ATS 20435/2022, 14 de Junio de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha14 Junio 2022
Número de resolución20435/2022

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Penal

Auto núm. 20.435/2022

Fecha del auto: 14/06/2022

Tipo de procedimiento: CUESTION COMPETENCIA

Número del procedimiento: 20133/2022

Fallo/Acuerdo:

Ponente: Excmo. Sr. D. Andrés Martínez Arrieta

Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Dolores De Haro Lopez-Villalta

Transcrito por: GM

Nota:

CUESTION COMPETENCIA núm.: 20133/2022

Ponente: Excmo. Sr. D. Andrés Martínez Arrieta

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Dolores De Haro Lopez-Villalta

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

Auto núm. 20435/2022

Excmos. Sres.

D. Andrés Martínez Arrieta

D. Andrés Palomo Del Arco

D. Leopoldo Puente Segura

En Madrid, a 14 de junio de 2022.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Andrés Martínez Arrieta.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Con fecha 8 de febrero de 2022 se recibió en el Registro General del Tribunal Supremo exposición y testimonio de las Diligencias Previas 135/2018 del Juzgado Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Astorga planteando cuestión de competencia negativa con el de igual clase n.º 26 de Madrid, Diligencias Previas 2170/2021, acordando por providencia de 2 febrero de 2022, formar rollo, designar Ponente al Excmo. Sr. D. Andrés Martínez Arrieta así como solicitar testimonio de particulares. Por diligencia de ordenación de 2 marzo de 2022, por recibido el testimonio requerido, se da el traslado al Ministerio Fiscal.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal por escrito presentado el 29 de marzo de 2022, dictaminó: "[...] procede resolver la cuestión de competencia negativa planteada a favor del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Astorga. [...]"

TERCERO

Por providencia de fecha 11 de mayo de 2022 se acordó, siguiendo el orden de señalamientos establecido, fijar la audiencia del día 8 de junio para deliberación y resolución, lo que se llevó a efecto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- La presente cuestión de competencia ha de determinar el órgano competente para conocer de la instrucción de unos hechos consistente en la averiguación de unos hecho, en principio, constitutivos de un delito de estafa, falsedad documental y usurpación de estado civil. La conducta denunciada consiste en la suplantación realizada en el cambio de titularidad de un vehículo que se pone a nombre de una persona que no ha intervenido en los hechos presentando la documentación en la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid, Delegación de Alcalá de Henares, por un vehículo que ha sido localizado en Astorga.

De conformidad con el informe del Ministerio Fiscal procede atribuir la competencia al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Astorga. Es en Astorga donde ha sido localizado el vehículo y en el partido judicial de Madrid no se han realizado ninguno de los elementos de los delitos objeto de investigación, pues la documentación se presentó en la delegación de Alcalá de Henares. La cuestión de competencia planteada ha de ser resuelta atribuyendo la competencia para la investigación el único de los juzgados concernidos en esta cuestión planteada con competencia para la investigación de los hechos.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

Dirimir la cuestión de competencia negativa planteada otorgando la misma al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Astorga, (Diligencias Previas 135/2021) al que se le comunicará esta resolución, así como al de igual clase n.º 26 de Madrid, (Diligencias Previas 2170/2020), y al Ministerio Fiscal.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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