STSJ Andalucía 76/2022, 16 de Marzo de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución76/2022
EmisorTribunal Superior de Justicia de Andalucía (Granada), sala civil y penal
Fecha16 Marzo 2022

SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA

SECCIÓN APELACIÓN PENAL.

REAL CHANCILLERIA, PLAZA NUEVA S/N, GRANADA

Tlf.: 662977340. Fax: 958002718

NIG: 0401343220180007975

RECURSO: Apelación resoluciones del art. 846 ter LECrim 244/2021

Negociado: SE

Proc. Origen: Procedimiento Sumario Ordinario 13/2020

Juzgado Origen : SECCIÓN Nº 2 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA

Apelante: Jorge

Procurador : MARIA PASTORA RELAÑO DE HOCES

Abogado : ANTONIO RAFAEL RELAÑO DE HOCES

Apelado: MINISTERIO FISCAL

S E N T E N C I A NUM. 76/2022

ILMO. SR. PRESIDENTE:.............................)

  1. JOSÉ MANUEL DE PAÚL VELASCO.......)

    ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:..................)

  2. JULIO RUIZ-RICO RUIZ-MORÓN............)

  3. MIGUEL PASQUAU LIAÑO.......................)

    En la ciudad de Granada a dieciséis de marzo de dos mil veintidós.

    Apelación penal n.º 244/2021

    Ponente: Sr. de Paúl Velasco

    Vistos en grado de apelación por la Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados al margen relacionados, el precedente Rollo de apelación n.º 244/2021 y autos originales de procedimiento ordinario n.º 3/2019, seguidos ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería, -rollo n.º 13/2020- procedentes del Juzgado de Instrucción n.º 5 de dicha capital por delitos de abusos sexuales, difusión de pornografía a menores, elaboración de pornografía infantil, embaucamiento de menores con fines sexuales y revelación de secretos.

    Es parte apelante el acusado Jorge, representado por la procuradora D.ª Pastora Relaño de Hoces y defendido por el abogado D. Antonio Rafael Relaño de Hoces. Es parte apelada el Ministerio Fiscal, representado por la Ilma. Sra. D.ª Déborah. Díaz-Jiménez Triviño.

    Es ponente el Magistrado D. José Manuel de Paúl Velasco, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero .- Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

Segundo.- En fecha 19 de marzo de 2021 se dictó sentencia por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería en la referida causa, cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente:

El procesado, Jorge, mayor de edad, nacido el NUM000/1989, con DNI NUM001, sin antecedentes penales, privado de libertad por esta causa desde el 25 de Abril de 2018 hasta el 26 de Abril de 2020, fue monitor deportivo infantil de baloncesto (y ocasionalmente de padel) del club DIRECCION000 (Club Deportivo DIRECCION001) entre los años 2016 y 2018. Con motivo de las competiciones de padel y con ocasión de partidos, conoció a diversos menores de edad, cuyas edades oscilaban entre los 12 y los 17 años.

Realizando su actividad deportiva el acusado genero lazos de confianza con los menores y los amigos de estos, llevándolos a los campeonatos haciéndose cargo de ellos, con la aquiescencia de sus padres que creyeron les cuidaría, razón por la que les solicito a los menores sus teléfonos y datos de contacto para poder chatear por las aplicaciones Whatsapp y el Direct de Instagram.

En ese contexto, con fines exclusivamente libidinosos, el acusado cometió los siguientes hechos con varones de cuya minoría de edad tenía perfecto conocimiento:

  1. Luis Francisco (nacido el NUM002/2002)

    Jorge se encontró con Luis Francisco, también llamado por este como " Luis Francisco DIRECCION007" en un partido de padel en el año 2017, momento en el que contactó con este a través de la red social Instagram y Whatsapp, medios en los que inició y creó conversaciones de temática y excitación sexual con el mismo.

    Entre el año 2017 y el 10 de Abril de 2018, el procesado le pidió fotografías de su pene insistentemente, imágenes sexuales de otros menores y vídeos masturbándose, razón por la que se sintió presionado, siendo así que el 30 de Marzo de 2018 a través de Whatsapp le solicitó una foto de sus genitales, mandándole hasta 4 fotos del mismo carácter con el propósito que Luis Francisco viera normal el intercambio de archivos. Cuando el menor accedió, le instó nuevamente para que le mandara otra foto, pero esta vez metiéndose algo en el culo, petición que no aceptó.

    Cuando Jorge recibió ese día los archivos de Luis Francisco (un total de 3 fotos y dos videos sexuales) le dijo "tienes un pollón y quiero chuparlo ya" proponiéndole quedar para hacerlo y chuparle su pene porque lo ha hecho con otros menores y lo han pasado bien. Sin cesar su propósito de concertar un encuentro, el 8 de Abril de 2018 le dijo: "¿ No quieres ni verme? ¿No te gustaría cogérmela y chupármela? A mí la tuya sí, te dejaría que me hicieras lo que quisieras." sin que el menor consintiera quedar físicamente con el.

  2. Eliseo (nacido el NUM003/2003)

    El procesado conoció a Eliseo, " Eliseo DIRECCION008" en un partido de padel que el menor disputó en el DIRECCION000 en fecha no concretada pero en todo caso con anterioridad a mayo de 2016, instante en el que le pidió jugar de pareja con este, solicitándole su Instagram y número de teléfono para chatear por WhatsApp.

    Desde dicha fecha, el procesado comenzó a ganarse la confianza del menor hablando con el diariamente por la aplicación WhatsApp, donde le decía que le haría regalos que finalmente le entregaba tales como: suplementos alimenticios, peces, dinero... y pasando momentos juntos en cada torneo que jugaban, motivo por el que las conversaciones telefónicas mantenidas asiduamente tomaron, por voluntad del procesado, un matiz sexual, insistiéndole -mediante el envío de incesantes mensajes de Whats- en quedar para materializarlas.

    Desde el 2017 hasta el 8 de Abril de 2018, el procesado le instó a través de WhastApp para que le mandara fotos de su pene de manera insistente llegando a enfadarse si no accedía, razón por la que el menor le facilitó las imágenes de sus genitales y videos masturbándose.

    Con ocasión de los torneos que disputaban, durmieron en sendas ocasiones en el domicilio de la abuela del procesado sito en la localidad de DIRECCION002, siendo así que en más de dos ocasiones le pidió al menor que se bajara los pantalones y le masturbó hasta eyacular, solicitándole acto seguido que le practicara una felación, a lo que el menor se negó.

  3. Germán (nacido el NUM004/2001)

    El procesado entabló relación con Germán, también conocido por Jorge como " Germán DIRECCION009" y por otros menores " Germán de DIRECCION003", en el año 2012 cuando era su entrenador de baloncesto por las tardes. Desde dicha fecha mantuvieron un contacto constante ganándose su confianza hasta tal punto que desde finales del año de 2016, el procesado dirigió con normalidad las conversaciones que mantenían a la temática sexual.

    En fecha no concretada pero en todo caso con anterioridad al mes de abril de 2017 le solicitó al menor fotos de sus órganos genitales y videos de prácticas sexuales así como imágenes de su hermano de 11 años de edad desnudo, intercambiándole el procesado al mismo tiempo fotos y videos de su pene y de otros menores no concretados en el curso de la instrucción, razón por la finalmente Germán accedió a su petición, mandándole fotos de sus órganos genitales propias cada vez que se las solicitaba.

    En el mes de Enero de 2018, tras la insistencia del procesado, tuvieron un encuentro en el Pub DIRECCION004 de la localidad de DIRECCION003, lugar donde llevó al menor al cuarto de baño, y pese a que este último no quería, prevaliéndose de la confianza y superioridad que sobre el tenía, le metió los dedos por el ano, le hizo una felación y le conmino para que también se la realizara al procesado. Desde dicha fecha intentó volver quedar con el menor, sin que consintiera.

    Entre el 4 de Marzo y el 20 de Abril de 2018, el procesado, vulnerando la intimidad del infante, envió al menor Modesto y a Nicolas una foto del pene de Germán, que previamente le había mandado este el 4 de Marzo de 2018 sin que en ningún momento le diera permiso para reenviarlas a ninguna otra persona.

  4. Modesto (nacido el NUM005/2001)

    El procesado, conoció a Modesto en el año 2008, debido a que ambos residían en el mismo pueblo, lo que propició que sus padres se conocieran, pasaran tiempo juntos desde la infancia del menor, jugaran al pádel y al tenis y le permitieran debido a la familiaridad que mantenían que cuando no podían acompañar al menor a los torneos fuese Jorge el que lo hiciera personalmente.

    Los lazos se estrecharon desde el año 2014, fecha en la que inició un contacto continuo a través de la aplicación WhatsApp con Modesto, donde inició múltiples conversaciones sexuales con el fin de crear un clima erótico.

    Tratando que el menor viese normal el intercambio de archivos de naturaleza sexual, entre el año 2014 y 2015 le mando" en numerosas ocasiones fotos de su pene erecto, solicitándole acto seguido imágenes y videos de sus órganos genitales, logrando así que el menor le remitiera los citados archivos, que en ningún momento consintió que reenviara a ninguna otra persona. El procesado entre el 1 y el 13 de Abril de 2017 le envió una imagen íntima de Germán, también conocido como Germán de DIRECCION003.

    Entre el año 2014 y 2015, el acusado, después de los torneos de pádel a los que acudía como monitor deportivo y responsable de Modesto, cuando dormían en la misma habitación, ya fuera en los hoteles donde se disputaban las competiciones o en la casa de la abuela del procesado sita en la localidad de DIRECCION002, le propuso mantener relaciones sexuales, al tiempo que le hacía ver videos pornográficos, hasta en cinco ocasiones, siendo que en todas estas el procesado le masturbó, y en una ocasión Modesto, a petición del acusado, le practicó una felación a este.

  5. Luis Enrique (nacido el NUM006/2001)

    El procesado se acercó en el año 2013 a Luis Enrique en un torneo de padel. Debido a este deporte y a la amistad común de ambos con Eliseo, comenzaron a chatear desde dicha fecha a...

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