ATS 20407/2022, 6 de Junio de 2022
Ponente | ANDRES MARTINEZ ARRIETA |
ECLI | ES:TS:2022:9031A |
Número de Recurso | 20088/2022 |
Procedimiento | Cuestión de competencia |
Número de Resolución | 20407/2022 |
Fecha de Resolución | 6 de Junio de 2022 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Penal
Auto núm. 20.407/2022
Fecha del auto: 06/06/2022
Tipo de procedimiento: CUESTION COMPETENCIA
Número del procedimiento: 20088/2022
Fallo/Acuerdo:
Ponente: Excmo. Sr. D. Andrés Martínez Arrieta
Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 46
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Dolores De Haro Lopez-Villalta
Transcrito por: GM
Nota:
CUESTION COMPETENCIA núm.: 20088/2022
Ponente: Excmo. Sr. D. Andrés Martínez Arrieta
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Dolores De Haro Lopez-Villalta
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Penal
Auto núm. 20407/2022
Excmos. Sres.
D. Andrés Martínez Arrieta
D. Pablo Llarena Conde
D. Ángel Luis Hurtado Adrián
En Madrid, a 6 de junio de 2022.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Andrés Martínez Arrieta.
Con fecha 31 de enero de 2021 se recibió en el Registro General del Tribunal Supremo exposición y testimonio de las Diligencias Previas 1921/2021 del Juzgado de Instrucción n.º 46 de Madrid planteando cuestión de competencia negativa con el de igual clase n.º 1 de Badalona, Diligencias Previas 1334/2021, acordando por providencia de 2 de febrero de 2022 formar rollo, designar Ponente al Excmo. Sr. D. Andrés Martínez Arrieta y el traslado al Ministerio Fiscal.
El Ministerio Fiscal por escrito presentado el 3 de marzo de 2022, dictaminó: "[...] resuelva dirimir la cuestión de competencia negativa planteada otorgando la misma al Juzgado de Instrucción nº 1 de Badalona para continuar con la instrucción de los hechos a los que se refiere la presente cuestión de competencia. [...]"
Por providencia de fecha 5 de abril de de 2022 se acordó, siguiendo el orden de señalamientos establecido, fijar la audiencia del día 1 de junio para deliberación y resolución, lo que se llevó a efecto.
ÚNICO.- La presente cuestión de competencia ha de resolver la planteada entre los Juzgados de Madrid y de Badalona por unos hechos, en principio constitutivos de un delito de apropiación indebida de un vehículo alquilado y no devuelto al término del contrato. La incipiente investigación de los hechos determina que si bien la denuncia se interpuso en Madrid, es en Badalona donde se concierta el alquiler y donde se fija el día de devolución del vehículo arrendado.
De conformidad con el escrito del Ministerio Fiscal procede atribuir la competencia al Juzgado de Instrucción de Badalona lugar de comisión del delito.
LA SALA ACUERDA:
Dirimir la cuestión de competencia negativa planteada otorgando la misma al Juzgado de Instrucción nº 1 de Badalona, (Diligencias Previas 1334/2021) al que se le comunicará esta resolución, así como al de igual clase n.º 46 de Madrid, (Diligencias Previas 11921/2021), y al Ministerio Fiscal.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.