STSJ País Vasco 48/2022, 10 de Junio de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución48/2022
Fecha10 Junio 2022

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO SALA DE LO CIVIL Y PENAL

EAEko AUZITEGI NAGUSIA

ARLO ZIBILEKO ETA ZIGOR-ARLOKO SALA

BILBAO

BARROETA ALDAMAR, 10-1ª planta - C.P./PK: 48001

TEL.: 94-4016654 FAX: 94-4016997

Correo electrónico/ Helbide elektronikoa: tsj.salacivilpenal@justizia.eus / an.zibilzigorsala@justizia.eus

NIG PV / IZO EAE: 48.02.1-18/004532

NIG CGPJ / IZO BJKN: 48013.43.2-2018/0004532

Rollo apelación penal/ Zigor-arloko apelazioko erroilua 56/2022

EXCMO. SR. PRESIDENTE: D. IGNACIO JOSE SUBIJANA ZUNZUNEGUI

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. ROBERTO SAIZ FERNÁNDEZ

D. MANUEL AYO FERNÁNDEZ

En Bilbao, a diez de junio de dos mil veintidós.

La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, integrada por los Magistrados arriba indicados, en el Rollo apelación penal 56/2022 en virtud de las facultades que le han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, ha pronunciado la siguiente

S E N T E N C I A N.º 48/2022

En el recurso de apelación interpuesto por la procuradora D.ª NAIARA ELORRIETA ELORRIAGA, en nombre y representación de Jose Ignacio, bajo la dirección letrada de D. JUAN CARLOS BUSTOS ARRIBAS, contra sentencia de fecha 28 de marzo de 2022, dictada por la Audiencia Provincial de Bizkaia. Sección Primera en el Rollo penal ordinario 28/2020, por el delito de Lesiones.

Ha sido ponente el Ilmo. Sra. D. ROBERTO SAIZ FERNÁNDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Audiencia Provincial de Bizkaia. Sección Primera dictó con fecha 18/03/2022 sentencia 14/2022 cuyo fallo dice textualmente:

" HECHOS PROBADOS

Sobre las 02:00 horas del día 4 de agosto de 2018, el perjudicado D. Carlos Manuel transitaba por la calle Juan de Garay de la localidad de Barakaldo, cuando por circunstancias no exactamente determinadas, salió corriendo siendo perseguido el encausado D. Jose Ignacio (mayor de edad con DNI NUM000 y con antecedentes penales no computables), lo que motivó que aquél que refugiara en el interior del Bar Urbi, de la calle Zaballa, hasta donde el encausado le persiguió, se quedó en el exterior de la puerta, y donde permaneció al acecho del perjudicado armado con una copa de cristal -de las conocidas como de balón- que había cogido de una de las mesas exteriores del local.

Pasado un breve momento, D. Carlos Manuel, se asomó al exterior por la puerta del local al conminársele a abandonarlo, preciso instante, en el que el encausado, con ánimo de menoscabar su integridad física, y a corta distancia, le lanzó con fuerza y de manera directa, la citada copa de cristal a la cara, rompiéndosela en la zona del ojo izquierdo.

Como consecuencia de la agresión descrita el perjudicado sufrió las siguientes heridas:

* Perforación ocular izquierda (laceración cornea lumbar que se continua con laceración conjuntiva temporal. Desviación pupilas y salida de iris por laceración. Catarata traumática).

* Heridas en párpado superior izquierdo y en ceja izquierda.

Estas heridas fueron tributarias de una primera asistencia médica y quirúrgica, el mismo día de los hechos en el Hospital de Cruces, consistente en exploración física y por especialista en oftalmología. En quirófano se sutura las heridas oculares (herida incisa escleral temporal, con Vicryl 7/0, herida córnea periférica con Nylon 100). Sutura de heridas de ceja y párpado superior izquierdo con Vicryl 6/0. El perjudicado permaneció ingresado y con buena evolución un día, siendo dado de alta domiciliaria el día 5 de agosto de 2018, con tratamiento farmacológico adecuado.

Además de esta primera asistencia, el perjudicado precisó para su curación de posterior tratamiento médico y quirúrgico, consistente en:

- Realización de controles oftalmológicos periódicos (6, 7, 8, 14, y 20 de agosto de 2018).

* El 9-10-18 se produce desprendimiento de retina inferior con proliferación vítor retiniana. El 10-10-18 se realiza Ecografía Oftálmica.

* El 23-10-18 se procede a la reparación quirúrgica con cerclaje escleral, endoláser, silicona y

aspiración de masas. Evolución favorable. Es dado de alta domiciliaria con tratamiento farmacológica.

* El 18-12-18, el perjudicado acude por disminución de la agudeza de visión de cerca, se le realiza exploración.

* El 20-12-18. acudió por pérdida de lente de contacto (LC). Se implanta LC.

* El 3-1-19, se le diagnóstico de Hipertensión ocular de ojo izquierdo (HTO OI). Se le pone tratamiento farmacológico.

- El 15-1-19, consulta por molestias de ojo izquierdo (en adelante OI), ojo rojo. Se cambió medicación, pendiente de extracción de aceite de silicona.

* El 21-1-19, consulta por molestias en OI. Posible pérdida de LC. Se confirma caída de LC y se coloca LC.

* El 5-219 intervención quirúrgica para la extracción de la silicona e inyección de gas en OI.

* El 17-2-19 acude por dolor en OI. Se diagnóstica de Hipertensión intraocular ojo izquierdo.

* El 4-3-19 acudió a urgencias por ojo rojo. Diagnóstico HTO OI.

* El 6-3-19 acudió por dolor persistente que no cede con tratamiento. Impresión diagnóstica glaucoma secundario. Se remite a unidad de glaucoma para valoración de intervención quirúrgica.

* En fechas 9, 19, 23 y 24 de marzo de 2019, el perjudicado acudió a urgencias por dolor en OI, perdidas

de LC. Fue preciso de reajustes de medicación HTO OI y recolocaciones de LC.

* El 25-3-19 se interviene quirúrgicamente OI con implantación de válvula de AHMED por diagnóstico de glaucoma traumático, con anestesia peribulbar más sedación (se realiza inyectando el fármaco anestésico alrededor de la línea del globo ocular).

- El 5-4-19 el perjudicado fue derivado por Médico de Atención Primaria a CSM de Ajuriaguerra. Es diagnosticado de sintomatología asociada a Trastorno de estrés postraumático.

Realiza seguimiento y consultas de manera periódica hasta el 10-9-19, que se informa que no precisa de tratamiento farmacológico. realizándose seguimiento cuando sea preciso.

* El 8-4-19 acude por visión borrosa en ojo derecho. No se aprecia patología oftámica aguda.

* El 9-4-19 se realiza Biomiscroscopia (en adelante BMC) de OI. Se comprueba que el tubo está en posición correcta, PIO: OI 22 mmHg. Continúa con Tibradex/8. Revisión en dos semanas.

* El 16-4-19, suturas bien, PIO OI 20mmHg, continúa con Tobradex /8h y Arteoptic /12 h. Revisión 2semanas.

* El 30-4-19 (BMC) de OI buen aspecto. Retirada de puntos. PIO 01: 16 mmHg. Continua con Tobradex

/8h y Arteoptic 12/h. Revisión en dos semanas.

* El 14-5-19 (BMC) de OI buen aspecto, inflamación disminuyendo. Puede comenzar con adaptación de lente de contacto de día, de uso esporádico. Revisión en dos semanas.

* El 28-5-19 (BMC) de OI, tubo con cámara anterior estable. PIO OI 17 mmHg. Fondo de ojo (FO):

retina adaptada, aspecto de pliegues de mácula. Tobradex 8/h y Arteoptic /12 h. Revisión en dos semanas.

* El 11-6-19, al ir disminuyendo el corticoide, comienza con ojo rojo por lo que acude a urgencias. PIO OI 17 mmHg. Se cambia a Maxidex /12 h. Sospecha de corticoide dependencia. Revisión en 4 semanas.

* El 24-6-19 FO OI: pliegues en retina adaptada. PIO OI 21 mmHg.

* El 9-7-19 (BMC) OI: implante valvular bien. PIO 01 16 mmHg. Seguir con Maxidex 12/h. Arteoptic mientras esté con corticoide.

* El 8-8-19, el perjudicado solicitó nueva cita en psiquiatría, siendo visto el 10-9-19, informándose de

síntomas esporádicos de flashbacks y crisis de ansiedad puntual. Con esta fecha es dado de alta en psiquiatría y continúa con seguimiento por Médico de Atención Primaria.

* El 8-10-19 consulta en oftalmología. (BMC) de OI cápsula sobre válvula, algo química, pero sinocasionar molestias. Tubo en cámara anterior alejado de córnea y libre. PIO OI 20mmHg. (FO): retina adaptada. Se ajusta medicación sintomática oftálmica. Próxima revisión en dos meses.

El perjudicado cursó baja laboral desde el 4-8-18 hasta el 2-10-18, siendo nueva baja laboral el 4-10-18 hasta el alta laboral el 12-06-2019.

El perjudicado tuvo un día de ingreso hospitalario (4-8-18). Se le practicaron las siguientes cirugías:

- 4-8-18 sutura de las heridas oculares. Ingreso hospitalario de 1 día.

* 23-10-18, se procede a la reparación quirúrgica del desprendimiento de retina. Se realiza cerclaje escleral, endoláser, silicona y aspiración de masas. Se realiza con anestesia local junto a sedación. Buena evolución. Alta a domicilio.

* 5-2-19, intervención quirúrgica para extracción de silicona e inyección de gas en OI. Se realiza con

anestesia local mas sedación. Alta a domicilio.

* 25-3-19, se interviene quirúrgicamente OI con implantación de válvula de AHMED para tratamiento de glaucoma traumático. Anestesia peribulbar (loco-regional, alrededor del globo ocular) mas sedación. Alta a domicilio.

El estado del perjudicado a día de 25/02/2020, es el siguiente:

- Agudeza visual: de lejos sin corrección.

  1. D.= 1

    OI. = visión de bultos sin corrección. Con lente de contacto ve alguna letra torciendo la cabeza y con importantes metamorfosias (distorsiones). - Biomiscroscopia:

  2. D.= normal.

  3. I. =presencia de cicatrices corneoesclerales. Afaquia (ausencia de cristalino). Rotura de Viridiana 180° con desinfección de la raíz del iris e iridodiálisis. Válvula de Ahmed en zona temporal superior con tubo en área de rotura Viridiana.

    -Fondo de ojo OD. = normal.

    OI. = cicatrices retinianas con pliegues y áreas de fibrosis.

    -Campimetría:

    O.D.= normal.

    OI = defecto difuso severo y retracción concéntrica del campo por las cicatrices retinianas.

    Así, dada la baja agudeza visual espontánea en posición primaria, las metamorfosis (distorsiones visuales), el deslumbramiento persistente por la rotura Viridiana y la alteración del campo visual, el ojo izquierdo funcionalmente no es válido , y además existe un alto riesgo de complicaciones futuras dado las cirugías practicadas en él.

    A nivel psíquico, el perjudicado presenta síntomas esporádicos...

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