SAP Barcelona 911/2022, 31 de Mayo de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución911/2022
Fecha31 Mayo 2022

Sección nº 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Calle Roger de Flor, 62-68 - Barcelona - C.P.: 08071

TEL.: 938294451

FAX: 938294458

EMAIL:aps15.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0801947120188019306

Recurso de apelación 830/2022 -3

Materia: Incidente

Órgano de origen:Juzgado de lo Mercantil nº 08 de Barcelona

Procedimiento de origen:Incidente concursal impugnación inventario /lista de acreedores ( art.300 LC ) 78/2019

Entidad bancaria BANCO SANTANDER:

Para ingresos en caja. Concepto: 0661000012083022

Pagos por transferencia bancaria: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274.

Beneficiario: Sección nº 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Concepto: 0661000012083022

Parte recurrente/Solicitante: AGÉNCIA TRIBUTÀRIA

Procurador/a:

Abogado/a:

Parte recurrida: BURLINGTON LOAN MANAGEMENT DAC, BNFIX Pich i domenech insolvency practitioner SLP , NOVA SANTA SUSANA, S.A.

Procurador/a: Rafael Ros Fernandez, Alberto Inguanzo Tena, Mª Carmen Fuentes Millan

Abogado/a: ALBERTO VENEGAS LUPIÁÑEZ, BORJA FERNÁNDEZ DE TROCÓNIZ

Cuestiones: Calificación de créditos. Derivación de responsabilidad tributaria a la concursada.

SENTENCIA NÚM. 911/2022

Composición del Tribunal:

JOSÉ MARÍA RIBELLES ARELLANO

MANUEL DÍAZ MUYOR

MARTA CERVERA MARTÍNEZ

En Barcelona, a treinta y uno de mayo de dos mil veintidós.

Apelante: AEAT

Apelada: NOVA SANTA SUSANA SA.

Resolución recurrida: sentencia

- Fecha: 12 de marzo de 2020

- Demandante: administración concursal de NOVA SANTA SUSANA SA.

- Demandado: AEAT y BANKIA, S.A.

ANTECEDENTES

FÁCTICOS

PRIMERO

La parte dispositiva de la resolución de la resolución recurrida es del siguiente tenor: " Estimo en parte las pretensiones materiales deducidas en la demanda incidental interpuesta por la deudora que ha dado lugar a la formación del presente incidente y en consecuencia:

  1. La totalidad del crédito concursal que la Agencia Estatal de la Administración Tributaria tiene reconocido en este concurso, por importe total de 573.070'54 euros, habrá de ser clasificada en este momento procesal como condicional y subordinado.

  2. El crédito concursal que la sociedad Bankia S.A. tiene reconocido en este concurso, dimanante de las operaciones de préstamo con garantía hipotecaria con números 1437298172 y 1437295202, habrá de ser clasificado en este momento procesal como contingente.

  3. Desestimo la demanda incidental en todo lo demás

  4. No procede realizar mención especial sobre las costas procesales de este incidente, debiendo cada parte abonar las costas procesales causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Frente a dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por parte de la Abogacía del Estado en representación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. De dicho recurso se dieron los traslados correspondientes y se elevaron las actuaciones a esta Sección 15 de la Audiencia Provincial que señaló como fecha para su deliberación y fallo el día 12 de mayo.

Magistrado ponente: Manuel Díaz Muyor.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Partes y acciones que se ejercitan.

  1. La parte actora es la mercantil NOVA SANTA SUSANA, S.A., declarada en concurso necesario por auto de fecha 29 de marzo de 2019, a instancias de BURLINGTON LOAN MANAGEMENT

  2. BNFIX PICH I DOMENENCH INSOLVENCY PRACTTIONERS S.L.P. es la administración concursal de la mercantil NOVA SANTA SUSANA, S.A., designada en el mencionado auto por el juez del concurso.

  3. La concursada impugna la lista de acreedores elaborada...

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