STSJ Comunidad Valenciana 74/2022, 14 de Marzo de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución74/2022
Fecha14 Marzo 2022

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CIVIL Y PENAL

VALENCIA

NIG nº. 03133-42-2-2020-0007954

Apelación de resoluciones del art. 846 ter LECrim nº. 000055/2022-B

Audiencia Provincial de Alicante. Procedimiento abreviado nº. 109/2021

Juzgado de Instrucción nº. 4 de Torrevieja. Procedimiento abreviado nº. 1616/2020

SENTENCIA Nº 74/2022

Excma. Sra. Presidenta

Dª. María Pilar de la Oliva Marrades

Ilmos. Sres. Magistrados

D. José Francisco Ceres Montés

Dª. M.ª Pía Calderón Cuadrado

En la Ciudad de Valencia, a catorce de marzo de dos mil veintidós.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha visto el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia núm. 762/2021, de 28 de octubre, dictada por la Audiencia Provincial de Alicante, Sección séptima, en el rollo de Sala núm. 109/2021 dimanante del Procedimiento abreviado núm. 1616/2020, instruido por el Juzgado de Instrucción número Cuatro de Torrevieja.

Han sido partes en el recurso:

* Como recurrente, el acusado y condenado en la instancia, D. Bernabe, representado por el Procurador de los Tribunales D. Vicente Giménez Viudes y defendido por el Letrado D. Aitor Esteban Gallastegui.

* Y como parte recurrida, y por tanto en concepto de apelado, el Ministerio Fiscal.

Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. M.ª Pía Calderón Cuadrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Sección séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Alicante se dictó, en el Rollo de Sala núm. 109/2021 -dimanante del Procedimiento abreviado núm. 1616/2020 del Juzgado de Instrucción núm. Cuatro de Torrevieja-, la Sentencia núm. 762/2021, de 28 de octubre, en la que se declararon probados los siguientes hechos:

" HECHOS PROBADOS

  1. - Bernabe, mayor de edad, de nacionalidad española, con DNI NUM000 y con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia al haber sido ejecutoriamente condenado en virtud de Sentencia firme de fecha 31 de mayo de 2016 dictada por la Ilma. Audiencia Provincial de Murcia sección 3ª, por el delito de tráfico de drogas sustancias que causan grave daño a la salud a la pena de 2 años de prisión (suspendida en fecha 31 de mayo de 2016 durante cuatro años y seis meses) se dedicaba entre los meses de septiembre a diciembre de 2020 a la venta de MDMA, SPEED, KETAMINA, 2C-B, PSILOCINA Y CANNABIS.

  2. - Agentes pertenecientes al Grupo de Estupefacientes de la Comisaría Local de Elche del Cuerpo Nacional de Policía realizaron diversos seguimientos y vigilancias a Bernabe, constatando que éste realizaba actos de venta de las mencionadas sustancias tanto en la vía pública, contactando previamente con los compradores y trasladándose el acusado en su vehículo al domicilio de los mismos, como en dos viviendas sitas en la CALLE000 n.º NUM001 de la localidad de Torrevieja y en la situada en la CALLE001 n.º NUM002 de la Hoya en Elche. También acudía con asiduidad a la vivienda de su amiga Begoña sita en la Partida Derramador Polígono NUM003, n.º NUM004 (viveros) en Elche.

  3. - En concreto, el día 28 de octubre de 2020, sobre las 22:15 horas vendió a Celestina un envoltorio de cannabis con peso neto de 1,64 gr y 9,6% de pureza y a Inocencio un envoltorio con anfetamina con peso neto de 1,32 gr y pureza del 31,5 %, venta realizada en la vivienda sita en la CALLE001 n.º NUM002 de la Hoya (Elche) ; y el día 28 de octubre de 2020 sobre las 21:00 horas vendió a Julio un envoltorio de ketamina con peso neto de 0,43 gr y un 21,5% de pureza, en el mismo domicilio de la Hoya de Elche.

  4. - Para trasladarse por la zona y proceder a la venta de la droga Bernabe utilizaba el vehículo Dacia Dokker matrícula ....QDW.

  5. - El 6 de noviembre de 2020 Bernabe fue detenido cuando se disponía a entrar en el trastero de la vivienda sita en la CALLE000 n.º NUM001 de Torrevieja portando un bolso bandolera en cuyo interior había mil euros y una agenda color rosa que contenía anotaciones relacionadas con su ilícita actividad; entre otros aparecía las siguientes anotaciones: pastillas " 3700 leones" y " 4613 leones".

  6. - Ese mismo día 6 de noviembre Bernabe autorizó el registro de las viviendas de Torrevieja ( CALLE000) y La Hoya ( CALLE001), con el siguiente resultado:

    En la CALLE000 n.º NUM001 de Torrevieja (Alicante) se encontró:

    - en el congelador: 4 bolsas con peso bruto total de 157 gr con sulfato de anfetamina

    - en la mesa del salón: bolsa con polvo verde que son pastillas de éxtasis machacadas con peso de 3, 3 gr., bolsa con polvo marrón que son pastillas de éxtasis machacadas con peso de 2,7 gr., envoltorio tipo bomba color verde con sustancia en roca y polvo de color blanca, speed, con pso de 0,9 gr; bolsita de plástico con pastilla de color naranja de éxtasis, con peso de 0,9 gr., dos setas alucinógenas con 0,3 gr., báscula de precisión.

    - en el congelador dentro de la bolsa que se encuentra abierta de arroz congelado, una bolsa con un peso de 63 gr de sulfato de anfetamina.

    - en el dormitorio: bolsa pastillas de color verde con peso de 388 gr. y cada pastilla 0,36 gr (total de 1008 pastillas de éxtasis).

    - en el trastero n.º NUM005 de la la CALLE000 n.º NUM006 en Torrevieja:

    - en un congelador: 41,82 gr de speed líquido, 3 básculas de precisión, bote líquido cristalino Ketolar 50 mg, bote de cápsulas blancas y amarillas vacías, bote sustancia blanca donde pone cafeína, con peso bruto de 1,2 kg.

    En la CALLE001 n.º NUM002, Puerta NUM007, La Hoya (Elche):

    -17 billetes de 50 €, 12 de 20 €. 4 de 10 €, total 1.140 € que proceden de la venta de sustancias estupefacientes

    - 23 gr. de speed, bolsa con 41 gramos de speed, bolsa de 32, 90 gr de speed

    - bolsa con pastillas de éxtasis con peso de 57 gr (121 pastillas)

    - bote con speed, con peso de 16,79 gr

    - Envoltorio tipo bomba con speed peso 5,4 gr.

    - bolsa con pastillas de éxtasis de color rosa con peso de 23,77 gr., cada una pesa 0,5 gr.

    - bolsa con pastillas de color verde peso total de 31,32 gr. y cada una con peso de 0,33 gr.

    - bolsa pastillas de éxtasis color marrón peso total 30,9 gr, cada una 0,40 gr

    - bolsa sustancia polvo marrón, anfetamina, cristal peso 19,97 gr

    - bolsita con 3 pastillas de éxtasis de colores morado, rosa y gris y dos amarillas

    - 16 gr de marihuana en cogollos y básculas de precisión

  7. - Los agentes encargados de la investigación hicieron entrega de las sustancias estupefacientes intervenidas en las dependencias del Área de Sanidad de la Subdelegación del Gobierno de Alicante, que una vez analizadas arrojaron el siguiente resultado: 8494ca9d-0ba9-42fa-92a1-7cc2898e5a36_001.png

  8. - Analizadas las sustancias, su peso calculado según porcentaje de pureza, es de 218,66 gr de MDMA 100% puro y 23,45 gr de anfetamina pura. El valor de mercado de la droga es de 29.724,88 €.

  9. - Bernabe tenía escondido un alijo de sustancias estupefacientes que ocultaba semienterrado en las inmediaciones del domicilio de su amiga Begoña sito en Partida Derramador Polígno NUM003, n.º NUM004 (viveros) de Elche; el día 3 de diciembre de 2020, un trabajador encontró por casualidad el alijo escondido: una bolsa negra y dentro dos tuppers; en cada tupper aparecía escrito: 3700 LEONES (en uno) y 4613 LEONES (en el otro). Esta descripción relativa a los " leones" coincide exactamente con la anotación que aparece en la agenda intervenida a Bernabe en el momento de su detención.

    Dentro de los tuppers se hallaban:

    - 13 envoltorios con comprimidos verdes (MDMA) con un peso bruto de 2.138 gr.

    - 77 envoltorios con restos de sustancia blanca (anfetamina) con un peso bruto de 666 gr.

  10. - Una vez analizadas, las sustancias resultaron ser: 8494ca9d-0ba9-42fa-92a1-7cc2898e5a36_002.png

    9- Analizadas las sustancias, su peso calculado según porcentaje de pureza es de 804,03 gr de MDMA 100% puro y 2,14 gr de anfetamina 100% pura. Su valor de mercado es de 85.320 euros el MDMA y 145,04 euros la anfetamina".

    Después de exponer los Fundamentos de Derecho que estimó procedentes, el Fallo de la Audiencia fue del siguiente tenor:

    " FALLAMOS

    1. QUE DEBEMOS CONDENAR Y CONDENAMOS Bernabe como autor de un DELITO CONTRA LA SALUD PUBLICA de sustancia que causa grave daño a la salud, en cantidad de notoria importancia, concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia a la pena de OCHO AÑOS DE PRISIÓN, accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de 230.000 euros, con pago de las costas procesales.

    2. QUE DEBEMOS ABSOLVER Y ABSOLVEMOS LIBREMENTE A Begoña del delito de tráfico de drogas del que venía acusada sin imposición de costas, déjense sin efecto las medidas cautelares que pesaban sobre ella.

    Abónese a la pena de prisión el tiempo de prisión provisional del acusado Bernabe.

    Se acuerda el comiso y destino legal de las sustancias estupefacientes aprehendidas, así como del dinero, vehículo y los restantes efectos intervenidos, que se relacionan en el relato de hechos probados de esta sentencia".

SEGUNDO

Contra la referida sentencia y con fecha 24 de noviembre de 2021 se interpuso recurso de apelación por la representación procesal del acusado, allí condenado, D. Bernabe.

La pretensión impugnatoria se plantea sobre la base de una triple alegación: la primera, "por aplicar el agravante de notoria importancia, del art. 369.1.5º del Código Penal, cuando la sustancia que la generaría no pertenece a mi representado"; la segunda, "error en la apreciación de la prueba, respecto a la inobservancia de la apreciación de las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, correspondiente a la atenuante por toxicomanía"; y la tercera, "vulneración del principio de proporcionalidad, condenar por el delito de tráfico de drogas a una pena en una extensión desproporcionada a la...

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