumiendo su contenido, donde se otorga puntuación a las licitadoras respecto de cada uno de los criterios sujetos a evaluación previa y se acuerda excluir a las empresas "SEYS MEDIOAMBIENTAL, S.L." y "ACCIONA SERVICIOS MEDIAMBIENTALES, S.A.", por no haber alcanzado 20 puntos, conforme a lo establecido en el PCAP.

En esa misma fecha se procede en acto público a la apertura del Sobre "Tres" con el resultado que consta en el acta de la Mesa de contratación levantada al efecto. Con fecha 21 de mayo de 2018 se celebra la Mesa de contratación en la que se otorga la puntuación f‌inal a los licitadores y se propone al Ayuntamiento Pleno la adjudicación a la empresa "VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES, S.A.", por ser la oferta que mayor puntuación ha obtenido.

Con fecha 30 de mayo de 2018 el Ayuntamiento Pleno adopta, entre otros, el acuerdo de requerir a "VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES, S.A.", la documentación que exige la ley, entre la que f‌igura la correspondiente al compromiso de adscripción de los medios materiales ofertados para la ejecución del contrato, contenidos en su oferta.

Con fecha 8 de junio de 2018 la citada empresa presenta la documentación requerida para la adjudicación del contrato. En relación al compromiso de adscripción de medios materiales ofertados para la ejecución del contrato contenidos en la oferta, presenta una declaración fechada el 5 de junio de 2018 que literalmente dice: "Que se compromete a dedicar y adscribir para la ejecución del contrato "SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA DE LA CIUDAD DE HUESCA", los medios materiales suf‌icientes para llevarla a cabo adecuadamente, medios que quedan detallados en la oferta".

En relación al compromiso de adscripción de medios personales ofertados para la ejecución del contrato contenidos en la oferta también presenta una declaración de fecha 5 de junio de 2018 de compromiso de subrogación de personal comprometiéndose a subrogar a todo el personal adscrito al Servicio de Limpieza Viaria de la ciudad de Huesca conforme a los dispuesto en la legislación vigente y en el Convenio General del servicio correspondiente y el PCAP.

El Pleno del Ayuntamiento de Huesca, en sesión ordinaria de fecha 1 de agosto de 2018, acuerda adjudicar el contrato de "Servicio de limpieza viaria de la ciudad de Huesca" a la empresa "VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES, S.A.", por presentar la proposición que contiene la oferta económicamente más ventajosa., con 93,02 puntos. La segunda empresa clasif‌icada es "URBASER, S.A.", con 90,75 puntos.

El citado acuerdo de adjudicación del contrato se notif‌icó a los licitadores. No obstante, respecto de la notif‌icación practicada a "URBASER, S.A." se remitió a una dirección errónea ya que se puso como destinatario a la empresa "CLECE", la cual remitió la notif‌icación a dicha empresa el día 23 de agosto de 2018. Ese mismo día "URBASER, S.A." presentó escrito en el Registro Telemático del Ayuntamiento de Huesca explicando lo anterior, dándose por notif‌icado, y solicitando vista del expediente.

El día 24 de agosto de 2018 el Ayuntamiento de Huesca se pone en contacto con "URBASER, S.A" y, mediante correo electrónico, le indica que al haber recibido la notif‌icación de la adjudicación del contrato el día 23 de agosto de 2018, el plazo para la interposición del recurso especial en materia de contratación, en su caso, f‌inalizará el día 13 de septiembre de 2018. Asimismo y respecto de la solicitud de vista del expediente, también se da acceso al mismo en los términos que la ley establece, llevándose a cabo dicho examen por parte de la recurrente el día 30 de agosto de 2018, según obra en el actuado.

Con fecha 11 de septiembre de 2018, don G. A. S., en representación de la empresa "URBASER, S.A.", presenta en el Registro del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, recurso especial en materia de contratación pública contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Huesca de 1 de agosto de 2018, por el que se adjudica el contrato "Servicio de limpieza viaria de la ciudad de Huesca" a la empresa "VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES, S.A.".

2) Por el acuerdo aquí recurrido el TACPA adopta la siguiente decisión:

Estimar parcialmente el recurso especial interpuesto por la empresa "URBASER, S.A.", frente a la adjudicación del contrato denominado "Servicio de limpieza viaria de la ciudad de Huesca" promovido por el Ayuntamiento de Huesca y, en consecuencia, anular el acto impugnado para que se proceda conforme a lo expresado en el Fundamento de Derecho Sexto del presente Acuerdo.

En este fundamento se explica que hay incumplimientos de requisitos técnicos en la oferta de VALORIZA. Y en concreto indica:

"URBASER, S.A." alega que en la oferta técnica presentada por "VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES, S.A." hay incumplimientos de requisitos técnicos exigidos por los pliegos que rigen el contrato, por lo que se le debió excluir de la licitación.

En concreto, aduce el incumplimiento de las jornadas mínimas exigidas en el PPT en determinadas labores de barrido mecánico y baldeo; en particular, señala que: ""VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES, S.A." en su oferta prevé para el servicio de Baldeo mecánico con lava-aceras:

1 equipo...

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